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Taller Exportaciones


Enviado por   •  5 de Abril de 2015  •  1.366 Palabras (6 Páginas)  •  179 Visitas

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TALLER DE EXPORTACIONES

1. El Altex no perderá el derecho de presentar la autorización ya que goza de beneficios que contempla el artículo 11 y 39 del decreto literal c. en el art 11 nos indica que los Altex podrán actuar a través de sus representantes acreditados ante la Dian, cuando actúen a través de una agencia de aduana y conservaran las prerrogativas que indica el decreto.

El art 39 literal c, nos indica que la autorización global y permanente para realizar la inspección aduanera de las mercancías en las instalaciones del usuario.

2. Art. 269 y 270  del decreto. En este caso el inspector no acepta la solicitud de autorización de embarque debido a que los datos suministrados no son los correctos y través de los servicios informáticos electrónicos la autoridad aduanera  comunicará inmediatamente al declarante las causales que motivan su no aceptación.

 3. Si el medio de transporte no está disponible para el cargue inmediato, la aduana ordenara el ingreso de dicha mercancía a un deposito habilitado por el máximo de la vigencia de la autorización de embarque, el cual será de la duración del contrato ya que son envíos semanales que realiza el vendedor a Canadá. (Art 273 del decreto)

 

4. No habrá lugar a constituir garantía cuando se trate de entidades de derecho público y demás entidades o personas cobijadas por convenios internacionales que haya celebrado Colombia, art 9 del decreto.

 

5. Una vez aceptada la autorización de embarque podrá ser invalidada, por el declarante a través de los servicios informáticos electrónicos de la dirección de impuestos y aduanas, cuando se desista de efectuar la operación de exportación siempre y cuando no se haya efectuado el embarque. (Art 236 literal 1 resolución).

 

6.  El exportador no podrá ser declarante directo ante la autoridad aduanera ya que en el total de envíos que el exportador realiza superan los 10.000 dólares, nos dan un total 11.571 por lo tanto se debe realizar la declaración por medio de una agencia de aduanas ya que por los montos que nos indica el decreto 2685 de 1999 art 11 no les compete.

 

7. Para trasladar la mercancía de una zona secundaria a una zona primaria el exportador deberá tramitar la solicitud ante la administración aduanera con jurisdicción en el lugar donde se encuentre la mercancía sin que se requiera el trámite de una declaración de transito aduanero (art 279 decreto y art 229 resolución).

8.   Cuando practicada la inspección aduanera en encuentra que la cantidad sometida a inspección es superior a la consignada en la autorización  de embarque, el inspector dejara constancia del hecho en el acta de inspección. En este caso, la autorización de embarque procederá solo para la cantidad amparada en dicha autorización, debiéndose tramitar una nueva autorización de embarque para la cantidad sobrante. (Art 276 lit 8).

 

9. Esta  decisión fue acertada debido que una  causal  PARA NO ACEPTAR LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE EMBARQUE es cuando la solicitud se presente en aduana diferente a la que tenga jurisdicción aduanera en el sitio donde se encuentra la mercancía. El servicio informático electrónico de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, validará la consistencia de los datos de la solicitud de autorización de embarque antes de aceptarla, e informará al declarante las discrepancias advertidas que no permitan la aceptación. Art. 269 del decreto

 

10. La solicitud no se debe aceptar ya que según el artículo 258 de la resolución, la solicitud de autorización de embarque debe contener como mínimo la siguiente información:

- modalidad de exportación

- datos del destinario

- aduana del despacho

- país de destino

- datos de la subpartida arancelaria

- cantidad de unidades físicas

- descripción de la mercancía

- datos del negocio

- termino de vigencia del contrato

- cantidad

- valor fon en dólares

- información relativa a datos del embarque

 

11. Si es cierto, porque La solicitud de autorización de embarque deberá presentarse ante la administración de aduanas con jurisdicción en el lugar donde se encuentre la mercancía, a través de los servicios informáticos electrónicos,

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