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Enviado por   •  6 de Noviembre de 2015  •  Tareas  •  332 Palabras (2 Páginas)  •  81 Visitas

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4.5  SANCIONES

ART. 96 El órgano máximo de la Federación es el Consejo de Honor y Justicia de la Federación Nacional CONLA, A.C. y es el que rige y vigila la conducta de los miembros de la organización. A su vez; en el ART. 97 el Consejo actuará a petición de parte, mediante solicitud escrita de socios individuales, socios colectivos, Consejo Directivo Nacional, siempre buscando salvaguardar los intereses de la Federación por encima de los individuos.

En el ART 98, el Consejo estudiará las infracciones a este ordenamiento y después de escuchar a las partes afectadas, emitirá dictamen sobre la gravedad del caso, siendo entre otras las sanciones siguientes:

  1. Amonestación por escrito.
  2. Denuncia ante las autoridades competentes, a fin de aplicar la suspensión temporal de ejercicio de la profesión.
  3. Expulsión y suspensión definitiva para ejercer profesionalmente, denunciando ante las autoridades competentes, las violaciones cometidas a las leyes que rigen el ejercicio profesional.

En el ART 99 comenta que en los estados de la republica serán los colegios afiliados a la Federación quienes aplicarán las sanciones correspondientes, previa comunicación a la Federación. Así mismo, en el ART 100 los colegios afiliados podrán solicitar los servicios del Consejo (CONLA) en caso de que exista una controversia de algún de sus miembros afiliados.

El ART. 101 Nos indica que en apego a nuestros principios y bases  filosóficas, se reconoce al administrador como persona profesional con la capacidad de autoevaluación y reflexión sobre sus actos.

La Federación Nacional CONLA, A.C. manifiesta en el ART 102 que respetara y participara en los casos que se requiera al Consejo de Honor y Justicia que atienda un caso o una infracción a este código.

Por ultimo; el ART. 103 nos indica que el Consejo de la Federación, como parte de su función, vigilará y apoyará la integración de los Consejos afiliados a este, así como integrar una base de dictámenes realizados por los diversos Consejos de Honor y Justicia, los cuales podrán ser consultados por oficio institucional en apoyo a este código.

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