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Tipos De Sociedades Mercantiles.


Enviado por   •  10 de Junio de 2012  •  1.463 Palabras (6 Páginas)  •  1.479 Visitas

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Tipo de sociedades mercantiles

Tipos de Sociedades:

1) Sociedad en Nombre Colectivo.

2) Sociedad en Comandita Simple.

3) Sociedad de Responsabilidad Limitada.

4) Sociedad en Comandita por Acciones.

5) Sociedad Cooperativa y;

6) Sociedad Anónima

2.- Diversas Especies de Sociedades Mercantiles.

a) Sociedades de Personas: son las sociedades en las cuales predomina el elemento personal. Son las sociedades colectivas y en comandita simple.

• Sociedad en Nombre Colectivo: Es aquella que existe bajo una razón social en la que responden los socios de modo subsidiario, limitadamente y solidario de las obligaciones. La razón social se formará con el nombre de uno o más socios y cuando en ella no figuren todos se añadirán las palabras "y compañía",

• Sociedad en Comandita Simple: Es una Sociedad, con razón social y Capital Social representado por partes sociales nominativas; suscritas por uno o más socios comanditados, que responden de las obligaciones sociales de una manera subsidiaria, solidaria e ilimitada y de uno o más socios comanditarios, que responden hasta el monto de su aportación. b) Sociedades de Capital: En estas sociedades domina el capital social. En esta clasificación se incluyen las Sociedades Anónimas, Sociedad de Responsabilidad Limitada y Sociedad en Comandita por Acciones.

• Sociedad Anónima: Sociedad anónima es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras "Sociedad Anónima" o de su abreviatura "S.A.". Corresponde al grupo de las sociedades capitalistas. (Interesa fundamentalmente la aportación que se hace para la formación de capital social)

• Sociedad de Responsabilidad Limitada: Es una sociedad mercantil, de carácter capitalista, en la que el capital social está dividido en cuotas sociales de distinto o igual valor representadas por títulos y en la que la responsabilidad de los socios se circunscribe exclusivamente al capital aportado por cada uno. Los títulos no son equivalentes a las acciones de las sociedades anónimas, dado que existen obstáculos legales a su transmisión.

• Sociedad en Comandita por Acciones: Es aquella en que uno o más socios llamados gestores comprometen ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales y cinco o más socios denominados comanditarios hacen sus aportes económicos que representan en acciones y limitan su responsabilidad al valor de las mismas. Para efectos fiscales se asimilan a las sociedades anónimas.

3.- Requisitos de Fondo y de Forma de las Sociedades Mercantiles.

En toda sociedad, por ser un contrato que no se limita al interés de las partes que la integran, sino, que se extiende al de los terceros a formar negocios con ellas. Su constitución esta subordinada a condiciones de fondo y a condiciones de forma: La redacción de un acto escrito; Cierta formalidad de publicidad.

Las compañías en nombre colectivo deben comprobarse con escrituras públicas, o con documentos bajo firma privada. A esto se le conoce como Actos Escritos. El Acto Constitutivo recibe el nombre de estatutos, y más comúnmente, cuando se trata de sociedades por acciones. Los socios pueden escoger para la redacción del acto la forma notarial o bajo firma privada.

Cuando los estatutos comprenden cláusulas equivocadas, corresponde a los jueces del fondo interpretar soberanamente las convenciones de las partes, y esa interpretación escapa al control de la corte ocasional.

A falta de escrito, el contrato de sociedad no puede ser probado por testigos o por presunciones de hechos aunque el objeto de la sociedad, o sea el total de los aportes, sea menor de treinta pesos. En las relaciones de los socios entre sí, el contrato de sociedad puede ser probado por la confesión o por la confesión o por el juramento, y la prueba testimonial es recibible si existe un principio de prueba por escrito, o se está en la imposibilidad de obtenerse una prueba escrita del contrato.

Las modificaciones del contrato de sociedad pueden ser probadas, en las relaciones de los socios entre sí, por todos los medios de prueba, y según la jurisprudencia francesa, aunque las modificaciones resulten de simples acuerdos verbales.

4.- Sociedades Irregulares o de Hecho. La irregularidad de las sociedades mercantiles puede derivar del incumplimiento del mandato legal que exige que la constitución de las mismas se haga constar en escritura pública o del hecho de que,

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