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Usos Y Practicas Bancarias


Enviado por   •  2 de Mayo de 2012  •  406 Palabras (2 Páginas)  •  4.783 Visitas

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LOS USOS BANCARIOS

Los juristas entendemos por usos la práctica o modo de obrar que tiene fuerza de obligatoriedad, y que se utiliza solamente en algunos sectores de la sociedad.

Características de los usos bancarios:

• Se forma espontáneamente en cuanto que no proviene de los poderes del estado.

• Se refiere a los respectivos uniformes y constantes dentro del mercado bancario, los cuales no contradice la ley especial y no pueden el principio de lograrla.

• Es específico, no genera porque sería costumbre.

• El derecho vigente en virtud de que es reconocido expresamente por la ley de instituciones de crédito como fuente supletoria.

• Implica convicción de obligatoriedad.

• Tiene ventajas sobre la ley de instituciones de crédito ya que se adapta quizá mayor que esta a las necesidades de la actividad bancaria.

• Tiene ventajas sobre la ley de instituciones de crédito por falta de fijeza y claridad, ya que es muy difícil conocer cuáles son los usos bancarios y mercantiles.

• La ley de instituciones de crédito señala a los usos bancarios por encima de la legislación civil.

• Los usos sirven para colmar las lagunas legales encontradas o para resolver dudas de interpretación de las mismas; por lo que es común encontrar los establecidos en manera de cláusulas en los contratos.

Ejemplo: el contrato en el que el banco puede cargar en la cuenta del depositante, ahorro inversión que se le maneje un cliente cualquier adeudo que éste tenga a su favor.

PRÁCTICAS BANCARIAS

En la reiteración de una conducta frecuente. Las prácticas utilizadas en el gremio bancario se refieren más bien a las reglas establecidas dentro de las instituciones de crédito y que están comprendidas en los manuales de operaciones de los bancos para que éstos puedan operar de manera uniforme mediante la prestación de un servicio de calidad.

Ejemplo:

1.- Reconocimiento de la firma.

2.- Presentar identificaciones oficiales vigentes para el cobro de los cheques.

3.- La confirmación de la expedición de cheques que excedan de determinada cantidad, etc.

Código civil:

Este código regula las relaciones jurídicas de los particulares considerados como personas o sujetos del derecho y la relación de éstos con los bienes que les rodean, de ahí que es fundamental que las instituciones de crédito siempre tengan un conocimiento de las leyes de carácter civil para poder otorgar un crédito ya

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