Los Cambios políticos, económicos y sociales que ha Experimentado
yeneliEnsayo26 de Octubre de 2012
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Orientaciones legales
Los cambios políticos, económicos y sociales que ha experimentado
Venezuela en los últimos años están orientados a la construcción de una nueva sociedad, en un marco de derecho y de justicia social que universaliza los derechos fundamentales en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV). Dicho modelo de sociedad, es dibujado en el preámbulo de la CRBV (1999), en el cual se caracteriza como una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, que consolide los valores de libertad, paz, solidaridad, asegure el derecho al trabajo, a la vida, a la cultura, a la educación.
Igualmente, el artículo 3 de la Constitución Nacional enfatiza aspectos que caracterizan a esta propuesta curricular, al establecer la educación y el trabajo como procesos fundamentales para la construcción de la sociedad, el bienestar del pueblo y la garantía de derechos fundamentales; de la misma forma que lo hacen los artículos 102 y 103, en los cuales se visualizan algunas características y principios del currículo del SEB. En el primero de ellos, se establece que «la educación es un derecho humano y un deber social fundamental; mientras que en el segundo se contempla que toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, al tiempo que se define que «la educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado, y que el Estado creará y
sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo.
En este mismo orden de ideas, la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNA), garantiza los derechos que tienen todos y todas a una educación integral (artículos 15 y 38); planteamiento que, junto a lo dispuesto en la CRBV, evidencia la orientación curricular hacia una educación que busca la formación del ser humanista social, la cual es concebida como un proceso permanente que está encaminado al desarrollo integral de todos y todas.
Por otra parte, y en lo que respecta a la participación de las familias en los procesos educativos, es preciso referir que la CRBV les concede un papel preponderadamente (artículos 75 y 78), al definirlas como asociación natural de la sociedad y como el espacio natural para el desarrollo integral de las personas»; precepto plasmado en los artículos 55 y 81 de la LOPNA, en los cuales se establece la corresponsabilidad de la familia, la comunidad y el Estado en la educación.
Además, esta construcción curricular integra con mayor fuerza a los niños, niñas, jóvenes, adolescentes, adultos y adultas con compromiso cognitivo, visual, auditivo, físico motor, autismo y en el aprendizaje; sustentándose en el artículo 81 de nuestra Carta Magna y en los artículos 29 y 32 de la LOPNA.
También, se le da preponderancia a nuestros idiomas maternos: el castellano, como idioma oficial de los venezolanos y las venezolanas; y los idiomas indígenas, como oficiales en los pueblos y comunidades indígenas; principio curricular que se sustenta en el artículo 9 de la Constitución.
Adicionalmente, se reconoce y valora la identidad étnica y cultural, cosmovisiones y valores de los pueblos y comunidades indígenas y afro descendientes, principio que se sustenta en el artículo 121 del texto constitucional, el cual también establece el derecho que tienen estos pueblos y comunidades a una educación que atienda sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones.
Por otra parte, los artículos 107, 108 y 111 de la CRBV establecen el derecho que tienen los niños y las niñas a ser formados en educación ambiental, el deber que tienen los medios de comunicación públicos
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