ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Acoso Escolar


Enviado por   •  17 de Junio de 2014  •  2.600 Palabras (11 Páginas)  •  330 Visitas

Página 1 de 11

CAPITULO I

Planteamiento del problema

A nivel mundial el acoso escolar el porcentaje de menores que han sido víctimas o tienen conocimiento de los hechos de maltratos escolar con la cifra de un porcentaje de 50% a 70% de la población estudiantil en países latinoamericanos donde se realizaron encastas (Argentina, Brasil y Bolivia).en España más 10% de estudiantes escolar van afectados directamente por el acoso escolar. Los últimos datos son reflejados de trimestre del año 2011. José Carlos Fuentes.

En Venezuela el psicólogo Luis Madrid afirmo que la violencia en la sociedad de Venezuela aumentado en los últimos años. Los investigadores José Carlos fuentes y Luis Madrid tienen un propósito cualitativo para así combatir con el acoso escolar si la población y los entes competentes se unieran todos podríamos ir combatiendo la violencia.

¿Qué conocimiento se tiene sobre el acoso escolar en el liceo Cecilio acosta ubicado en charallave ,edo. Miranda?

Se considera que en el liceo Cecilio acosta mediante las encuestas realizadas en la misma al curso 1° sección “b” no se demostró un porcentaje no mayor de 40% de acoso escolar. Mayormente se reflejo que el 50% de los estudiantes consumen bebidas alcohólicas.

Diagnostico

• En el diagnostico social económico, hubieron alumnos que nos faltaron el respeto.

• En el diagnostico bio-psico-social, hubieron alumnos que ingieren bebidas alcohólicas y tienen inasistencia continua por problemas personales, esto puede ocasionar el bulling entre ellos hacia los demás.

Objetivo general

Proponer que se realice un proyecto de investigación para Determinar sí la violencia escolar tiene consecuencias negativas en el Aprendizaje de los jóvenes en los Liceo nacional Cecilio acosta del Estado Miranda, y cómo contribuye el desarrollo de la autoestima Para prevenir situaciones de riesgo.

Objetivos específicos

• Identificar las causas que motivan la conducta agresiva y violenta en los Jóvenes del Liceo nacional Cecilio acosta del Estado Miranda.

• Determinar sí los problemas de baja autoestima en los jóvenes influyen en su participación como agresor o victima en la violencia en el ámbito escolar, y observar sí este tipo de conducta se manifiestan en jóvenes de bajo rendimiento académico.

Justificación

La violencia escolar es una forma de intolerancia que se manifiesta en el liceo Cecilio acosta, la cual puede ir dirigida hacia los estudiantes, profesores o hacia la institución educativa. Esté suceso se caracterizan por el acoso constante, por un comportamiento repetitivo de hostigamiento e intimidación hacia un individuo determinado, lo que conlleva a la exclusión social y al aislamiento del mismo.

CAPITULO II

Marco de acción y fundamentación

(MARCO TEÓRICO)

ANTECEDENTES

Entre los diversos investigadores relacionados con el acoso escolar con educación segundaria encontramos lo siguiente:

Como primer investigador Olweus dan (1978)

El bullying

El objetivo general de Olweus; investigo acerca de 80.000 estudiantes 300 a 400 profesores e 1000 padres. Entre los varios periodos de enseñanzas. Como los estudios de observación directa tarda generalmente demasiado, él procedimiento adaptado fue el uso de cuestionarios lo que sirvió para hacer la verificación de las características y extensión del bullying, así como evaluar el impacto de las intervenciones que ya vienen siendo adaptadas. Se considera que el programa de intervención propuesta por el mismo para tener como característica principal para determinar reglas claras contra el bullying en las escuelas.

El segundo investigador Fernández Carlos

Bullying

Objetivo general. El bullying implica una repetición continuada de las burlas o las agresiones y puede provocar la exclusión social de la víctima.

Metodología, El acoso escolar es una forma característica y extrema de violencia escolar. El acoso escolar es una especie de tortura, metodológica y sistemática, en la que el agresor sume a la Víctima, a menudo con el silencio, la indiferencia o la complicidad de otros compañeros. Conclusión Este tipo de violencia escolar se caracteriza, por tanto, por una reiteración encaminada a conseguir la intimidación de la víctima, implicando un abuso de poder en tanto que es ejercida por un agresor más fuerte (ya sea esta fortaleza real o percibida subjetivamente) que aquella.

Se puede decir que: a medida en que ellos reciben el bullying el maltrato psicológico que retienen están mayor que no hablan con nadie y podrían cometer cualquier negatividad.

Y por ultimo Rodríguez Alfredo Manuel 2013

Acoso escolar

Objetivo general para algunos la responsabilidad recae sobre las educaciones educativas donde suceden los eventos otro sector señala a los padres del menor abusador, por cuanto son ellos que ejercen el gobierno de sus hijos por ultimo no poco sostienen por quien es el propio agente causante de los daños; el menor hostigador quien debe ser castigado por sus actos.

Metodología la protección de niños, niña y adolecente esta ley no regula ningunos de los tipos de bullying en forma expresa. Sin embargo consagra que los niños son sujetos de derechos con deberes.

Análisis ahora con la nueva ley que está establecida en la (lopna) ahora toda persona que haga bullying puede pagar su condena.

REFERENCIAS TEORICAS

(Base teóricas o conceptuales)

Dentro de las bases teóricas que tiene que ver con el acoso escolar podemos editar.

Aprendizaje

Goleman Daniel. (1998) propone un modelo de aprendizaje basándose en la distinción de las habilidades puramente cognitivas y las actitudes personales y sociales.

Rendimiento académico

Jaspe. Carolina el rendimiento académico escolar es una variable fundamental de la actividad docente, que actúa como halo de la calidad de un sistema educativo.

Fundamentación

(Bases legales)

En Venezuela la violencia esta abordada, tanto en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y Ley Orgánica para Protección al Niño y al Adolescente ambas estableciendo los derechos y las garantías que tienen los ciudadanos en cuanto a hechos violentos. En el artículo 103 de la constitución nacional bolivariana se establece lo siguiente:

Capítulo VI. De los Derechos Culturales y Educativos, Artículo 103 establece lo siguiente.

“Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados o privadas de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo.

Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como desgravámenes al impuesto sobre la renta según la ley respectiva”.

Ley orgánica de educación en los siguientes artículos 03, 08, 10,15y el 19 se establece lo siguiente:

Principios y valores rectores de la educación

Artículo 3. La presente Ley establece como principios de la educación, la democracia participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole, la formación para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la sustentabilidad del desarrollo, el derecho a la igualdad de género, el fortalecimiento de la identidad nacional, la lealtad a la patria e integración latinoamericana y caribeña.

Se consideran como valores fundamentales: el respeto a la vida, el amor y la fraternidad, la convivencia armónica en el marco de la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y la valoración del bien común, la valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los diferentes grupos humanos. Igualmente se establece que la educación es pública y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente, con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural. Multiétnica, intercultural.

Igualdad de género

Artículo 8. El Estado en concordancia con la perspectiva de igualdad de género, prevista en la Constitución de la República, garantiza la igualdad de condiciones y oportunidades para que niños, niñas, adolescentes, hombres y mujeres, ejerzan el derecho a una educación integral y de calidad.

Prohibición de incitación al odio

Articulo 10. Se prohíbe en todas las instituciones y centros educativos del país, la publicación y divulgación de programas, mensajes, publicidad, propaganda y promociones de cualquier índole, a través de medios impresos, audiovisuales u otros que inciten al odio, la violencia, la inseguridad, la intolerancia, la deformación del lenguaje; que atenten contra los valores, la paz, la moral, la ética, las buenas costumbres, la salud, la convivencia humana, los derechos humanos y el respeto a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afro descendientes, que promuevan el terror, las discriminaciones de cualquier tipo, el deterioro del medio ambiente y el menoscabo de los principios democráticos, de soberanía nacional e identidad nacional, regional y local.

Fines de la educación

Artículo 15. La educación, conforme a los principios y valores de la Constitución de la República y de la presente Ley, tiene como fines:

1. Desarrollar el potencial creativo de cada ser humano para el pleno ejercicio de su personalidad y ciudadanía, en una sociedad democrática basada en la valoración ética y social del trabajo liberador y en la participación activa, consciente, protagónica, responsable y solidaria, comprometida con los procesos de transformación social y consustanciada con los principios de soberanía y autodeterminación de los pueblos, con los valores de la identidad local, regional, nacional, con una visión indígena, afrodescendiente, latinoamericana, caribeña y universal.

2. Desarrollar una nueva cultura política fundamentada en la participación protagónica y el fortalecimiento del Poder Popular, en la democratización del saber y en la promoción de la escuela como espacio de formación de ciudadanía y de participación comunitaria, para la reconstrucción del espíritu público en los nuevos republicanos y en las nuevas republicanas con profunda conciencia del deber social.

3. Formar ciudadanos y ciudadanas a partir del enfoque geohistórico con conciencia de nacionalidad y soberanía, aprecio por los valores patrios, valorización de los espacios geográficos y de las tradiciones, saberes populares, ancestrales, artesanales y particularidades culturales de las diversas regiones del país y desarrollar en los ciudadanos y ciudadanas la conciencia de Venezuela como país energético y especialmente hidrocarburífero, en el marco de la conformación de un nuevo modelo productivo endógeno.

4. Fomentar el respeto a la dignidad de las personas y la formación Transversalizada por valores éticos de tolerancia, justicia, solidaridad, paz, respeto a los derechos humanos y la no discriminación.

5. Impulsar la formación de una conciencia ecológica para preservar la biodiversidad y la socio diversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales.

6. Formar en, por y para el trabajo social liberador, dentro de una perspectiva integral, mediante políticas de desarrollo humanístico, científico y tecnológico, vinculadas al desarrollo endógeno productivo y sustentable.

7. Impulsar la integración latinoamericana y caribeña bajo la perspectiva multipolar orientada por el impulso de la democracia participativa, por la lucha contra la exclusión, el racismo y toda forma de discriminación, por la promoción del desarme nuclear y la búsqueda del equilibrio ecológico en el mundo.

8. Desarrollar la capacidad de abstracción y el pensamiento crítico mediante la formación en filosofía, lógica y matemáticas, con métodos innovadores que privilegien el aprendizaje desde la cotidianidad y la experiencia.

9. Desarrollar un proceso educativo que eleve la conciencia para alcanzar la suprema felicidad social a través de una estructura socioeconómica incluyente y un nuevo modelo productivo social, humanista y endógeno.

Gestión escolar

Artículo 19. El Estado, a través del órgano con competencia en el subsistema de educación básica, ejerce la orientación, la dirección estratégica y la supervisión del proceso educativo y estimula la participación comunitaria, incorporando tanto los colectivos internos de la escuela, como a diversos actores comunitarios participantes activos de la gestión escolar en las instituciones, centros y planteles educativos en lo atinente a la formación, ejecución y control de gestión educativa bajo el principio de corresponsabilidad, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República y la presente Ley.

Ley orgánica de la protección niña, niña y adolecente

TÍTULO II DERECHOS, GARANTÍAS Y DEBERES Capítulo II

Artículo 17

Derecho a la identificación

Todos los niños y niñas tienen el derecho a ser identificados o identificadas, inmediatamente después de su nacimiento. A tal efecto, el Estado debe garantizar que los recién nacidos y las recién nacidas sean identificados o identificadas obligatoria y oportunamente, estableciendo el vínculo filial con la madre.

Parágrafo Primero

Las instituciones, centros y servicios de salud, públicos y privados, deben llevar un registro de los casos de nacimientos que se produzcan en los mismos, por medio de fichas médicas individuales, en las cuales constará, además de los datos médicos pertinentes, la identificación de recién nacido o recién nacida mediante el registro de su impresión dactilar y plantar, y la impresión dactilar, nombre y la edad de la madre, así como la fecha y hora de nacimiento del niño, sin perjuicio de otros métodos de identificación.

Parágrafo Segundo

Las declaraciones formuladas a la máxima autoridad de la institución pública de salud donde nace el niño o niña, constituye prueba de la filiación, en los mismos términos que las declaraciones hechas ante los funcionarios del Registro del estado civil.

Artículo 23

Dotación de recursos

El Estado debe dotar a las instituciones públicas de salud de los recursos necesarios, de forma oportuna y suficiente, para dar cumplimiento a los Artículos 17 y 19 de esta Ley.

Artículo 73

Del Fomento a la creación, producción y difusión de información dirigida a niños, niñas y adolescentes.

El Estado debe fomentar la creación, producción y difusión de materiales informativos, libros, publicaciones, obras artísticas y producciones audiovisuales, radiofónicas y multimedia dirigidas a los niños, niñas y adolescentes, que sean de la más alta calidad, plurales y que promuevan los valores de paz, democracia, libertad, tolerancia, igualdad entre las personas y sexos, así como el respeto a su padre, madre, representantes o responsables y a su identidad nacional y cultural.

Parágrafo Primero. El Estado debe establecer políticas a tal efecto y asegurar presupuesto suficiente, asignado específicamente para cumplir este objetivo.

Parágrafo Segundo. El órgano rector definirá las orientaciones generales a seguir por el Estado en materia de fomento de materiales informativos, libros, publicaciones, obras artísticas y producciones audiovisuales, radiofónicas y multimedia dirigidas a los niños, niñas y adolescentes. Asimismo, establecerá los requisitos generales en relación con el contenido, género y formatos que estos deben cumplir para recibir recursos financieros y asistencia del Estado.

Capitulo III

(Propuesta)

(Titulo de la propuesta)

Talle para reducir el acoso escolar como causa del bajo rendimiento de un grupo de alumnos en la unidad educativa bolivariana Cecilio acosta.

Presentacion

El taller es para crear conciencia y reducir el acoso escolar en la institución. El cual el índice estudiantil no esta tan esarrollado en el acoso escolar.

A nivel general el acoso escolar se ve mas afectado en los 3 primeros años cursantes en la unidad educativa nacional Cecilio acosta.

Proponer:

Se propone dar un taller dinámico a alumnos, padres, y profesores

Con que propósito:

Nuestro propósito es reducir el acoso escolar en la institución, creándoles conciencia que con maltratos ya sean físicos, psicológicos o verbales no llegamos a un buen resultado.

Preguntas:

Justificación

Importancia:

Lo mas importante de dictar este taller es para prevenir el mayor porcentaje del acoso escolar

Motivo:

Es que la personas tomen conciencia y vean cuales son los errores que han cometido y puedan rectificar a tiempo.

Aportes:

Principalmente saber que es el acoso escolar. Además le dejaría conocimiento para el beneficio de su vida, tanto como cuerpo, mente y alma y que se integren mas al ámbito social y académico.

...

Descargar como txt (18 Kb)
Leer 10 páginas más »