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Administración De Salario TC_1


Enviado por   •  29 de Mayo de 2014  •  1.525 Palabras (7 Páginas)  •  316 Visitas

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1. Elaborar un trabajo investigativo sobre cuándo y cómo se debe calcular la Retención en la Fuente para un asalariado en Colombia para el año 2014. Además deben investigar acerca de la Reforma Tributaria de 2013 con relación a los Aportes Parafiscales en Colombia.

Concepto general de retención en la fuente:

Inverso el concepto popular, la retención en la fuente no es ningún impuesto, sino que es el simple cobro anticipado de un impuesto, que bien puede ser el impuesto de renta, a las ventas o de industria y comercio. La retención en la fuente por ser un pago anticipado de un impuesto, ésta se puede descontar en la respectiva declaración, ya sea de IVA, de Renta o de Ica. La retención en la fuente comprende elementos como el sujeto pasivo, que es la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es la persona obligada a practicar la retención, el concepto de retención que es el hecho económico que se realiza y está sometido a retención, la tarifa que es el porcentaje que se aplica a la base de retención, y la base de retención es el valor o monto sujeto a retención. La retención en la fuente es diferente para cada impuesto. Existe la retención en la fuente por renta, la retención en la fuente por IVA o más conocida como rete IVA y la retención en la fuente por Ica, también conocida como rete Ica. A veces se suele aplicar de forma generalizada el concepto de retención en la fuente al impuesto de renta, lo cual es equivocado, puesto que, como ya se explicó, existe retención en la fuente para cada impuesto, y en el caso del impuesto de renta, el concepto adecuado es retención en la fuente por renta o rete renta.

¿Cuándo se aplica la retención en la fuente?

La retención en la fuente se aplica cuando se haga el pago o se cause, sin importar si la compra ha sido realizada de contado o a crédito. La norma general sobre retención en la fuente, contempla que la retención se debe practicaren el momento en que se haga el pago o el abono en cuenta, lo que ocurra primero. En las empresas, que deben llevar contabilidad por el sistema de causación, siempre ocurrirá primero la causación o el abono en cuenta y luego el pago, por tanto, siempre la retención se aplicará en el momento de hacer la causación o el abono en cuenta.

En el caso de las personas naturales que sean agentes de retención, teniendo en cuentaque para que una persona natural sea agente de retención, esta debe tener la calidad decomerciante [artículo 368-2 del estatuto tributario], por lo tanto como comerciante debe llevar contabilidad, y esta también debe llevarse por el sistema de causación, por lo tanto, la retención en la fuente también deberá practicarse el momento de la causación o el abono en cuenta. Lo anterior quiere decir que no importa si el bien comprado o el servicio contratado sujetos a retención, se hicieron a contado o a crédito, la retención se deberá hacer al momento de la causación o abono en cuenta. La única excepción prevista por la ley, es la contemplada en la retención en la fuente por ingresos laborales, en donde la retención se aplica al momento de pago y no del abono en cuenta. Hoy en día, con la utilización de software contable, cuando las compras se hacen de contado, el abono en cuenta o causación y el pago suceden casi simultáneamente, pero en todo caso, el software debe estar programado para que cause la retención en el momento dela causación de la compra sin importar si se ha de pagar o no. Respecto a las personas naturales agentes de retención, estas por ser comerciantes están obligadas a llevar contabilidad [Código de comercio, artículo 19, numeral 3 (y máxime por los niveles de ingresos que deben tener estas personas)], y quien esté por ley obligado a llevar contabilidad, debe llevarla por el sistema de causación [Decreto 2649, artículo 48], deberán siempre practicar la retención en la fuente al momento de la causación o abono en cuenta. Las personas naturales que no están obligadas a llevar contabilidad, pueden llevarla utilizando el sistema de caja, pero estas personas nunca serán agentes de retención, puesto que el requisito para ser agente de retención es precisamente tener la calidad de comerciante y como ya vimos, todo comerciante debe llevar contabilidad. Las únicas personas que pueden llevar la contabilidad por el sistema de caja, y que eventualmente deben practicar retención en la fuente, son las personas naturales que no son comerciantes [profesiones liberales, por ejemplo] y que pertenecen al régimen común en el impuesto a las ventas, caso en el cual deberán asumir el IVA en operaciones con el régimen simplificado, lo cual se hace mediante el mecanismo de retención en la fuente, y por llevar contabilidad de caja o no llevar contabilidad, pueden practicar la retención en el momento

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