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La práctica del aborto


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2011  •  Trabajos  •  2.687 Palabras (11 Páginas)  •  760 Visitas

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ABORTO

La práctica del aborto era ya conocida muchos siglos antes de nuestra era. En los pueblos primitivos, de patriarcado absoluto, el jefe de la familia podía vender e incluso matar a sus hijos, aún antes de nacer. En esas circunstancias, el aborto no tenía carácter punible. Se pensaba que el feto pertenecía al cuerpo femenino, a sus entrañas; y dado que la mujer tenía un estado de minoridad, el padre o el jefe de la familia ejercía absolutos derechos sobre el fruto de la concepción.

El cristianismo se instaló con una apreciación rigurosa en este sentido. Doscientos años después de Cristo, se promulgaron medidas rigurosas contra la mujer sujeta a esta acción, incluyendo la pena de muerte, castigos corporales y el exilio.4

Este criterio se basaba en que la mujer no tenía derecho a arrebatarle al marido su descendencia, la esperanza de la posterioridad. Si desde el principio del cristianismo se observó una sobria hostilidad frente al aborto, esto se debió al criterio de que se trataba de la muerte de un inocente. Según la concepción católica, el alma es la que brinda a un ente u organismo la categoría de ser humano. Esto es lo que se denomina, la concepción hilomórfica de la naturaleza humana. Su principal defensor fue Santo Tomás de Aquino, quien sostenía que el espíritu era forma sustancial del alma, en tanto que el cuerpo era el producto de la unión del alma con la materia.3

Esta concepción hilomórfica fue adoptada por el Concilio de Oxena en 1312, de modo que hasta ese entonces, la iglesia no consideraba al aborto como un asesinato, mientras tanto el alma no animara al cuerpo.

Durante la Edad Media en Europa, especialistas de diversas disciplinas se adhirieron por unanimidad a esta teoría. Los teólogos y juristas de Derecho Canónico fijaron el momento de la animación del feto de modo ambivalente en 40 días para los varones y 90 para las hembras.3

La constitución Criminalis Carolina, promulgada por el emperador en 1533, fijó en el punto medio del embarazo el momento de la animación del feto, es decir, desde que la madre percibe sus movimientos.

A pesar de que algo se avanza para atenuar la pena por aborto, en 1588 el Papa Sixto V proclama en una de sus decisiones (Bula Effraenautum), que todos los abortos son crímenes que se cartigarían con la excomunión. Esta Bula no tuvo mucha repercusión, pero en Francia se endureció de nuevo el régimen en relación con esta práctica, y Enrique II promulgó una ordenanza donde revivía la pena capital para la mujer que abortara voluntariamente.5

Como en general no se logran los objetivos esperados, el Pontífice Gregorio XIV adopta nuevamente el criterio de la animación y el alma. Posteriormente, el PapaPío IX, suprime la distinción entre el aborto en la primera fase del desarrollo del embrión y el realizado después, promulgando la excomunión automática para toda mujer que abortara voluntariamente.3

Luego en 1930, Pío XI dijo que la vida de la mujer y del feto eran igualmente sagradas, que nadie tenía el poder ni la autoridad para destruirlas. Pío XII refrendó esta argumentación dándole normas a la rigidez de la iglesia frente a este asunto del niño por nacer. Pablo VI en 1968, confirmó la misma concepción, y Juan XXIIIrecordó que la vida humana es sagrada desde su origen.

En general, la iglesia mantiene un criterio sólidamente rígido de la práctica abortiva: "Todo aborto viola la ley de Dios". Y no es hasta fines del siglo XVIII y principios del XIX, que comienzan a inquietarse las esferas intelectuales y legales, proponiendo la exclusión del aborto como una práctica punible. Los países abanderados fueron Francia y Alemania, en donde existían verdaderas ligas en relación con este problema. Se reactualizó el viejo concepto de la mujer en cuanto a disponer de sí misma, negándole autonomía al feto. En general, los principios igualitarios del XVIII fueron influyendo para que la sanción fuera más racional y humanitaria, y las leyes tendían a ser menos severas.3

Un antecedente a este sano relajamiento de la severidad punible frente al aborto está dado en 1602, cuando el jurista español Tomás Sánchez, en su Tratado de Moralidad Sexual y Matrimonial, justificó la excepcionalidad abortiva en el caso de la mujer violada y embarazada, solo si estaba por casarse y no podía librarse del compromiso matrimonial sin pérdida de reputación, o también, si era posterior a su casamiento, en caso que temiera razonablemente, que los parientes del marido la descubrieran y le dieran muerte por ello.

3, Zirmmernman M. Aborto. Leyes prácticas: Legislación Política No. 3, abril, 1977. 4. Aguirre Zozoya F. Epidemiología del aborto. Ginecol Obstet Mex 1976;22(134):1675-90. 5. Masters WH, Johnson VE, Kolodny RC. La sexualidad humana. La Habana. Editorial Científico-Técnica; 1987.P.681-5. Sgambatti S. El aborto: aspectos historiográficos, legales, éticos y científicos. Ediciones de la Biblioteca de la Universidad Central de Venezuela, 1986.P.9-10. http://bvs.sld.cu/revistas/gin/vol28_2_02/gin12202.htm

Matar a una mujer embaraza era más duro que matar a una mujer menopausica. Se trataba de cuidar la natalidad. Si alguien provocaba.un aborto era muy castigado. Los hombres “costaban” más que las mujeres.

http://www.portalplanetasedna.com.ar/edadmedia.htm

No todas las mujeres de la Edad Media decidían llevar a término su gestación. Había muchas que decidían abortar, acción que se consideraba homicidio y podía ser castigada con penas corporales, el exilio y hasta la muerte.

Desde el siglo XIII circularon numerosos tratados médicos que a pesar de condenar el aborto, ofrecían muchas recetas para llevarlo a cabo.

Bernardo de Gordonio en su libro “Lilio de la medicina” dice: “Téngase cuidado de no enseñar a nadie un brebaje ponzoñoso ni para abortar, porque puede lamentarlo siempre”. Pero en otro capítulo del libro expone técnicas para provocar el desprendimiento dl feto, como; “tomar medicina laxativa o para vomitar, correr, dar voces, saltar, practicar el coito en demasía o hacerse sangrías”.

En un capítulo de libro dedicado a las dolencias femeninas relacionadas con la menstruación, enumera varios ingredientes naturales capaces de ayudar a abortar, como la artemisa, el orégano, el poleo, el anís, el díctamo o el hinojo.

Trótula de Salerno, una experta

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