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La práctica del aborto en Мéxico


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2011  •  Trabajos  •  6.772 Palabras (28 Páginas)  •  489 Visitas

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PROLOGO

El aborto es legal en cualquier caso, ya que eso sería un crimen muy grande a lo que nos referimos es que se debe hacer únicamente en casos especiales, como alguna malformidad del producto, violación o algún mal aspecto que perjudique la salud de la madre al tener el hijo.

En realidad lo que la sociedad tiene conocimiento de lo ¿qué es? ¿Cómo se manifiesta? ¿Cómo se realiza o se lleva a cabo un aborto? Son pocos los conocimientos en sí, puesto que nadie está preparado para tenerlo y mucho menos sabe las consecuencias que esto puede tener.

INTRODUCCIÓN

Es importante decir y aclarar que ni se apoya y ni se ataca al aborto. No se tiene una posición en contra del mismo, pero también me parece ridículo que las discusiones frente al mismo se realicen como si se estuviera debatiendo un procedimiento anticonceptivo. El aborto no lo es. Es un procedimiento quirúrgico delicado, que pone en peligro la vida de la madre y que elimina la vida potencial del producto de la concepción. A mí me sorprende la necedad de quienes se enfrascan en la discusión de tan radical método sin pasar por la muy necesaria ponderación de los métodos anticonceptivos.

Primero habría que analizar quienes son las mujeres que abortan. A riesgo de ser esquemático, casi todos los embarazos no deseados que culminan en abortos se deben a dos clases de mujeres. En primer término, tenemos a las irresponsables, que quedaron embarazadas por haber tenido relaciones sexuales sin el cuidado adecuado o, peor aún, por creencias religiosas primitivas que las excluyen del uso de métodos anticonceptivos seguros. Siguen, quizá, las que deben su embarazo a una relación sexual impuesta, como es el caso de una violación o de un abuso sexual. En esos dos casos es la mujer quien tiene que tomar la decisión de abortar o no. Sólo ella.

Por supuesto, que no se trata de que las mujeres, en un arrebato de irresponsabilidad recurran al aborto sin ton ni son como forma de luchar contra los embarazos no deseados. Para eso están los métodos anticonceptivos, que deben ser promovidos.

El aborto sí es el fin de la vida del producto. Analizando todos los pros y contras de lo que es el aborto en realidad ¿se aprueba la ley a favor del aborto pensando en el feto o es una solución a la irresponsabilidad de las mujeres?.

ANTECEDENTES

El aborto se castigaba con pena de muerte a la mujer y a quien la ayudaba. En la época Colonial, fue creado el departamento de partos ocultos, que tenia como función recibir el producto de las mujeres españolas que concebían fuera de el matrimonio, se encontraba en un anexo del hospicio de pobres, manejándose con el mayor secreto posible, las mujeres embarazadas llegaban solas con el rostro cubierto y así permanencia en celdas aisladas, el nombre de estas era solo conocido por el confesor. Es hasta el 3 de febrero de 1983 cuando se adiciona en un tercer párrafo el derecho a la protección de la salud como norma constitucional en la constitución de 1917. Respecto de la legislación penal federal, y específicamente al delito que nos ocupa, es desde el Código de 1871, que se sanciona el aborto consentido, procurado y sufrido, y en su artículo 569.

La primera propuesta sobre la despenalización del aborto en el Código Penal Federal y del Distrito Federal, data de 1920, y fue elaborado por un grupo de mujeres feministas quienes en la Convención de Unificación penal, celebrada en 1936 presentaron un texto Intitulado “El aborto por causas sociales y económicas” el cual proponía la despenalización completa del aborto.

Con excepción de algunas causales, en México , la práctica del aborto es un delito, menos en el Distrito Federal, donde en abril de 2007 se despenalizó su práctica, siempre y cuando se realice antes de las 12 semanas de gestación. En el resto del territorio nacional, esta práctica puede tener sanciones de prisión que van de los seis meses a los cinco años.

La violación es la única causa reconocida en las 32 entidades del país para la interrupción legal del embarazo. Sin embargo en estados como Baja California, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Veracruz, los códigos penales estatales establecen plazos que van de 75 días a tres meses para solicitar la práctica legal de un aborto.

Por lo que respecta a otras causales no punibles del aborto, el imprudencial o culposo, es reconocido en 30 entidades del país, a excepción de Chiapas y Nuevo León, mientras que en el caso de Tabasco se considera que el aborto causado sin intervención de la voluntad de la madre o el médico, no es sancionable.

Los embarazos que causen peligro de muerte en la madre, se pueden interrumpir legalmente sólo en 29 entidades, ya que en Guanajuato, Guerrero y Querétaro no es reconocida por los códigos penales estatales. Por grave daño a la salud, sólo 11 estados lo reconoce como causa, menos Aguascalientes, Baja California, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estados de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quinta Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

La causal por malformaciones genéticas o congénitas del producto, sólo aplica en 13 entidades. No así en Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.

Otras causales no sancionables son la inseminación artificial no consentida, prevista en Baja California Sur, Baja California, Colima, Chihuahua, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Morelos, San Luis Potosí, Tabasco y Veracruz; mientras que sólo Yucatán incluyó en su código penal estatal las razones económicas, siempre y cuando la mujer tenga al menos tres hijos.

A partir del 2008 los congresos locales de varias entidades federativas han emprendido unas iniciativas legales para reformar sus constituciones estatales en materia de aborto en un sentido más restrictivo, es decir legislando a favor del derecho a la vida desde la concepción.

Hasta septiembre de 2009 dichas reformas han prosperado en 16 estados, es decir en la mitad del país: Querétaro, Baja California, Chihuahua, Campeche, Colima , Puebla, Durango, Jalisco, Nayarit, Quintana Roo, Guanajuato, Yucatán, Sonora, Morelos, Oaxaca y San Luis Potosí. Se trata de una verdadera cruzada en contra de los derechos a decidir de las mujeres y de salud sexual y reproductiva, que responde a una

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