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Enviado por   •  16 de Febrero de 2015  •  325 Palabras (2 Páginas)  •  272 Visitas

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Capitales constitutivos.

El capital, en términos generales se refiere a una cantidad determinable en dinero. Desde la primera LSS se incluyeron las cantidades que se van acumulando en contra del patrón por el valor de las prestaciones médicas y en dinero que el IMSS otorga al trabajador, derivadas de la no inscripción del trabajador, o de la inscripción inadecuada en tiempo, o en salario.

SUPUESTOS.

Los supuestos de los capitales constitutivos son dos: la no inscripción del trabajador en el IMSS y la inscripción realizada por el patrón de manera que disminuyen las prestaciones que los trabajadores asegurados o sus beneficiarios tienen derecho a recibir. (Art. 77 LSS)

El IMSS debe acreditar la relación de trabajo existente entre el trabajador y el patrón, así como la intención de afectar las prestaciones del beneficiario en ambos supuestos.

ELEMENTOS.

• Calificación medica del riesgo de trabajo.

• Finamiento al inicio de la atención de los capitales constitutivos.

• Cuantificación fundada del importe de las prestaciones que hubiera otorgado el IMSS.

• Otorgamiento por parte del IMSS de las prestaciones médicas y en dinero.

• La notificación legal del patrón del fincamiento de estimación del capital constitutivo previo y del fincamiento posterior del capital constitutivo fina, con respeto a su derecho de oponerse y ofrecer elementos de prueba.

MOMENTO DEL FINCAMIENTO.

El IMSS, al iniciar la atención del asegurado, fincara y cobrara los capitales constitutivos, con independencia de que al concluir el tratamiento del asegurado o beneficiario, pueda fincar nuevos capitales constitutivos por las prestaciones otorgadas que no hubiesen considerado en los créditos inicialmente emitidos.

Esto se deriva de que la autoridad considera que el patrón omitió inscribir al trabajador, lo hizo en forma extemporánea, o de tal forma que disminuyo sus prestaciones.

INTEGRACION.

La LSS establece 11 prestaciones que debe otorgar el instituto para que al inicio de la atención pueda fincar los capitales constitutivos.

LIBERACION DEL PATRON.

El pago de los capitales constitutivos trae como consecuencia liberar a los patrones del cumplimiento de las obligaciones que establece la LFT.

DERECHOS DEL TRABAJADOR.

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