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Enviado por   •  16 de Julio de 2014  •  356 Palabras (2 Páginas)  •  197 Visitas

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Las inversiones extranjeras en Zona Franca Industrial y de servicios, podrán revestir las siguientes formas:

a. Aportes en materia y equipo

b. Aportes en materias primas y bienes intermedios

c. Aportes en divisas

d. Aportes en servicios técnicos y activos intangibles, cuando éstos se efectúen en empresas de capital extranjero en su totalidad.

e. Reinversiones provenientes de utilidades, intereses, amortización de préstamos y de capital.

f. La capitalización en Zona Franca de utilidades generadas y distribuidas por empresas de capital extranjero establecidas en el resto del Territorio Nacional, que superen lo límites de transferencia al exterior, de conformidad con lo señalado en el artículo 8o. de la Resolución No. 49 de 1991, expedida por el CONPES, y en las normas que la complementen, modifiquen o reformen.

La Promotora, como Usuario Desarrollador y Operador de la Zona Franca, estará encargada de desarrollar las obras de urbanización, construcción e infraestructura de servicios , promoción y venta, hasta finalmente poner en funcionamiento la Zona Franca y administrarla, velando por el estricto cumplimiento del fin para el cual fue creada y de las obligaciones de sus usuarios , facilitando las labores y el cumplimiento de la obligación de las autoridades competentes y de los mismos usuarios. Así mismo, como su objeto social lo señala impulsará el desarrollo industrial, comercial y de servicios de las Zonas Francas a nivel regional, nacional e internacional; organizará ferias, exposiciones y convenciones nacionales e internacionales de carácter industrial, comercial y científico dentro de sus instalaciones o fuera de ellas y en general cualquier otro mecanismo dirigido a promover las actividades que se desarrollan dentro de las Zonas Francas.

14. OTRAS VENTAJAS ADICIONALES

Los productos industriales de origen colombiano gozan de preferencias arancelarias en el mercado de los Estados Unidos (más de 6.000 productos que se producen o se pueden producir en el país, según la ley de preferencias arancelarias Andinas -ATPA-), en el mercado de la Unión Europea y en el Grupo Andino.

Estas preferencias arancelarias le otorgan a los productores colombianos una ventaja comparativa muy importante en dichos mercados, haciéndoles más competitivos aún.

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