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EL CARRO


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2014  •  Tesis  •  432 Palabras (2 Páginas)  •  193 Visitas

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San Alberto – Cesar, Agosto 19 de 2014.

Especialista:

WILLETGARDO PEÑA SANCHEZ

Rector Institución Educativa Andrés Bello

San Alberto

Ref.: Matoneo laboral

Según la LEY 1010 (23 enero 2006), Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo, y según en su ARTÍCULO 1o. OBJETO DE LA LEY Y BIENES PROTEGIDOS POR ELLA. La presente ley tiene por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus actividades económicas en el contexto de una relación laboral privada o pública. Son bienes jurídicos protegidos por la presente ley: el trabajo en condiciones dignas y justas, la libertad, la intimidad, la honra y la salud mental de los trabajadores, empleados, la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral y el buen ambiente en la empresa.

Por lo anterior expresado quiero manifestar que yo WILLIAM HERNANDEZ ARIAS, identificado con la cedula de ciudadanía N° 12´457.859 docente de esta institución educativa Andrés Bello me siento afectado sensiblemente en mi desempeño laboral, la salud física y emocional en esta institución educativa, debido al múltiples acciones por parte del Docente Especialista Fernando Chinchilla, por los comentarios despectivos, las amenazas personales, la humillación pública y las tácticas de intimidación, por parte de este compañero me veo afectado como acoso o matoneo laboral.

Solicito de la manera más respetuosa se tomen las medidas pertinentes al caso y así evitar acciones legales y poder vivir un clima agradable en la parte laboral y a la vez llevar el caso al comité de convivencia laboral ya que es un estamento que debe estar legalmente constituido según el ministerio de trabajo en su Resolución N° 652 del 2012 el cual están entre sus funciones

 Recibir y dar trámite a las quejas presentadas referentes a acoso laboral.

 Escuchar a las partes involucradas sobre los hechos que dieron lugar a la queja.

 Adelantar reuniones para crear un espacio de diálogo entre las partes.

 Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes y verificar su cumplimiento.

 Presentar a la alta dirección las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas

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