ORACIÓN PARA RIEGO
yexigreTrabajo6 de Enero de 2013
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ORACIÓN PARA RIEGO
Esta Cruz que hago al rociar este carro es la Cruz donde murió nuestro Señor; Padre San
Silvestre, te ruego liberes este carro de todo malhechor, brujo o hechicero de malas influencias, de
todo trabajo material o espiritual que le hayan hecho o estén haciendo, de todo lo malo que alguien
desee para este carro o su conductor, líbralo de enemigos visibles o invisibles. Al Sagrado Corazón
invoco para con este riego sean bendecidas y espanten todas las cosas negativas. En el nombre
del glorioso mártir San Cristóbal, pido que en este carro sea cubierto con el velo de tu gracia y
esplendor de tu magnificencia y que al regar, solo riegue bendiciones y venga la buena suerte para
todos. En el nombre de nuestro Señor. Amén
1 Padre Nuestro, 1 Ave María, 1 CredoLEYES QUE NECESITO PARA LA ASESORIA
LEY ORGANICA DE DROGAS G.O.(37510) 05/09/2010 LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Decreta la siguiente, LEY ORGANICA DE DROGA
LOPNA.
Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Gaceta Oficial Nº 38.287 del 5 de octubre de 2005)
DESARROLLO
Se entiende por droga, toda sustancia que introducida en el organismo por cualquier vía de administración pueda alterar de algún modo el sistema nervioso central del individuo, y es, además, susceptible de crear dependencia.
La anterior definición, tomada textualmente del Artículo 3, numeral 11 de la novísima Ley Orgánica de Drogas, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.510, de fecha 15 de septiembre de 2010, sirve en esta oportunidad para dar inicio al presente trabajo.
La Ley en comento, deroga a la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas de fecha16 de diciembre de 2005 y a su Reglamento Parcial.
El Artículo 1 de la Ley Orgánica de drogas, establece su objeto, el cual es establecer los mecanismos y medidas de control, vigilancia y fiscalización en todo el territorio nacional a que serán sometidos los estupefacientes y sustancias psicotrópicas; así como las sustancias químicas, precursoras y esenciales, susceptibles de ser desviadas a la fabricación ilícita de drogas.
Asimismo, la Ley determina los delitos y penas relacionados con el tráfico ilícito de drogas, las infracciones administrativas pertinentes y sus correspondientes sanciones; identificar y determinar la naturaleza del Órgano Rector en materia de lucha contra el uso indebido y el tráfico ilícito de drogas.
El instrumento establece lo atinente a las medidas de seguridad social aplicables a la persona consumidora, por el consumo indebido de estupefacientes y sustancias psicotrópicas; y regular lo relacionado a la prevención integral
del consumo de drogas y la prevención del tráfico ilícito de las mismas.
El Artículo 4 ejusdem, establece, en su segunda parte, que La Oficina Nacional Antidrogas (ONA), es el órgano rector encargado de diseñar, planificar, estructurar, formular ejecutar las políticas públicas y estrategias del Estado contra el tráfico Ilícito y el uso indebido de drogas, así como de la organización, dirección, control, coordinación, fiscalización y supervisión, en el ámbito nacional, en las áreas de prevención del consumo de drogas, el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de la persona consumidora, el combate al tráfico ilícito de drogas y el área operativa de las relaciones internacionales en la materia…
Oficina Nacional Antidrogas.
Misión.
Coordinar y consolidar la red Nacional de Oficinas estadales, Municipales y Regionales, como también supervisar los planes operativos a desarrollar en las regiones y municipios para el diagnóstico y seguimiento de la situación en materia de drogas.
Visión.
Involucrar y comprometer a todos los sectores y actores de la comunidad nacional y las representaciones de la comunidad internacional presente en nuestro territorio, en todo lo conducente a la solución de los problemas relacionados con el uso indebido de sustancias estupefacientes y psicotrópicas legales e ilegales.
Según la Guía de Prevención Integral Social “Asesores Comunitarios” y “sembrando valores para la vida”, emanada del Ministerio de Poder Popular de Relaciones Interiores y Justicia, el Plan de Prevención Integral Sembrando Valores para la vida
2007-2013, conjuntamente con la ONA y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, señala que gran parte de los países del mundo se encuentra ante un problema social de gran escala, y no es otro que el derivado del consumo ilegítimo de drogas. La adicción y enfermedades que se relacionan al consumo de drogas cada vez causan mayores daños tanto en la salud como en el bienestar tanto del individuo como de la familia y por ende de toda la sociedad.
Informes de la Organización Mundial de la Salud, reflejan un aumento en cuanto al uso de drogas ilícitas y adictivas, comenzando desde el consumo de alcohol, lo cual se manifiesta entre los sectores más jóvenes y especialmente entre los de escasas aspiraciones educativas, aquellos cuyos padres no les prestan el apoyo necesario, o que sufren la ausencia de alguno de éstos en el hogar. Se ha comprobado que los niños, niñas y adolescentes que viven en ambientes problemáticos o situaciones de hábitat difíciles son más frágiles y están dentro de las grandes posibilidades de iniciarse prematuramente en los diferentes vicios y consumo de drogas.
Esta misma Organización clasifica a las drogas, según su efecto, entre ellas las siguientes:
1.- Según los efectos en el sistema nervioso central:
* Drogas depresoras: las que inhiben el funcionamiento de dicho sistema nervioso central, haciendo más lenta la actividad nerviosa y las funciones corporales en general, producen relajación, sedación, somnolencia, sueño, analgesia. Entre estas sustancias se mencionan: el alcohol, los opiáceos (heroína, morfina, metadona) y algunos
psicofármacos.
* Drogas estimulantes: las que activan el sistema nervioso central, y dan lugar a un aumento de las funciones corporales. Entre ellas se pueden mencionar. Cocaína, anfetaminas, nicotina, cafeína, teína.
* Drogas alucinógenas: o perturbadoras, producen un estado de conciencia alterado, deforman la percepción de la realidad y evocan imágenes ilusorias, ejemplo LSD.
2.- Según el poder adictivo:
En este aspecto, las drogas se han clasificado en drogas duras y drogas blandas.
3.- Según su condición legal o ilegal.
* Drogas legales: entre estas se encuentran, alcohol, tabaco psicofármacos, estimulantes menores y otras sustancias que se expenden bajo prescripción médica.
* Dragas ilegales. Como son las derivadas de cannabis, heroína, cocaína, entre otras.
Un narcótico o estupefaciente es una sustancia medicinal que provoca sueño o estupor y, en la mayoría de los casos, inhibe la transmisión de señales nerviosas asociadas al dolor. El grupo de los narcóticos comprende gran variedad de drogas con efectos psicoactivos, aunque terapéuticamente no se usan para promover cambios en el humor, como los psicotrópicos, sino por otras propiedades farmacológicas: analgesia, anestesia, efectos antitóxicos, anti diarreicos, etc.
Sin embargo, estas drogas son a menudo desviadas del circuito legal y usadas como euforizantes. Algunos narcóticos son anestésicos como éter, cloroformo y ciclo-propano; pero en su mayoría son agentes de la clase de los opioides. Entre las drogas más conocidas y usadas en forma ilegal destacan:
Opio
.
Aunque el
término opiáceo es utilizado para referirse a todas las drogas similares al opio, es más apropiado limitar su alcance a los alcaloides naturales del opio y a sus derivados semi-sintéticos. Los opiáceos se recetan frecuentemente por sus propiedades efectivas analgésicas de aliviar el dolor.
Coca
La medicina tradicional confirma amplias posibilidades de utilización de hojas de coca para el consumo humano: es una excelente medicina para el sistema digestivo, quita el síndrome de altura (vértigo, vómito), combate agotamiento físico, cólicos, dolor de muelas, dolores reumáticos, en forma de emplastes cura heridas y tiene acción antiséptica, además combate la diarrea.
La hoja de coca es la materia prima que se utiliza para la producción de la cocaína, una poderosa sustancia estimulante y anestésica extraída químicamente de grandes cantidades de hoja de coca. Actualmente, dado que se ha visto sustituida como anestesia médica por análogos sintéticos como la procaína, la cocaína se conoce principalmente como una droga recreativa ilegal. El cultivo, la venta y la posesión de la hoja de coca sin procesar es, por lo general, una actividad legal en los países –como Bolivia, el Perú y Argentina– con un uso tradicional establecido, aunque el cultivo suele verse restringido por los intentos de evitar la producción de cocaína.
La prohibición del uso de la hoja de coca, excepto con fines médicos o científicos, fue establecida por la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961. La hoja de coca aparece clasificada en la Lista I de dicha Convención junto con la cocaína
y la heroína. Según el texto de la Convención: “Las Partes obligarán a arrancar de raíz todos los arbustos de coca que crezcan en estado silvestre y destruirán los que se cultiven ilícitamente”
Cannabis
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