EL MARCO JURIDICO DE LA AUDITORIA INFORMATICA
zoili_807 de Octubre de 2013
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EL MARCO JURIDICO DE LA AUDITORIA INFORMATICA
PRINCIPIOS DE LA LORTAD Y DE LA LOPD
LAS BASES DE DATOS Y LA MULTIMEDIA
Davara Rodríguez; define un depósito común de documentación, útil para diferentes usuarios y distintas aplicaciones, que permiten la recuperación de la información adecuada para la resolución de un problema planteado en una consulta. James Martin; define la base de datos como una colección de datos interrelacionados almacenados en conjunto sin redundancias perjudiciales o innecesarias; su finalidad es la servir a una aplicación o más, de la mejor manera posible, los datos se almacenan de modo que resulten independientes de los programas que lo usan.
Lo que se protege en una base de datos no es simplemente el almacenamiento de obras. Su ordenación y recuperación sino que es todo el procedimiento de creación y el resultado final de la misma, en cuanto a su contenido, análisis, almacenamiento, clasificación, selección y ordenación que caracteriza a la base de datos en sí.
Como hemos dicho anteriormente, en lenguaje informática se denomina mediante las diferentes clases de archivos que se pueden utilizar en un sistema pueden ser los siguientes:
MULTIMEDIA
Se puede definir como la combinación de todo tipo de señales de voz, datos, imágenes y escritura. Es un concepto global que abarcara una gran diversidad de servicios.
Entre las obras multimedia encontramos:
Las obras multimedia suelen ser producto de un equipo, se trata de obras colectivas y su titularidad suele tenerla una persona jurídica.
LOS DELITOS INFORMATICOS
Según el ilustre penalista Cuello Calón los elementos integrantes del delito son:
El delito es un acto humano, es una acción (acción u omisión)
Dicho acto humano ha de ser antijurídico, debe lesionar o poner en peligro un interés jurídicamente protegido.
Debe corresponder a un tipo legal.
El acto ha de ser culpable, imputable a dolo (intención) o a culpa
La ejecución u omisión del acto debe estar sancionada con una pena.
LOS CONTRATOS INFORMATICOS
Davara Rodríguez define; es aquel cuyo objeto es un bien o un servicio informático o ambos o que una de las presunciones de las parte tenga por objeto ese bien o servicio informático.
INTERCAMBIO ELECTRONICO DE DATOS
Como fruto de esta necesidad de comunicarse con rapidez y seguridad en el mundo actual nace el Intercambio Electrónico de Datos conducido internacionalmente por sus siglas en ingles EDI (Electronic Data Interchange) que es un sistema informático que permite las transacciones comerciales y administrativas directas a través del computador sin necesidad de realizar ningún trámite. Significa ahorro de tiempo y de papel.
Podemos definir al EDI como un intercambio de datos en un formato normalizado entre los sistemas informáticos de quienes participan en transacciones comerciales o administrativas.
LOS REQUISITOS BÁSICOS SON LOS SIGUIENTES
LA TRANSFERENCIA ELECTRONICA DE FONDOS
Se puede definir como la transferencia de fondos que de forma automática es ejecutada inmediata y simultáneamente a la orden dada por el titular de la cuenta bancaria por medio de un sistema electrónico.
Cuatro tipos principales de TEF que han ido apareciendo en el tiempo, conviven y son operativos en la actualidad:
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