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La Arquitectura


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  5.649 Palabras (23 Páginas)  •  218 Visitas

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BASICO ADMINISTRATIVO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

JOSE MIGUEL NARVAEZ PEREZ

ACTIVIDAD NO. 1

1º. DE ACUERDO AL CONTENIDO DEL CURSO.

*REALICE UN LISTADO DE RIESGOS QUE IDENTIFIQUEN EN SU EMPRESA.

*PLANTEE LAS ALTERNATIVAS AL CONTROL DE LAS MISMAS.

LISTADO DE RIESGOS IDENTIFICADOS

1. Levantar cargas de forma incorrecta.

2. Situarse en lugares peligrosos.

3. No utilizar sistemas de protección personal, o usarlo de forma incorrecta.

4. Poner en marcha u operar sin autorización.

5. No señalar o advertir lo suficiente.

6. Realizar operaciones de reparación o mantenimiento durante su funcionamiento.

7. Poner fuera de servicio las protecciones, resguardos o dispositivos

8. Operar los equipos bajo especificaciones peligrosas (excesos de calor, velocidad, temperatura, etc.)

9. Utilizar un equipo de forma incorrecta.

10. Utilizar un equipo defectuoso o viejo (mal estado o deteriorado).

11. Colocar cargas de formas inadecuadas.

12. Almacenar de forma incorrecta.

13. Gastar bromas pesadas en las áreas de trabajo.

14. Introducir bebidas alcohólicas, o trabajar bajo los efectos de la misma.

ALTERNATIVAS Y CONTROL DE LAS MISMAS

1. Se deben realizar capacitaciones generales, sobre la forma correcta, de cómo se deben levantar todo tipo de cargas, esto debe ser acompañado por un experto en salud ocupacional, al igual que se deben dejar claros los ejercicios básicos para evitar la fatiga y el stress.

2. Todo lugar dentro de una empresa se torna peligroso si no está debidamente señalizado, las áreas deben ser restringidas, y se deben utilizar los elementos de seguridad industrial requeridos, específicamente en cada área.

3. Cada labor que se realice en una empresa, requiere elementos básicos esenciales, para desarrollar la labor y para el confort y la seguridad del funcionario, ningún elemento de protección, para evitar accidentes o elementos de prevención de accidentes o enfermedades, por mínimo que sea debe obviarse, todos deben utilizarse y debe existir un control para el uso de los mismos.

4. Todo tiene un tiempo de encendido y apagado, ya sea por control o requerimiento de la maquina a operar, por lo tanto toda máquina o vehículo debe ser coordinada su puesta en marcha por el operador y su jefe inmediato, para dar a conocer a los demás las limitantes que deben de tener sobre las áreas en que estas se encuentren.

5. Las señalizaciones son de suma importancia, además de prevenir , advertir, informar, excluyen automáticamente al personal encargado de algún accidente, ya que un aviso a tiempo prevé, cualquier situación anormal que se presente, estas deben ser claras, para poder ser entendidas y ubicadas con distancias normales en pro de evitar cualquier tipo de accidente.

6. Para realizar cualquier tipo de reparación o mantenimiento en cualquier equipo de una empresa, este debe de permanecer en APAGADO, para poder evitar percances futuro, al igual que debe de ser manipulado por expertos, el operar es muy diferente al reparar.

7. Todos los implementos que involucren la seguridad, (mangueras contra incendios, hachas, extinguidores y cualquier otro elemento o herramienta para uso inmediato en caso de accidente),deben de estar primero que todo, a disposición de los empleados, siendo estos regulados por organismos, como la cruz roja o bomberos del sitio, quienes dan el visto bueno de su ubicación, también deben de contar con fechas de caducidad, para sus futuros cambios y que siempre se encuentren en óptimas condiciones de funcionamiento.

8. Todo equipo sea industrial o residencial, viene con especificaciones normales de uso, estas deben seguirse bajo un estricto cumplimiento, sin sobrepasar su utilización.

9. La normatividad, de los equipos viene con cada uno de ellos, son específicos y claros para lo que se deben utilizar y como, por ningún motivo, debemos utilizar equipos de manera indistinta, ya que como se sabe estos estas diseñados para labores específicas y con características específicas cada uno.

10. Los equipos o aparatos, viene con un tiempo de vigencia y de uso determinado por tiempo y uso del mismo. Todos los equipos se den de utilizar dentro de su tiempo de vida útil, evitando así sobrecargarlos, mantenerles hojas de vida de reparación, modificaciones u otros usos a los cuales hayan sido sometidos.

Además debemos de revisar el perfecto estado de cualquier equipo, que tenga todas sus piezas, además que cada una de ellas estén en el sitio y funcionando como debe de ser.

11. Toda carga a nivel industrial o residencial, viene con especificaciones de almacenamiento, estas deben seguirse con estricto cumplimiento, ya que su almacenamiento depende de su contenido y la mala manipulación de las mismas puede acarrear, no solo perdidas económicas, si no las más importantes las pérdidas humanas.

12. Se refiere al anterior punto tratado.

13. Este detalle, que muchas veces pasa desapercibido, es uno de los mayores causantes de accidentalidad a nivel mundial. Ya que es ahí, en el preciso momento donde perdemos el control de nuestras acciones y labores propias a ejecutar de manera correcta. En cualquier área a realizar debemos tener nuestra concentración al 100% en esa tarea a realizar, ya que cualquier descuido por mínimo que parezca, puede desencadenar en un fuerte impacto económico para la empresa.

14. Esto es una normatividad a nivel mundial, que a veces por falta de control se pasa. Y es allí donde debemos estar atentos, por ningún motivo, una persona debe ingresar licor y mucho menos ingresar en estado de embriaguez.

2º. SEGÚN SU EMPRESA, ELABORE UN CUADRO CLASIFICANDO LOS SISTEMAS DE PREVENCION Y PROTECCION PERSONAL QUE EMPLEAN, ENUNCIANDO LAS CARACTERISTICAS TECNICAS DE CADA UNO. COMPARE SUS RESPUESTASDE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION 3673 DEL 2008 ¿CUMPLE COM LO ESTABLECIDO? PLANTEE ALTERNATIVAS.

PARA ESTABLECER LOS SISTEMAS DE PREVENCION Y ENUNCIAR SUS CARACTERISTICAS TECNICAS, DEBEMOS TENE EN CUENTA LOS SIGUIENTE

• Identifique los puntos de anclaje.

• Describa los métodos de instalar anclas y asegurar cuerdas de salvamento.

• Identifique las áreas donde los trabajadores tal vez estén expuestos a objetos en desplome y decida cómo controlar los peligros.

• Describa los procedimientos de respuesta a emergencias para rescatar a los trabajadores que caen.

• Anuncie los números telefónicos del personal que responde a emergencias y asegure que los trabajadores los sepan.

Un sistema de protección contra caídas se refiere al equipo que está diseñado para controlar los peligros de caídas. Todos los sistemas de protección contra caídas previenen una caída o detienen una caída de manera segura. Sistemas típicos de protección contra caídas incluyen los siguientes:

• Sistemas personales de detención de caídas;

• Sistemas de barandales;

• Sistemas de redes de seguridad;

• Sistemas de aparatos de posicionamiento;

• Sistemas de líneas de advertencia; y

• Sistemas de monitoreo de seguridad;

Los sistemas personales de detención de caídas, las redes de seguridad y los barandales se conocen como protección convencional contra caídas – se usan en la mayoría de las industrias donde los trabajadores están expuestos a caídas.

ABSORBENTE DE CHOQUE: Equipo cuya función es disminuir las fuerzas de impacto en el cuerpo del trabajador o en los puntos de anclaje en el momento de una caída.

ANCLAJE: Punto seguro al que se puede conectar un equipo personal de protección contra caídas con resistencia mínima de 5000 libras (2.272 Kg) por persona conectada.

ARNÉS: Sistema de correas cosidas y debidamente aseguradas, incluye elementos para conectar equipos y asegurarse a un punto de anclaje; su diseño permite distribuir en varias partes del cuerpo el impacto generado durante una caída.

BARANDA: Elemento metálico o de madera que se instala al borde de un lugar donde haya posibilidad de caída, debe garantizar una resistencia ante impactos horizontales y contar con un travesaño de agarre superior, uno intermedio y una barrera colocada a nivel del suelo para evitar la caída de objetos.

CERTIFICACIÓN: Constancia que se entrega al final de un proceso, que acredita que un determinado elemento cumple con las exigencias de calidad de la norma que lo regula, o que una persona posee los conocimientos y habilidades necesarias para desempeñar ciertas actividades determinadas por el tipo de capacitación.

CONECTOR: Cualquier equipo que permita unir el arnés del trabajador al punto de anclaje.

DISTANCIA DE CAÍDA LIBRE: Desplazamiento vertical y súbito del conector para detención de caídas, y va desde el inicio de la caída hasta que ésta se detiene o comienza a activarse el absorbente de choque. Esta distancia excluye la distancia de desaceleración, pero incluye cualquier distancia de activación del detenedor de caídas antes de que se activen las fuerzas de detención de caídas.

DISTANCIA DE DETENCIÓN: La distancia vertical total requerida para detener una caída ,incluyendo la distancia de desaceleración y la distancia de activación.

DISTANCIA DE DESACELERACIÓN: La distancia vertical entre el punto donde termina la caída libre y se comienza a activar el absorbente de choque hasta que este último pare por completo.

ENTRENADOR: Profesional certificado como persona competente y/o calificada, con entrenamiento certificado en metodología de enseñanza, por una institución aprobada nacional o internacionalmente. Con una experiencia certificada, en trabajo en alturas mínima de dos (2) años continuos o cinco (5) años discontinuos.

ESLINGA: Conector con una longitud máxima de 1.80 m fabricado en materiales como cuerda, reata, cable de acero o cadena. Las eslingas cuentan con ganchos para facilitar su conexión al arnés y a los puntos de anclaje; algunas eslingas se les incorpora un

Absorbente de choque.

GANCHO: Equipo metálico que es parte integral de los conectores y permite realizar conexiones entre el arnés a los puntos de anclaje, sus dimensiones varían de acuerdo a su uso, los ganchos están provistos de una argolla u ojo al que está asegurado el material del equipo conector (cuerda, reata, cable, cadena) y un sistema de apertura y cierre con doble sistema de accionamiento para evitar una apertura accidental que asegura que el gancho no se salga de su punto de conexión.

HUECO: Espacio vacío o brecha con una profundidad mínima de 5 cms por debajo de la superficie en donde se camina y/o trabaja.

Líneas de vida horizontales: Sistemas de cables de acero, cuerdas o rieles que debidamente ancladas a la estructura donde se realizará el trabajo en alturas, permitirán la conexión de los equipos personales de protección contra caídas y el desplazamiento

Horizontal del trabajador sobre una determinada superficie.

LÍNEAS DE VIDA VERTICALES: Sistemas de cables de acero o cuerdas que debidamente ancladas en un punto superior a la zona de labor, protegen al trabajador en su desplazamiento vertical (ascenso/descenso).

MECANISMO DE ANCLAJE: Equipos de diferentes diseños y materiales que abrazan una determinada estructura o se instalan en un punto para crear un punto de anclaje. Estos mecanismos cuentan con argollas, que permiten la conexión de los equipos personales de protección contra caídas.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se implementan para advertir o evitar la caída de personas y objetos cuando se realizan trabajos en alturas y forman parte de las medidas de control. Entre ellas están: sistemas de ingeniería; programa de protección contra caídas y las medidas colectivas de prevención.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se implementan para detener la caída de personas y objetos una vez ocurra o para mitigar sus consecuencias.

MOSQUETÓN: Equipo metálico en forma de argolla que permite realizar conexiones directas del arnés a los puntos de anclaje. Otro uso es servir de conexión entre equipos de protección contra caídas o rescate a su punto de anclaje.

PERSONA AUTORIZADA: Persona que después de recibir una capacitación, aprobarla y tener todos los requisitos que establece la presente resolución, puede desarrollar trabajos en alturas.

PERSONA COMPETENTE: Persona capaz de identificar peligros, en el sitio en donde se realizan trabajos en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene la autorización para aplicar medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos asociados a dichos peligros.

PERSONA CALIFICADA: Persona que tiene un grado reconocido o certificado profesional y amplia experiencia y conocimientos en el tema, que sea capaz de diseñar, analizar, evaluar y elaborar especificaciones en el trabajo, proyecto o producto del tema.

POSICIONAMIENTO DE TRABAJO: Conjunto de procedimientos mediante los cuales se mantendrá o sostendrá el trabajador a un lugar específico de trabajo, limitando la caída libre de éste a 2 pies (0.60 m) o menos.

REQUERIMIENTO DE CLARIDAD: Espacio vertical libre requerido por un trabajador en caso de una caída, en el que se exige que este no impacte contra el suelo o contra un obstáculo. El requerimiento de claridad dependerá principalmente de la configuración del sistema de detención de caídas utilizado.

TRABAJOS EN SUSPENSIÓN: Tareas en las que el trabajador debe “suspenderse” o colgarse y mantenerse en esa posición sin posibilidad de caída, mientras realiza su tarea o mientras es subido o bajado.

ESCALERAS

Las escaleras para trabajos en alturas deben cumplir con normas NFPA, ANSI o su equivalente en materiales y equipos de protección. Además deben ser propias para el riesgo que se maneja, Fibra de vidrio, (material especial que no sea conductor de la energía), madera. Debe contar la escalera con Zapatas anti -deslizantes; cuerda inferior de sujeción para amarrarla de un peldaño a la estructura; chupas en la parte superior de los largueros para sujetarla a fachadas o muros; cuerda de seguridad superior amarrada a los dos últimos peldaños para asegurar desde el piso la escalera en el poste (esta cuerda debe ser del tamaño de la escalera completa; cuerda de seguridad corta (Más o menos 1.50 metros ) amarrada en el último peldaño para sujetar la escalera cuando ya sé este en la parte superior; mantener una línea de vida por la parte frontal de la escalera ubicada en el centro de la misma amarrada arriba y abajo, por los dos peldaños superiores y del último inferior y a ella un freno de bloqueo , para en el momento de ascender anclar al empleado e iniciar su acenso con todas las condiciones de seguridad, Ganchos en la parte superior que Permitan movimientos para anclar en estructuras, mensajeros y si se requiere proteger de la energía recubrirlos con material especial. Toda escalera de extensión debe llevar pasadores o sistema de sujeción entre los cuerpos para evitar que se desacople en un eventual accidente. Tener vientos telescópicos laterales para sujetar.

ESCALERA A POSTE

- Verificar el estado del poste de madera, golpeando su base con martillo o herramienta pesada y sintiendo el ruido seco del impacto; destapar el piso superficialmente y chuzar su base con destornillador para observar su resistencia; maquear el poste para poder detectar su firmeza; si esta venteado apoyarse del viento para poder determinar sí está bien sujeto el poste o no; observar en la parte superior la presencia de insectos peligrosos. Si el poste es de cemento debe observarse fisuras y detallar su forma totalmente vertical como también su posición en el piso; si es metálico chequear con un tester la presencia de energía

en él y chequearlo como un poste de madera con excepción del uso del destornillador en la base.

- Medir el ángulo de la escalera teniendo como base que el pie de la escalera debe estar separado del poste una cuarta parte de la altura del poste a la parte superior de la escalera, o colocando al empleado de frente a la escalera colocar la punta de los pies en los talones externos de la escalera y alcanzar el peldaño que este a la altura de la región lumbar, y formando en esta posición con sus brazos un ángulo igual o un poco menor a 90 grados.

- Sujetar la escalera de la parte superior con la cuerda de seguridad completa teniendo la precaución de abrazar el poste con la misma y dejarla caer por la parte central y delantera, para amarrarla en último peldaño inferior, una vez se haya levantado y posicionado correctamente.

- Asegurar con firmeza al piso con las zapatas y con el amarre inferior de

Cuerda al poste.

- Anclar el empleado a la línea de seguridad instalada en la escalera en la parte superior y amarada ya en la parte inferior. Para pegarse a ella lo Hará de un bloqueador de freno y este sujeto por un mosquetón de seguridad a la parte delantera del arnés integral (pectoral y pélvico).

- Usar desde el inicio al ascenso de la escalera casco con barboquejo y según otros riesgos (dieléctrico).

- No portar en las manos ningún tipo de herramienta, equipo o implemento que pueda caer o dificultar el ascenso.

- Transportarse por la escalera al estilo bombero “pie con mano contraria y agarrando por los peldaños”

- Señalizar la zona en la parte inferior según procedimientos establecidos para tal fin (nunca a una distancia menor de un metro en zonas internas de flujo peatonal y nunca menor a 6 metros en áreas de tránsito vehicular.

- Nunca permitir el tránsito de personal por debajo de la escalera o mantenerse debajo de cargas en suspensión.

- Nunca tirar objetos de la escalera o para la escalera, siempre transportarlos por cuerdas amarradas o en porta herramientas.

- Si se utiliza con el arnés cinturón incorporado tipo Liniero, este se utilizara solo para posicionamientos y lograr posturas ergonómicamente adecuadas. Será un complemento de la seguridad pero no reemplaza el arnés anticaidas.

- Para el descenso de la escalera se ejecutara todo el procedimiento anterior en forma inversa: Dejar la eslinga, suelto escalera de cuerda corta de seguridad parte superior, desciendo por la línea de vida vertical, desconecto el freno, desbloqueo desde el piso la escalera al poste, recojo escalera equipos y transporto en forma técnica.

ESCALERA A MENSAJERO

- Ejecutar el mismo chequeo de postes anteriormente señalado que tengan que ver con la sujeción de la línea, según lo indicado en el procedimiento de este estándar.

- Señalizo el área.

- Instalo cuerda larga (línea de vida) desde peldaño superior y amarro al inferior.

- Ubico escalera en el mensajero y sujeto ganchos a este.

- Medir el ángulo de inclinación (igual al anterior)

- Aseguro escalera en parte inferior con las Zapatas y si hay forma amarro la escalera de la parte inferior con cuerda de seguridad.

- Si las condiciones se dan tiro por encima del mensajero cuerda larga de seguridad ubicada en parte superior de la escalera y amarro a parte inferior de escalera.

- Conecto freno al arnés y a línea de vida. Asciendo por la línea de vida VERTICAL utilizando el casco y los demás equipos de protección personal requeridos.

- Aseguro con cuerda de seguridad corta y superior al mensajero.

- Cumplir con todos los procedimientos de seguridad para el área.

Nota: Para la nivelación de la escalera en La parte inferior no se permite elementos adicionales, solo la prolongación del larguero con que cuenta la escalera o una tablón de madera seco, no liso, con un área nunca inferior a 0.60x0.60 y con un espesor nunca inferior a dos pulgadas. La escalera para terreno blando puede tener en vez de zapatillas unos ancladores de piso.

ESCALERA A FACHADA

-Ubicar escalera y evaluar inclinación.

- Asegurar base con zapatillas y en lo posible con cuerda de seguridad inferior.

- Sujetar chupas a la pared o estructura y verificar su firmeza desde el piso o colocar ganchos o cuerda según el punto de trabajo.

- En caso de no ser posible los pasos anteriores ubicar un hombre en la posición de seguridad (debajo de la escalera) para sujeción de la misma.

TORRE

- Verificar condiciones de seguridad de las instalaciones en ella colocada y eliminar la posibilidad de fuentes energizadas con voltajes peligrosos.

- Usar el arnés de seguridad y todo el equipo para alturas e iniciar el ascenso por la torre utilizando doble eslinga y siempre permaneciendo anclado de una para poder sujetar la otra; en lo posible mantener las eslingas todas con su punto de anclaje por encima de la cintura.

- Si se instala línea de vida vertical colocar freno respectivo e iniciar el procedimiento como si fuera en una escalera.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES.

Cualquier trabajador que desempeñe labores en alturas debe:

1. Asistir a la capacitación, participar en las actividades de entrenamiento y reentrenamiento programados por el empleador y aprobar

Satisfactoriamente las evaluaciones de conocimientos y de desempeño.

2. Cumplir todos los procedimientos establecidos por el empleador.

3. Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de realizar cualquier tipo de trabajo en alturas.

4. Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean implementadas por el empleador.

5. Reportar el deterioro o daño de los sistemas colectivas o individuales, de prevención y protección contra caídas.

6. Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así como acatar las disposiciones del mismo.

CONTENIDOS DE LA CAPACITACIÓN.

El contenido de la capacitación para trabajo en alturas será la siguiente:

1. A las personas que realizan labores de tipo administrativo (empleadores, jefes y supervisores), con una intensidad mínima de 8 horas, abordando por lo menos los siguientes temas:

a. Marco legal nacional e internacional de trabajo en alturas, de acuerdo a la actividad económica.

b. Responsabilidad civil y penal.

c. Marco conceptual sobre prevención y protección contra caídas en trabajo en alturas, permisos de trabajo y procedimiento de rescate.

d. Medidas de prevención y protección contra caídas.

2. Los contenidos de la capacitación para el personal que realiza actividades operativas, incluirán, por lo menos:

a. La naturaleza de los peligros de caída de personas y objetos en el área de trabajo y fomento del autocuidado de las personas.

b. Marco legal nacional e internacional de trabajo en alturas, de acuerdo a la actividad económica.

c. Responsabilidad civil y penal.

d. Aspectos técnicos de la Protección Contra Caídas.

e. Medidas de prevención.

f. Medidas de protección contra caídas.

g. Los procedimientos para manipular y almacenar equipos y materiales utilizados para trabajo en alturas.

h. Los procedimientos para manipular y almacenar los elementos de protección personal.

i. Primeros Auxilios, rescate y autorrescate.

La capacitación a las personas que realizan labores operativas (trabajadores en alturas, jefes y supervisores), será orientada a la actividad económica, desarrollo técnico o tecnológico, con la siguiente intensidad mínima:

Nivel básico: 8 horas, 3 para teoría y 5 para entrenamiento práctico.

Nivel Medio: 24 horas, de las cuales 8 serán teóricas y 16 de entrenamiento práctico.

Nivel Avanzado: 40 horas, de las cuales mínimo serán 16 teóricas y 24 entrenamiento práctico.

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA MEDIDAS DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS.

Los elementos o equipos de los sistemas de protección contra caídas deben ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y deben ser certificados con las entidades nacionales e internacionales competentes.

Podrán utilizarse, según las necesidades determinadas para un trabajador y el desarrollo de su labor, medidas de ascenso y descenso o medidas horizontales o de traslado. En todo caso, se deberán utilizar arneses de cuerpo entero.

Todo sistema seleccionado debe permitir la distribución de fuerza, amortiguar la fuerza de impacto, elongación, resistencia de los componentes a tensión, corrosión o ser aislantes eléctricos o antiestáticos cuando se requieran y compatibilidad con otros elementos de protección individual. Los equipos de protección individual para detención y restricción de caídas se seleccionarán tomando en cuenta los factores de riesgo previsibles o no previsibles, propios de la tarea y sus características, tales como la existencia de roturas de estructuras, condiciones atmosféricas, presencia de sustancias químicas, espacios confinados, posibilidad de incendios o explosiones, contactos eléctricos, superficies calientes o abrasivas, entre otros. Igualmente, se deben tener en cuenta las condiciones fisiológicas del individuo con relación a la tarea y su estado de salud en general. También se seleccionarán de acuerdo a las condiciones de la tarea y los procedimientos como ascenso, descenso, detención de caídas, posicionamiento, izamiento, transporte de personal, salvamento y rescate.

PARÁGRAFO: Todo equipo sometido a una caída deberá ser retirado de la operación y no podrá volver a ser utilizado hasta que una persona competente en los términos de esta resolución, desarrolle una revisión técnica y determine su estado; en el caso de las líneas de vida autorretráctiles podrán ser enviadas a reparación y recertificadas por el fabricante. Para los fines de esta resolución que establece el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas, las medidas de protección se clasifican en pasivas y activas.

LINEAMIENTOS PARA EL PERMISO DE TRABAJO EN ALTURAS.

El permiso de trabajo en alturas es un mecanismo que mediante la verificación y control previo de todos los aspectos relacionados en este protocolo de seguridad que establece el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas, tiene el objeto de prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de la tarea.

Este permiso de trabajo puede ser elaborado por el trabajador o por el empleador y debe ser revisado, verificado en el sitio de trabajo y avalado por una persona competente. El mismo debe ser emitido para trabajos ocasionales. Cuando se trate de trabajos rutinarios podrá implementarse un listado de verificación avalado por una persona competente. El permiso de trabajo debe contener como mínimo: información general en la que se especifiquen: nombre (s) de trabajador (es), tipo de trabajo, fecha y hora de inicio y de terminación de la tarea; verificación de la afiliación vigente a la seguridad social; requisitos de trabajador (requerimientos de aptitud); descripción y procedimiento de la tarea; elementos de protección personal conforme a lo dispuesto en la presente protocolo que establece el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas; verificación de puntos de anclaje por persona; sistema de prevención de caídas, equipos, sistema de acceso para trabajo en alturas, herramientas a utilizar, observaciones y firmas de los trabajadores y del emisor.

PARÁGRAFO: Ningún trabajador puede realizar tareas o trabajos ocasionales con riesgo de caída desde alturas, sin que cuente con el debido permiso de trabajo revisado, verificado en el sitio de trabajo y avalado por una persona competente delegado por la empresa.

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LOS SISTEMAS DE ACCESO PARA TRABAJO EN ALTURAS.

Para los fines de este protocolo que establece el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas, se consideraran como sistemas de acceso para trabajo en alturas: los andamios, las escaleras, los elevadores de personal, las grúas con canasta y todos aquellos medios cuya finalidad sea permitir el acceso y/o soporte de trabajadores a lugares para desarrollar trabajo en alturas. Todo sistema de acceso para trabajo en alturas y sus componentes, deben cumplir las siguientes condiciones o requisitos para su selección y uso:

1. Ser seleccionados de acuerdo a las necesidades específicas conforme a la actividad económica, la tarea a desarrollar y los factores de riesgos previsibles o no previsibles del área de trabajo.

2. Ser compatibles entre sí, en tamaño, figura, materiales, forma, diámetro y estas características deben ser avaladas por una persona calificada.

3. Garantizar la resistencia a las cargas con un factor de seguridad de mínimo 2 de acuerdo a la máxima fuerza a soportar y resistencia a la corrosión o desgaste por sustancias o elementos que deterioren la estructura del mismo.

4. Inspeccionarse antes de su uso por parte del usuario y mínimo, cada año por una persona competente, conforme a las normas nacionales e internacionales vigentes. Si existen no conformidades, el sistema debe retirarse y si lo amerita enviarse a mantenimiento certificado, de lo contrario debe eliminarse.

5. Tener una hoja de vida en donde estén consignados los datos de: fecha de fabricación, tiempo de vida útil, historial de uso, registros de

inspección, registros de mantenimiento, ficha técnica, certificación del fabricante y observaciones.

LINEAMIENTOS PARA EL USO SEGURO DE SISTEMAS DE ACCESO PARA TRABAJO EN ALTURAS.

El montaje y/u operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas debe ser realizado por personas competentes conforme a las instrucciones dadas por el fabricante y atendiendo las normas nacionales e internacionales en el tema y atendiendo a las disposiciones de prevención y protección establecidas en la presente resolución. Se debe garantizar completa estabilidad y seguridad del sistema de acceso para trabajo en alturas, de tal forma que éste no sufra volcamiento o caída. El montaje y/u operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe garantizar una distancia segura entre éste y las líneas eléctricas energizadas.

Todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe estar debidamente asegurado en forma vertical y/u horizontal, conforme a las especificaciones del mismo. Siempre que se trabaje con sistema de acceso para trabajo en alturas, el trabajador no debe ascender por encima de los límites seguros permitidos establecidos para cada sistema. En el caso en que el sistema cuente con una plataforma, ella debe cubrir la totalidad de la superficie de trabajo y contar con sistema de barandas que cumpla con las disposiciones establecidas en la presente resolución. El uso de sistema de acceso para trabajo en alturas no excluye el uso de sistemas de prevención y protección contra caídas.

PARÁGRAFO: La selección y uso específicos de cada sistema de acceso para trabajo en alturas, debe ser avalado por una persona competente y debe atender a las instrucciones y especificaciones dadas por el fabricante.

TRABAJO EN SUSPENSIÓN

Los trabajos en suspensión con duración de más de cinco (5) minutos deberán ser realizados utilizando una silla para trabajos en alturas, que esté conectada a la argolla pectoral o a la dorsal del arnés y al sistema de descenso escogido, de acuerdo al tipo de espacio en donde se vaya a trabajar. Adicionalmente, el trabajador estará asegurado a una línea de vida vertical en cuerda, instalada con un anclaje independiente. Para trabajo en alturas, se autorizan solamente equipos de comunicación para operaciones de la tarea que se esté realizando, mediante un sistema de manos libres y siempre y cuando las condiciones de seguridad lo permitan.

. VIGILANCIA, CONTROL Y SANCIONES.

La vigilancia y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en EL PRESENTE PROTOCOLO

DE SEGURIDAD, corresponde en primer lugar a lo establecido en el artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994, el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 205 de 2003 y las Resoluciones 0002 y 951 de 2003. Así mismo, Reglamento Interno de Trabajo ARTICULO 56o. Los trabajadores deberán someterse a todas las medidas de higiene y seguridad industrial que prescriban las autoridades del ramo en general, y en particular a las que ordene la empresa para prevención de los riesgos profesionales en el manejo de las máquinas, equipos, herramientas y demás elementos de trabajo para evitar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

PARAGRAFO. El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos, adoptados en forma general o específica, y que se encuentren dentro de los programas de salud ocupacional de la respectiva empresa, que le hayan sido comunicados por escrito, facultan al empleador para la terminación del vínculo o relación laboral por justa causa previo cumplimiento del proceso de investigación realizado por el Comité Obrero Patronal. (Art. 91 Decreto 1295 de 1994).

3º. COMPARE SUS RESPUESTAS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCION 3076 DE 2008 ¿ CUMPLE CON LO ESTABLECIDO? EN CASO DE QUE NO CUMPLA, QUE RESPONSABILIDAD DE TIPO CIVIL, PENAL, ADMINISTRATIVO Y SOCIAL TENDRIAN LAS AREAS DE LA EMPRESA INVOLUCRADAS? PLANTEE ALTERNATIVAS.

El empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación de trabajadores que realicen trabajos en alturas, de acuerdo con la actividad económica y la tarea a realizar, teniendo en cuenta principalmente aspectos de formación, experiencia, según los diversos peligros a los que estará expuesto y las restricciones en las condiciones de salud para ellos .EL EMPLEADOR ES EL ÚNICO RESPONSABLE, antes de la vinculación laboral y por lo menos una vez al año y a través de médicos ocupacionales de su empresa o contratados, de la evaluación de las condiciones de aptitud psicofísica de los empleados, necesarias para realizar trabajos en alturas. Esta evaluación debe ajustarse a los criterios que se establezcan en el respectivo programa de salud ocupacional y a los establecidos en la norma nacional vigente que reglamenta los exámenes médicos pre – ocupacionales, periódicos y de egreso.

El objetivo de las evaluaciones médicas pre – ocupacionales para realizar trabajos en alturas, es determinar la aptitud del trabajador para desempeñar en forma eficiente su labor sin causar perjuicio a su salud o la de terceros comparando las demandas del oficio para el cual se desea contratar con sus capacidades físicas y mentales; establecer la existencia de restricciones que ameriten alguna condición sujeta a modificación, e identificar condiciones de salud que estando presentes en el trabajador, puedan agravarse en desarrollo del trabajo.

Consideraciones personales

Sin lugar a dudas, el empleador al ser el único responsable de un mal protocolo en manejo de seguridad industrial y salud ocupacional, una solo vida no se paga con ninguna cantidad de dinero, la seguridad industrial es un tema de conciencia que se inicia desde el hogar, valorar y preservar lo más importante que tenemos, nuestra vida y la de los demás. Pero como existen tantos malos manejos a nivel nacional, personalmente lo veo y lo vivo, es una decisión de cada ser humano, hacer prevalecer su vida por encima de cualquier otro interés, por eso invito a todo ser humano a hacerse participe de esta campaña para salvar vidas. Las alturas, los elementos, los equipos, por si solos no hacen daño, deben ser manipulados por el HOMBRE, y este con el buen o mal uso que haga de ellos el que causa daños, pero es de anotar que existen normas mínimas y requerimientos mínimos, que todo trabajador debe exigir, como derecho fundamental, el conocimiento de normas, disposiciones, reglamentaciones, sanciones, nos hacen tener herramientas básicas para exigir lo que humanamente nos pertenece, no debe, no puede, haber ningún tipo de negociación en contra de la SEGURIDAD INDUSTRIAL Y LA SALUD OCUPACIONAL, por mínima que parezca debe hacerse cumplir y respetar. Esta debe ser una cátedra desde la enseñanza primaria, porque desde nuestros hogares empezamos a trabajar en alturas, sin ni siquiera conocer los peligros a los cuales estamos expuestos. Acá no hay nada que inventar, ni crear, todo está dado para poder desarrollarnos laboralmente en condiciones óptimas, utilicemos los recursos legales, para poder exigir estos derechos.

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