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Productos Código Alimentario Argentino


Enviado por   •  19 de Noviembre de 2013  •  263 Palabras (2 Páginas)  •  169 Visitas

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Atención comerciantes y/o elaboradores de alimentos: envases aptos

Según normativa vigente -Código Alimentario Argentino y el Código Bromatológico de Santa Fe- todos los envases para uso alimentario deben contar con la habilitación de la ASSAl (Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria) u otro organismo competente. Todos los elaboradores de alimentos están obligados a utilizar envases aptos para uso alimentario que cuenten con la habilitación de la ASSAl u organismo equivalente. El mismo será solicitado en las Auditorías que realice este Area.

De acuerdo a la Orden Nº 24 de la ASSAl, respecto a los envases y trípodes para pizzas en particular -y a los envases de uso alimentario en general- se informa a los elaboradores de pizzas que a partir de la fecha está prohibida la utilización de cajas de cartón o trípode para pizzas que no cuenten con la habilitación para uso alimentario otorgado por la ASSAl u organismo equivalente. En caso de continuar con su utilización, se procederá a intervenir y/o comisar toda caja de cartón o trípode para pizzas que no cuenten con la habilitación solicitada.

Recuerde que los envases para uso alimentario deben estar realizados con material de primer uso, ya que de lo contrario pueden transferir y/o ceder a los alimentos substancias indeseables, tóxicas o contaminantes en cantidad superior a la permitida por el Código Alimentario Argentino.

Los envases para uso alimentario deben estar registrados para tal fin, y es responsabilidad del establecimiento que lo utiliza solicitar dicho registro a los proveedores de los mismos, al igual que el de cualquier otra materia prima que utiliza para la elaboración de sus productos.

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