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ACCIONES CONSTOTUCIONALES.


Enviado por   •  10 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  335 Palabras (2 Páginas)  •  101 Visitas

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ACCIONES CONSTITUCIONALES

ACCION

TITULARES

PROCEDENCIA

IMPROCEDENCIA

CONTRA QUE O QUIEN SE DIRIGE

CADUCIDAD

PETICION

Todos cualquier persona.

Para solicitar información, documentos, vulneración de derechos, reconocer derechos.

Para asuntos que poseen reserva de ley.

Para personas naturales o jurídicas, entidades privadas o públicas.

No tiene tiempo para exigir el derecho.

TUTELA

Todos cualquier persona.

En el caso que se halle una vulneración de derechos fundamentales.

Cuando la amenaza de vulneración no versa sobre derechos fundamentales.

Para personas naturales o jurídicas, entidades privadas o públicas.

Mientras la vulneración o la amenaza persistan no caduca.

CUMPLIMIENTO

Todos cualquier persona.

Para dar cumplimiento a alguna ley o norma que no se considere que no se respeta y que su incumplimiento genere perjuicios a derechos

Cuando no se ha hecho un requerimiento previo a quien está incumpliendo la norma.

Se representa en primera instancia ante los jueces administrativos y en segunda al consejo de estado

No tiene término de caducidad.

POPULAR

La puede interponer cualquier persona natural o jurídica, entidad pública o privada.

Se ejerce como mecanismo preventivo y restaurados, como por ejemplo hacer cesar el peligro o amenaza.

Es el mecanismo mediante el cual se da cumplimiento a los derechos e intereses colectivos y difusos.

Si la acción se interpone contra una entidad pública la resuelve el tribunal o jueces administrativos, pero si esta acción es contra entidad privada la resuelven jueces civiles del circuito.

No tiene

DE GRUPO

Anteriormente se requerían de un grupo  mínimo de 20 personas, hoy en día basta con que una sola persona ejerza la acción; siempre y cuando establezca en la demanda los criterios que permita establecer el grupo afectado

La acción de grupo lo que busca es REPARAR un daño causado a un grupo de personas, es de carácter indemnizatorio.

Se requiere un conjunto de 20 personas que se les haya causado el daño por las mismas causas circunstancias.

Podrá ser interpuesta por la persona afectada o por el defensor del pueblo, los personeros municipales o distritales en nombre del afectado que se lo solicite cuando este se encuentre en estado del indefenso.

Dentro de los dos años en los que se causó la vulneración

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