ANÁLISIS DE CLAUSULAS GENERALES APLICABLES A LOS PRESTAMOS BANCO DE LA NACIÓN
Henryalpi29 de Mayo de 2014
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ANÁLISIS DE CLAUSULAS GENERALES APLICABLES A LOS PRESTAMOS BANCO DE LA NACIÓN
En el contrato de préstamo que brinda el banco de la nación está establecida por cláusulas que son importantes de leer antes de firmar, este contrato es un informativo para las personas que requieren dinero en condición de préstamo.
El desembolso del préstamo será efectuado exclusivamente en la cuenta de ahorros, al firmar nosotros nos comprometemos a cumplir con todas las cláusulas que contienen este contrato.
Si la persona que está solicitando el préstamo es casada y dicho préstamo es para adquirir un bien para la sociedad conyugal, el prestatario y conyugue se comprometen a cumplir y respalda con la totalidad de sus bienes comunes y los bienes propios del titular. Si la pareja solo convivan y cumplan con los requisitos establecidos en el código civil la cobranza será igual que los de los conyugues.
Las personas que piden el préstamo sabrán cuando y cuanto pagar sus préstamos mediante un cronograma de pago que contiene las cuotas a pagar en un plazo fijo, cuyas cuotas incluyen el monto de capital, los intereses, seguros, comisiones y gastos aplicables. El cronograma será entregado al momento de la suscripción del contrato.
Nosotros en este acto autorizamos al banco a cobrar las deudas vencidas que tendríamos del préstamo de cualquiera de las cuentas que tendríamos nosotros y el fiador que tuvieran en el banco si dicha cuenta tuviera fondos.
A nosotros nos cuesta el préstamo la suma que nos presta, intereses (Compensatorios y moratorios), comisiones, gastos y seguros.
Si nosotros no pagamos las cuotas en la fecha de vencimiento que tenemos en nuestro cronograma el banco está facultado a terminar el contrato y tener que pagar el saldo total pendiente de todo el préstamo, adicionalmente los intereses compensatorios, intereses moratorios, comisiones gastos y primas de seguro impagas.
Si nosotros dejamos de laborar o ya no somos pensionistas del sector público es responsabilidad de seguir abonando a la cuenta de ahorros del banco para su descuento de sus cuotas. En el caso de incumplir con el pago de una o más cuotas autorizamos al banco a descontarnos el saldo del préstamo de cualquier compensación ordinaria y/o extraordinaria que le corresponda recibir hasta el límite máximo establecido por la ley.
Si nosotros somos trabajadores del sector privado será aplicable todo lo descrito en los trabajadores del sector público.
Nosotros estamos facultados en hacer adelantos de cuotas o del pago parcias o total de la deuda. Si nosotros realizamos dicho adelantos el banco realizara la reducción de los intereses, comisiones y gastos respectivos correspondiente al pago.
A solicitud del pago anticipado parcial disminuirá el monto de las cuotas y el banco nos brindara un nuevo cronograma.
El banco tiene derecho por este préstamo de:
• Compensar y centraliza eso quiere decir que el banco puede pagar nuestras cuotas con nuestros fondos que tengamos en nuestras cuentas.
• También tiene derecho a modificar el contrato por motivos de aumento de costos de los servicios prestados a terceros al banco las cuales serán comunicados mediante medios directos tales como correo, teléfono y cartas. En caso no se encuentre de acuerdo presentara un documento con su desacuerdo y la cancelación de la cuenta pendiente del préstamo, si no cumple con pagar la totalidad se le aplicaran dichos cambios al contrato.
• Al igual el banco tiene derecho de terminar anticipadamente el contrato si se producen cualquiera de los siguientes supuestos:
i) Si el prestatario deja de laborar y deja de percibir ingresos.
ii) Si utilizamos con mal uso nuestros activos a criterio del banco.
iii) Si es declarado en quiebra o insolvente.
iv) Si tiene juicios con el banco o haga improbable que
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