ASPECTOS COERCITIVOS DE LA NORMA JURÍDICA Y SANCIÓN SOCIAL
mariavalecillos8 de Mayo de 2012
8.892 Palabras (36 Páginas)1.490 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA
ALDEA UNIVERSITARIA RICARDO LABASTIDAS
AMBIENTE MONS. LUCAS CASTILLO
ESTUDIOS JURIDICOS VI SEM.
ASPECTOS COERCITIVOS DE LA NORMA JURÍDICA Y SANCIÓN SOCIAL
INTEGRANTES CEDULA IDENTIDAD FACILITADOR:
ARAUJO, ARMANDO
AGUILAR JAIRO
GUTIERREZ,MARIA
PEÑA DEXI
RONDON, AUXILIADORA
ZULUAGA, DANIEL
4.323.367
12.456.665
10.912.24
5.507.124
9.178878
14.924.890
DR. MOISES MENDEZ
Valera, marzo del 2012
ÍNDICE
PÁG.
INTRODUCCIÓN 4
1.-ESTADO DE DERECHO. 6
1.1.-ORIGEN 6
1.2.-ETICA Y ESTADO DE DERECHO 8
1.3.-FUNDAMENTOS LIBERALES Y DEMOCRÁTICOS DEL ESTADO DE DERECHO 9
1.4.-PRINCIPIOS QUE DEFINEN EL ESTADO DE DERECHO. 9
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES (DEL HOMBRE). 9
1.5.-EL PRINCIPIO DE LA DIVISIÓN DE PODERES 10
1.6.-EL PRINCIPIO DE LA AUTORIDAD DE LA LEY 10
2.-LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA (O DEL DERECHO) 10
2.1.-OBJETO DE LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA 12
2.2.-CLASIFICACIONES DE LA INTERPRETACIÓN DE LA LEY 12
3.-LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO 13
3.1.-CLASIFICACIÓN DE LA COSTUMBRE 15
3.2.-REQUISITOS DE LA COSTUMBRE 16
3.3.-REQUISITOS INTERNOS DE LA COSTUMBRE 16
3.4.-ELEMENTOS Y CARACTERES DE LA COSTUMBRE 16
3.5.-DERECHO CONSUETUDINARIO 17
3.6.- IMPORTANCIA DE LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO 18
• LA COSTUMBRE ES UNA REGLA DE DERECHO 18
• LA COSTUMBRE RESPONDE A UNA DOCTRINA 19
4.-PROCESO DE ELABORACION DE LA LEY FORMAL 19
4.1.- INICIATIVA DE LA LEY 19
4.2.- DISCUSIÓN DE LA LEY 20
4.3.- PROMULGACIÒN DE LA LEY 20
5.-CLASES DE LEYES 21
5.1.-LEYES MATERIALES Y LEYES FORMALES 22
6.-CARÁCTER DE LA LEY 23
6.1.-CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA LEY 26
7.-DECRETOS DE LEY 26
7.1.-ELEMENTOS DE LOS DECRETOS CON FUERZA DE LEY 29
7.2.-ELEMENTO NORMATIVO DE LOS DECRETOS CON FUERZA DE LEY 29
7.3.-ACTOS JURÍDICOS 30
7.4.-CONTENIDO NORMATIVO 30
7.5.-REQUISITOS PARA LOS DECRETOS CON RANGO Y FUERZA DE LEY 32
7.6.-ELEMENTOS DE INTERPRETACIÓN DE LA LEY 33
7.7.-LEYES HABILITANTES DECRETADAS POR EL PRESIDENTE ACTUAL DE VENEZUELA. 34
CONCLUSIÓN 35
BIBLIOGRAFIA 36
INTRODUCCIÓN
.
Partiendo de las consideraciones generales del derecho, y tomando en cuenta que las sociedades a través de la historia han evolucionado y de forma paralela con esta evolución la sistematización de la norma como instrumento necesario de adaptación a las diferentes realidades sociales, para el desempeño en armonía de los diferentes grupos sociales. En tal sentido podemos afirmar que, El Estado de Derecho es aquel Estado en el que sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un Derecho vigente en lo que se conoce como un Estado de Derecho formal.
Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.
La interpretación jurídica (o del derecho) es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de los demás estándares que es posible encontrar en todo ordenamiento jurídico y que no son normas, como por ejemplo, los principios. En consecuencia, hablar de interpretación del derecho es igual a referirse a una actividad que comprende a todas las normas jurídicas, y no únicamente a las normas legales que produce el órgano legislativo. De la interpretación de la ley sea una especie de interpretación jurídica.
En términos de reflejar la generalidad del contenido, referido al tema 3, sobre el Estado de Derecho, se parte de principios fundamentales en la materia como son: La costumbre como Fuente del Derecho, abordando su concepto como la acción realizada por un grupo social, que necesariamente debe cumplir con requisitos como: uniformidad, constancia, regularidad y aceptación a través del tiempo, destacando su clasificación y la diferencia entre uso y costumbre, así como los aspectos positivos, negativos y sus consecuencias directas como fuente del derecho.
Cabe destacar en el desarrollo del presente contenido la importancia de El proceso de elaboración de la ley formal como el conjunto de desempeños regulados por la ley y realizados con el objeto de alcanzar la aplicación judicial del derecho objetivo y la satisfacción generalizada de la sociedad estado que la compone en donde se abordo el Carácter de La ley, El Proceso Formal de la Elaboracion de la Ley, y Decreto de Ley.
1.-ESTADO DE DERECHO.
La interpretación Jurídica del término Estado de Derecho, debe ser conceptualizada entendiendo que la palabra estado, fue utilizada por primera vez por Maquiavelo en su obra El Príncipe para referirse a las formas políticas existentes en la Italia de aquel entonces. Con esta expresión se daba denominación a todas las formas política, ya sean estas republicanas, monárquicas o tiranas. Tradicionalmente se define al Estado, como el conjunto de personas que ocupan un territorio, tienen un gobierno y tienen una organización jurídica.
Raúl Ferrero lo define como “la colectividad Humana organizada políticamente sobre un territorio” El mismo autor, señala que los elementos del Estado lo constituyen El Pueblo, el territorio y el poder.
1.1.-Origen
Hablar del origen del Estado es un problema altamente complejo. Sin embargo, existen diferentes teorías que intentan explicar el origen del Estado, y que presentamos a continuación
• Teoría organicista: Esta teoría parte por considerar que el Estado es similar a un organismo vivo, ya sea humano o animal. Entre sus principales representantes, tenemos a Spencer, Spengler y el alemán Kjellen, fundador de la Geopolítica.
• Teoría de la lucha de clases: Esta tesis es sustentada por los representantes de la filosofía marxista, para quienes el estado es un instrumento para ejercer dominio y opresión por parte de la clase dominante sobre las clases dominadas, y así perpetuar su poder. Uno de los fundadores de esta filosofía, Federico Engels,
• Teoría del contrato social: Esta teoría fue sustentada principalmente por Tomás Hobbes y Juan Jacobo Rousseau. Esta tesis parte por señalar que el Estado surge como producto de un contrato, de una convención celebrada entre los hombres libres y un hombre o grupo de hombres para que ejerzan el poder y gobierno sobre los primeros.
El Estado de Derecho, puede definirse como a una forma política en la cual el poder se halla sometido a un sistema de normas jurídicas, de manera real, con el fin de proteger los derechos de la persona humana.”
• Es un concepto de teoría política, jurídica y moral y dice que la autoridad del gobierno sólo puede ser llevada a cabo siguiendo leyes escritas, las cuales deben haber sido adoptadas mediante un procedimiento establecido.
• No cualquier Estado ni cualquier Derecho conforman un Estado de Derecho; únicamente, aquel Estado controlado por el Derecho y aquel Derecho legitimo.
• El principal rasgo del Estado de Derecho es el principio de legalidad también conocido como Imperio de la ley. “Consiste, pues, en el gobierno de las leyes y no en el gobierno de los hombres” . De esta manera, y mediante el imperio de la legalidad, se hace imposible, o debe de hacerse imposible toda arbitrariedad y abuso del poder, ya que este queda sometido a ordenaciones impersonales y objetivas.
• García Toma, lo define en los siguientes términos: “este concepto alude a aquella forma de convivencia política dentro de la cual el poder estatal se encuentra sometido a un sistema de normas jurídicas; es decir, denota al Estado sometido y regulado por el derecho”
• Es un Estado cuyo Derecho protege y garantiza determinados derechos y libertades que históricamente se consideran fundamentales, Significa que el Estado está sometido al Derecho. La garantía de este sometimiento es la de la separación de poderes, ejecutivo, legislativo y judicial. La más mínima sospecha de que algunos de esos poderes pudieran constituir vasos comunicantes (pongamos por caso, un comunicado conjunto Ministerio del Interior-Congreso de la República) daría al traste con la primera condición.
• El imperio de la constitucionalidad, legalidad y legitimidad de las acciones y decisiones del Estado, sus tribunales y autoridades, constituyen el régimen de juridicidad que se denomina Estado de derecho.
• El Estado de Derecho aparece como el servidor de la sociedad. Consiste en el gobierno de las leyes y no en el gobierno de los hombres.
• Es el que garantiza la plena vigencia y defensa de los Derechos Humanos,
...