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Accion de tutela juez de ejecucuion de penas


Enviado por   •  7 de Enero de 2016  •  Prácticas o problemas  •  996 Palabras (4 Páginas)  •  235 Visitas

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Bogotá, 20 de marzo de 2014

Señor

Juez Penal del Circuito (Reparto)

Bogotá

REF: ACCIÓN TUTELA CONTRA EL JUZGADO 13 DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD     DE BOGOTA

ACCIONANTE: ADRIANA PAOLA CRUZ DIAZ C.C. 60.384.608

Respetado Señor Juez:

ADRIANA PAOLA CRUZ DIAZ, identificada con C.C. 60.384.608, acudo ante su despacho con el fin de interponer ACCION DE TUTELA, contra la JUZGADO 13 DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD    DE BOGOTA, con el objeto de que se proteja mi derecho constitucional fundamental al Derecho de Petición a la libertad y al trabajo, con fundamento en los siguientes:

HECHOS

  1. Fui condenada por el Juzgado 5 Penal Municipal de Conocimiento de Bogotá a la Pena de 40 meses de prisión por el delito de Acceso Indebido a un Sistema Informático.
  2. El Juzgado 13 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad me otorgo libertad condicional a través de auto No. 143 del 11 de Febrero de 2013 por un periodo de prueba de 11 meses y 9 días, tiempo que complete el 20 de Enero del 2014.
  3. Que a través de derecho de petición del 4 de febrero de 2014 solicite a la JUZGADO 13 DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, la Libertad definitiva por cumplimiento total de la condena. es decir, la extinción de la pena y que se informara a los órganos judiciales y administrativos competentes.
  4. Que a la fecha han transcurrido   un tiempo considerable para que el Juzgado de Ejecución de Penas de una respuesta de fondo a mi solicitud,  la omisión por parte del Juzgado de Ejecución de ordenar la Extinción de la Pena afecta mi derecho a la libertad y al trabajo.

Lo anterior, en razón a que hasta tanto no se ordene la extinción de la pena no será posible que del certificado judicial se elimine el antecedente conforme a lo ordenado por  la jurisprudencia de la Sala de Decisión de Tutelas de la Corte Suprema de Justicia, en el que establecido que los antecedentes judiciales, en el caso en el que existe prescripción o cumplimiento de la pena, no puedan ser publicados en el certificado judicial. Es claro, señor Juez que para cualquier postulación que haga para un empleo siempre solicitan el Certificado Judicial y el mismo no lo puedo presentar porque me registra con condena vigente, así las cosas mi condena fue de 40 meses y a pesar que ya cumplí el tiempo se está convirtiendo en una pena más larga que me imposibilita continuar mi vida laboral.

  1. Que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL – EN SALA DE DECISIÓN DE ACCIONES DE TUTELA, Sentencia t 56382  se pronunció en un caso similar al que nos ocupa

En el presente caso el accionante fue claro en solicitar al Juzgado accionado el 31 de mayo de 2011 y el 5 de julio ídem, la declaratoria de extinción de la pena, sin embargo hasta tanto el Despacho precitado no fue notificado de la acción de tutela -avocada el 22 de agosto de 2011-, no ejerció actuación alguna para resolver la solicitud del actor, pues dispuso oficiar al Departamento Administrativo de Seguridad –DAS- sólo el 23 del mismo mes y año, sin que hasta la fecha se haya adoptado una decisión definitiva al respecto, por lo tanto el asunto realmente no es un hecho superado y por lo mismo, la decisión que se impone es la confirmación del fallo impugnado, pues es evidente que el actor tiene derecho a que se resuelva de fondo su petición”.

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