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Acta de mediacíon por lesiones culposas accidente de transito


Enviado por   •  31 de Enero de 2017  •  Prácticas o problemas  •  500 Palabras (2 Páginas)  •  502 Visitas

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Acta de mediación por Lesiones Personales Culposas en Accidente de Tránsito


En Tuluá, Valle del Cauca a los veinticinco (25) días del mes de enero de Dos mil diecisiete (2017) siendo las 15:00  se reunieron el señor ESTEBAN CASTILLO BURBANO, con C.C. No. 1.116.254.837 de Tuluá, residenciado en Carrera 38 No. 14 – 33 de Tuluá, y las señoras FLORISA RAMIREZ Y DAISY VALDERRAMA GONZÁLEZ, identificadas con las cédulas No. 29.876.193 y 29.892.404 respectivamente expedidas en Tuluá, residenciada en Bocas de Tuluá y Tres Esquinas, con el fin de adelantar una audiencia de mediación; dijeron estar allí presentes de manera voluntaria sin ninguna presión, coacción, o chantaje de persona alguna.

Acto seguido el señor mediador JUAN CARLOS HERRERA GARCÍA con C.C. 16.365.372 Abogado con T.P. 235.129, expesa los objetivos de la DILIGENCIA y el modo de intervenir de las partes; los pro y los contra de la misma, e invita a las personas a exponer sus puntos de vista, sus opciones y propuestas. Le concedió primera la palabra a las señoras  lesionadas, quienes manifestaron que no están interesadas en ninguna clase de litigio, que ellas requieren una reparación de los daños materiales y que estiman esa reparación en una cuantía de TRES MILLONES DE PESOS M/CTE. Luego, le fue concedido el turno al señor ESTEBAN CASTILLO BURBANO quien dijo: que se excusa por lo ocurrido y que pide perdón a las víctimas de este accidente de tránsito y que nuca ha sido su intensión dañar a cualquier persona, menos a dos mujeres.

En seguida se pusieron de presentes las siguientes fórmulas de arreglo, pero al final se aceptó por parte del señor CASTILLO BURBANO, cancelar el dinero solicitado por las señoras victimas.

Finalmente se llegó al siguiente acuerdo:

  1. Cancelar la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000,oo M/CTE) a la señora DAISY VALDERRAMA GONZÁLEZ con C.C. No. 29.892.404 de Tuluá, en efectivo y a la fecha.
  2. Cancelar la suma de UN MILLON DE PESOS ($1.000.000,oo M/CTE) a la señora FLORISA RAMIREZ con C.C. No. 29.876.193 de Tuluá. en efectivo y a la fecha.

Estando las partes de acuerdo con la última fórmula, el mediador le dio su aprobación, luego de constatar la forma, el tiempo, la cuantía y el plazo para cumplir las obligaciones allí contraídas. Y se deja manifestación clara y expresa que las victimas renuncian a cualquier acción de tipo penal, civil o administrativa o de otra índole, que pueda iniciarse en contra del señor ESTEBAN CASTILLO BURBANO ya que han sido reparadas total e íntegramente por cualquier daño o lesión presente o que pueda aparecer en el futuro.

El mediador manifestó los efectos de dicho acuerdo. Todos aceptaron que se dio así por terminada la controversia entre ellos suscrita.

No siendo otro el objeto del encuentro, se dio por terminada la audiencia y se firmó el acta por todos los que allí intervinieron.



Mediador Testigo

JUAN CARLOS HERRERA GARCÍA

C.C. No. 16.365.372 de Tuluá

T.P. No. 235.129 C.S.J.

ESTEBAN CASTILLO BURBANO

C.C. No. 1.116.254.837 de Tuluá



FLORISA RAMIREZ

C.C. No. 29.876.193 de Tuluá

DAISY VALDERRAMA GONZÁLEZ

C.C. No. 29.892.404 de Tuluá

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