Análisis de argumentación jurídica
Athalia1234Trabajo16 de Abril de 2020
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Argumentación jurídica
En criterio propio, cuando hablamos de la argumentación jurídica nos referimos primeramente a saber dar a conocer, es decir, saber describir algo, acerca de un escrito, (por ejemplo) saber interpretar nuestra carta magna que es donde se redacta toda ley y todas sus normatividades, así como también generalmente en todo código civil dentro del margen de nuestro país. Es en este ejemplo donde damos como interpretación las acciones que se describen, en que circunstancia nos puede funcionar, en que lugares específicos etc. Es importante señalar que toda argumentación debe derivar de sus fundamentos, que se sostenga un escrito o comprobación como lo son tales doctrinas jurídicas en este caso, donde se sostiene de una máxima autoridad que rige a nuestra nación.
Análisis de argumentación jurídica
En este análisis describimos ciertas cualidades o características que son como dar razones que justifiquen una decisión (si bien así lo menciona Oscar correas), puesto que es la manera para conseguir una aceptación por parte de un auditorio.
Cabe mencionar que la argumentación jurídica soluciona de manera definitiva situaciones particulares.
Existen otros métodos donde podemos hacer mención ya que estos son de suma importancia conocer cualidades que dan sentido a esta sistematización, como es:
El argumento de la autoridad: Mediante el argumento de autoridad se reconoce a la cita de la jurisprudencia y de la doctrina para reafirmar o reforzar las razones que se dan para sostener una tesis
Argumento de analogía: El punto esencial de la analogía radica en la semejanza de una cosa con otra, en la similitud de unos caracteres o funciones con otros; en este caso la analogía consiste en una atribución de los mismos predicados a diversos objetos.
Argumento sistemático: confirman la afirmación sostenida en la introducción de este trabajo, esto es, que la argumentación tiene como base la interpretación, pues primero tenemos que interpretar la norma que se aplicará al caso concreto y después dar las razones y justificación del porqué la norma que interpretamos es aplicable al caso concreto.
El argumento de equidad o equitativo: El antecedente histórico directo del concepto de equidad se encuentra en Aristóteles, quien habla de la Epiqueya como la prudente adaptación de la ley general, a fin de aplicarla al caso concreto. En la época moderna, Giuseppe Lumia ha definido la equidad como el juicio atemperado y conveniente que la ley confía al juez.
Argumento a fortiori: La finalidad del argumento a fortiori es representar el “tanto más cuanto que” con que se expresa gramaticalmente el hecho de que una parte de lo que se aduce como prueba viene a agregarse a la otra, sobreabundando en lo afirmativo.
Argumento a contrario: se basa en la presunción de que si el legislador ha regulado expresamente una hipótesis, entonces esa regulación se refiere a esa hipótesis y sólo a ella.
El argumento psicológico: El argumento psicológico sería aquél por el que se atribuye a una regla el significado que se corresponda con la voluntad del emisor o autor de la misma, es decir, del concreto legislador que históricamente la redactó.
El argumento teleológico: El argumento teleológico se relaciona con el espíritu y finalidad que se ha tenido en cuenta para la creación de las normas; se dice que esta finalidad siempre debe estar presente, y no sólo cuando la redacción sea ambigua.
Vicios en la argumentación
Los vicios en la argumentación es la forma en que se argumenta incorrectamente, esto es, a las falacias y haremos alusión a ellos únicamente en cuanto a las diversas categorías en que Toulmin las clasifica según que las mismas surjan:
1) de una falta de razones.
2) de las razones irrelevantes.
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