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Análisis del delito de extorsión en la Ciudad de México

Valeria Vargas VázquezTesina18 de Marzo de 2021

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COLEGIO UNIVERSITARIO DEL VALLE DE MEXICO[pic 1][pic 2]

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SEMINARIO DE TITULACIÓN

FOLIO: 1021

“ANÁLISIS DEL DELITO DE  EXTORSIÓN  EN  LA  CIUDAD DE MÉXICO”

T                E                S                I                S

                                       QUE PARA OBTENER EL TITULO DE:

                                     LICENCIADO EN DERECHO

  P        R        E        S        E        N        T        A:

JORGE LÓPEZ JUÁREZ

AGRADECIMIENTOS

INTRODUCCIÓN

El objeto de este estudio radica sobre la extorsión que se vive hoy en día en la Ciudad de México; El objetivo de las siguientes páginas consiste en exponer una aproximación teórica que permita identificar y definir los elementos que componen la extorción desde la perspectiva jurídica y social. Este propósito se lleva a cabo a través de una estructura que permite comprender la extorsión a negocios, así como a familias como una actividad más de las organizaciones criminales que emplean a empresas de forma ilegal y en su propio beneficio.

Aunque la extorción ha aumentado exponencialmente en los últimos años y se ha generado cada vez más información sobre la magnitud de este delito, existe un pendiente sobre si existe una relación entre la penalidad del delito y si este tiende a ser sutil para los infractores, lo que da lugar al crecimiento de grupos organizados para delinquir amparados a veces por la misma legislación, por lo cual la población se ve afectada por la aplicación de la justicia.

La ley debe de ser dinámica para adecuarse al proceso evolutivo de la sociedad, por ello surge la necesidad de reformar el código punitivo local, en el desarrollo de este trabajo se analizará que tan conveniente es maximizar la penalidad al delito de extorción, como se verá afectado el orden social con estas medidas; debido a la  importancia de  la legislación penal y como  disciplina del derecho público, ésta debe de adaptarse con mayor eficacia a la realidad social, orientándola a cumplir los fines del estado en lo que concierne a la impartición de justicia sin distingos de ninguna clase social. De otro modo, una ley injusta, anacrónica e inoperante, provocaría grave deterioro al espíritu constitucional de nuestra carta magna, pues el sagrado derecho a la libertad que consagra sería vulnerado sistemáticamente.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

¿Conocer si existen beneficios al aumentar la penalidad en delito tipificado como delito de extorsión e imponer una pena que sancione la tentativa de extorsión?

Toda vez que la sociedad durante el paso del tiempo ha sido víctima del delito tipificado en la legislación penal para el distrito federal como extorsión, la problemática se da en el tipo de penalidad que marca el artículo 236 del código penal para el distrito federal siendo este de dos a ocho años de prisión, si bien es cierto cuando el actor principal del delito de extorsión llega a su proceso, la misma legislación con el tipo de penalidad logra alcanzar un beneficio mismo que viene tipificado en el artículo 201 del código nacional de procedimientos penales, siendo este el procedimiento abreviado, mismo que  si cumple con los requisitos que marca  dicho apartado puede lograr salir en libertad.

Las víctimas se dejan en un estado de vulnerabilidad quien se ven desprotegidos en sus derechos como víctimas, al verificar esta problemática y si existiese un aumento en la penalidad, se protegerían minuciosamente sus derechos, sus bienes jurídicos tutelado siendo este su patrimonio, y es así como se puede lograr a reducir un bajo índice del delito de extorsión, y el delincuente recibir una sanción justa para que no pueda seguir realizando dicho cometido.

También existe una tentativa punible como lo maneja el artículo 20 del código penal para el distrito federal las cuales en manera concreta mencionan… “sí por causas ajenas a la voluntad del sujeto activo no se llegan a la consumación, pero se pone en peligro el bien jurídico tutelado”… si bien es cierto supletoriamente existe una tentativa de extorsión misma que no genera una penalidad, la cual si se ve reflejado que se pone en peligro su bien jurídico tutelado de las victimas siendo este su patrimonio, mismas que si hubiese una penalidad en dicho apartado la misma ley protegería el bien jurídico tutelado de las víctimas.

Supletoriamente hablando sobre el tipo penal que marca el artículo 236 del código penal para el distrito federal, cuando se recibe el cometido del delito se le puede obligar a hacer o dejar de hacer obteniendo un lucro, no se consume el delito pero se pone en peligro su bien jurídico tutelado, su patrimonio, mismas que con una penalidad que maneja dicho apartado se reduciría el cometido del delito y se le protegerían sus derechos a la víctima.

OBJETIVO

Analizar la tipificación que se impone a los que cometen el delito de extorsión, pues los hechos que se cometen por extorsionadores que  se  encuentra  contemplado   en el artículo 236 del código penal para la  Ciudad  de  México  y el artículo 20 del mismo  código.  

JUSTIFICACIÓN

Una vez que este delito tipificado como extorsión ha aumentado en los últimos años hay personas en la sociedad que son más propensos a ser víctimas de una extorsión, las cuales pueden ser individuos con altos ingresos económicos.

Si bien es cierto una tentativa de extorsión en la cual como ya se ha manejado va en aumento a una penalidad mayor, el tipo de personas que suelen ser las que realizan una extorsión suelen bajar los índices de personas que reciben este hecho cometido como extorsión, siendo así se le protegería su patrimonio, y el delincuente tendría una sanción que en realidad valore ya que  no es ecuánime  dañar a las personas que con un esfuerzo y sacrificio logran obtener un patrimonio, siendo estas  propensas a ser víctimas del delito de extorsión.

Siendo que las víctimas tienen derechos y también el estado no debe de vulnerar y desproteger esos derechos que como ciudadanos y víctimas se tienen, pero actualmente se está invirtiendo los papeles protegiendo más los derechos del delincuente que el de sus víctimas.

 De la misma forma que se deja en un estado de indefensión a las víctimas, por lo cual se busca proponer que se les aumente la penalidad en el delito tipificado como extorsión y que se le imponga una penalidad en el artículo de la tentativa para que así supletoriamente con el delito de extorsión se logre dar justicia y reducir los índices de delincuencia extorsionadora.

  1. Capítulo:

Análisis Histórico del delito de extorción en México

  1. INTRODUCCION

La extorsión representa un grave daño al patrimonio de las personas; mancilla la libertad y refleja un precario Estado de Derecho, ya que las autoridades no garantizan la seguridad de los habitantes y su patrimonio en detrimento del desarrollo económico y social del país.

En México y la mayoría de los países de América Latina, cuando hablamos de extorción nos referimos principalmente a tres modalidades:

  • El engaño telefónico
  • La amenaza telefónica
  • Cobro por derecho de piso

Estos fenómenos delictivos vulneran la percepción de seguridad social y bienestar de las personas e inhiben la inversión formal, principalmente de pequeños y medianos empresarios.

De acuerdo con las denuncias del 2013, 8042 denuncias equivalen a 22 denuncias al día, es decir, casi una por hora  (Pérez Morales, 2015)

Sin embargo, esas denuncias solo representan una pequeña muestra de lo que sucede alrededor de este fenómeno, ya que según la entidad, no incluyen ni las denuncias hechas a las procuradurías de algunos estados, donde la victima declara haber sufrido la extorción en grado de tentativa, sin que el evento se llegase a consumar, ni las denuncias hechas telefónicamente al 066 y registradas por los C4 de cada entidad, ni aquellas realizadas directamente a las policías municipales estatales y federales.

  1. EVOLICION DEL DELITO DE EXTORSION EN MÉXICO

De acuerdo con diversos académicos, entre ellos Giulia Mugellini, resulta complicado definir la extorsión, puesto que abarca espectros muy amplios que van desde la venta de protección ilegal hasta los engaños telefónicos o electrónicos. En este sentido, consideramos acertado retomar el documento Study on Extortion Racketeering the Need for an Instrument to Combat Activities of Organised Crime, elaborado por la institución italiana Transcrime. En dicho documento se desarrolla una hipótesis sobre la existencia de dos tipos de extorsiones: sistémica y ocasional (Pérez Morales, 2015).

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