Análisis de los derechos de los consumidor en Latinoamérica Templo Aposento Alto Introducción
eliparejaEnsayo24 de Febrero de 2017
2.613 Palabras (11 Páginas)305 Visitas
Introducción
El presente trabajo tiene como tema central el tratamiento del Derecho del Consumidor, de un proceso de investigación desarrollado en los países de Perú chile y Argentina.
La comparación de los análisis de cada estudio permite retratar el estado de la situación de los derechos del consumidor.
Observaremos como los consumidores a menudo afrontan desequilibrios en cuanto a capacidad económica, nivel de educación y poder de negociación frente a los productores de bienes y servicios, y al mercado en general y como cada país lo afronta de distintas maneras
Análisis de los derechos de los consumidor en Latinoamérica (Perú Chile y Argentina)
A lo largo de nuestra civilización siempre hubo medidas de protección al consumo, aunque sólo ahora los consumidores son sujetos de un derecho propio. La idea de hacer esta protección de manera sistemática es relativamente novedosa; los países más desarrollados implementaron sus sistemas a partir de los años 60. El fenómeno socioeconómico de la defensa del consumidor tiene sus antecedentes más claros en los Estados Unidos, a partir de la creación de la Comisión Federal de Comercio en 1914. Desde entonces la idea de protección al consumidor comenzó a ganar fuerza en aquel país.
En los últimos años ha emergido con fuerza la necesidad de atender los problemas y demandas de las personas naturales o jurídicas que participan en calidad de consumidores y usuarios de bienes y servicios finales, que proveen organismos, empresas públicas o privadas y, en general, el comercio legal.
En este sentido el Derecho del Consumidor constituye un sistema global de normas, principios, instituciones e instrumentos consagrados por el ordenamiento jurídico a favor del consumidor para garantizar en el mercado una posición de equilibrio con los empresarios proveedores, en una relación de consumo y como destinatario final de los bienes y servicios adquiridos.
El Derecho del Consumidor es una disciplina singular, especializada y con cierta autonomía que no se ubica ni en el Derecho Privado, ni en el Derecho Comercial, ni el Derecho Civil, sino que constituiría una disciplina de carácter interdisciplinario ya que La protección del consumidor es uno de los instrumentos más importantes de una economía social de mercado. De su buen funcionamiento depende que la verdadera libertad de elección y el trato justo y equitativo predominen en las relaciones económicas y en el desarrollo del proceso competitivo.
No obstante en el Derecho del Consumidor, la oferta, promoción y publicidad de los productos o servicios deben ajustarse a su naturaleza y las garantías ofrecidas darán lugar a obligaciones de los proveedores que serán exigibles por los consumidores o usuarios aun cuando no figuren en el contrato celebrado, o en el comprobante recibido. Por otro lado, la mayoría de legislaciones de protección del consumidor de Latinoamérica y en especial el Código de protección y Defensa del Consumidor del Perú, que contemplan los derechos de los consumidores establecen, que estos tienen derecho a recibir de los proveedores toda la información necesaria para tomar una decisión o realizar una elección adecuada en la adquisición de productos. Asimismo, los consumidores tienen derecho a la protección contra métodos comerciales coercitivos o que impliquen desinformación o información equivocada de los productos o servicios.
Podemos afirmar que el Derecho del Consumidor ha hecho una construcción especializada sobre la base de las instituciones que en su momento creó el Derecho Civil Clásico y que tuvieron su aplicación en un momento dado y que hoy ya no son aplicables porque la contratación de consumo exige un tratamiento distinto que supera lo establecido en el Código Civil, por lo que resulta saludable que la normatividad elaborada posteriormente efectivice el cumplimiento de disposiciones declarativas y se delimite en forma clara y taxativa los alcances de la protección al consumidor.
Como bien sabemos El consumo es una fuente de bienestar debido a que permite la satisfacción de necesidades: alimento, vestido, descanso, seguridad, cultura, etc. Es también una fuente de satisfacción o placer, precisamente por su condición de satisfactor de necesidades. Pero además, a través de la masifi cación de los medios de comunicación y del cada vez mayor acceso a la información y a la tecnología el consumo se ha transformado en fuente y origen de nuevas necesidades.
En efecto, actualmente “la defensa de los consumidores es un tema de equidad y de equilibrio en las relaciones de consumo, propiciando el ejercicio de la ciudadanía y de la democracia”
Las legislaciones y políticas, nacionales e internacionales, de protección a los consumidores tienen como finalidad el resguardo de éstos frente al posible daño (físico o financiero) que puede resultar del uso personal o en el hogar de bienes y servicios (Engel, 1998).
En términos de derechos, según los especialistas, las leyes y políticas de defensa de los consumidores debieran garantizar como mínimo 5:
- Derecho a productos seguros, que refi ere a la protección frente a productos dañinos para la salud y la vida.
- Derecho a la información, se expresa en la posibilidad de acceder a información esencial del bien o servicio en la rotulación y publicidad de éstos, así como en la protección frente a información fraudulenta, falaz o engañosa.
- Derecho a ser escuchado, lo que implica la posibilidad de un trato justo y expedito en las cortes administrativas o especializadas en el tema; y el reconocimiento de los intereses y necesidades de los consumidores en la formulación de políticas públicas
- Derecho a resarcimiento, refiere a la posibilidad de recibir una reparación en caso de lesiones o daños que resulten del uso de bienes defectuosos (o intrínsecamente dañinos) o de servicios incompetentes.
- Derecho a educación de los consumidores, refiere a la posibilidad de adquirir conocimientos y habilidades necesarias para actuar en una economía de mercado.
Análisis de los casos Perú Chile y Argentina
- PERÚ
Al igual que en otros países, en Perú los derechos del consumidor se encuentran valorados y protegidos a nivel constitucional. Asimismo, cuenta con un cuerpo legal denominado Código de Protección y Defensa del Consumidor, el que pretende regular en forma orgánica todas las materias que a este tópico conciernen.
La Constitución del Perú consagra de manera expresa que es un sistema de economía social de mercado, en el que el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura. Se garantiza: la igualdad ante la ley, para lo que el Estado brindará oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier discriminación; las libertades económicas que no deben falsear la competencia ni lesionar a la moral, ni la salud, ni las seguridades públicas; y el ejercicio del derecho de propiedad en armonía con el bien común.
En relación con los consumidores, la Constitución peruana, establece el principio de igualdad, inicialmente, adoptando la fórmula tradicional: Todas las personas son iguales ante la ley. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) que fue creado en noviembre de 1992, mediante el Decreto Ley N° 25868. Tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores. Además, fomenta en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología.
Posee un conjunto de normas que regulan las relaciones de consumo que nacen en la cadena de comercialización de bienes y servicios entre productores, proveedores y expendedores.
El Código de Protección y Defensa del Consumidor tiene como ámbito de aplicación todas las relaciones de consumo celebradas o ejecutadas en el territorio nacional.
Pero inmediatamente hace un reconocimiento al desequilibrio económico, una de las bases fundamentales que sustentan la necesidad de protección de los más débiles, entre ellos los consumidores, al preceptuar que no habrá discriminación por motivo de . . . condición económica . Igualmente utiliza la misma formula de proteger la competencia y de facultar al Estado para combatir toda práctica que la limite y para combatir el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Hace especial énfasis en que la prensa, la radio, la televisión y los demás medios de expresión y comunicación social; y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares (artículo 61). Se sabe que esta fue la primera forma como se protegieron los derechos de los consumidores, pues de esta manera se mantiene la libertad de elección de los bienes y servicios.
...