Atributos De Las Personas Fisicas Y Morales
ainafetse16 de Febrero de 2012
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Primeramente sabremos que existen dos clases de personas, un ser físico y un ente moral, ambos susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones.
Las personas físicas, hombre o mujer, cuentan por el solo hecho de existir, con atributos que nuestra ley les otorga desde el momento en que son concebidos. Las personas morales son entes que para la realización de sus fines colectivos las normas jurídicas les reconocen u otorgan capacidad para ser titulares de derechos y contraer obligaciones.
Existen físicamente pero como una institución creada por personas físicas, y esta institución puede ser una organización, asociación o sociedad. Los atributos de las personas físicas y morales se encuentran regidas y normadas por nuestras leyes locales y federales, no solo en el área del derecho se habla de estas personas sino también en otras áreas, aquí solo nos enfocaremos en lo relativo al derecho.
Persona física (o persona natural) es un concepto jurídico. Cada ordenamiento jurídico tiene su propia definición de persona, aunque en todos los casos es muy similar. En términos generales, es todo miembro de la especie humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.
Hoy, las personas físicas tienen, por el solo hecho de existir, atributos dados por el Derecho.
Atributos de las personas físicas:
Nombre: Corresponde al conjunto de letras y palabras que sirven para identificar e individualizar a una persona.
Capacidad: Entendiéndose esta como la aptitud legal para ser sujeto de derechos, deberes y asumir obligaciones.
Domicilio: Se refiere al lugar de permanencia del individuo.
Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que tiene una persona con uno o varios Estados determinados.
Patrimonio: Son el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente.
Estado civil: Atributo exclusivo de las personas físicas consiste en la situación particular de las personas respecto de su familia, la sociedad y el Estado.
Respectos de las Personas morales: son entidades que se forman por individuos que se unen con vistas a un fin que individualmente no podrían obtener. Se definen como “asociaciones o corporaciones temporales o perpetuas fundadas con algún fin o motivo de utilidad pública o privada y que en sus relaciones representan una identidad jurídica”.
ARTÍCULO 25 CCBC.- Son personas morales:
I.- La Nación, los Estados y los Municipios;
II.- Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la Ley;
III.- Las Sociedades Civiles y Mercantiles;
IV.- Los Sindicatos, las Asociaciones Profesionales y las demás a que se refiere la
Fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal;
V.- Las Sociedades Cooperativas y Mutualistas;
VI.- Las Asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos,
científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la Ley.
Atributos de las personas morales:
a) Razón social o denominación social (en el caso de las físicas es el nombre)
b) Domicilio
c) Patrimonio
d) Capacidad
e) Nacionalidad
Las personas morales tienen los mismos atributos que las personas físicas, excepto es estado civil.
Las personas morales tienen la capacidad jurídica para ejercer todos los derechos necesarios para el cumplimiento de su objeto, por medio de los órganos que la representan, sea por disposición de ley o conforme a las reglas de sus escrituras constitutivas y de sus estatutos.
Para las personas morales su capacidad de goce está limitada en razón a su objeto, naturaleza y fines, y en ellas no podemos hablar de incapacidad de ejercicio,
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