Beneficios de importador y exportador de propiedad intelectual
TamaraNoriega9 de Junio de 2015
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Beneficios de Importador y Exportador de Propiedad Intelectual
Patentes:
Las invenciones de productos y de procesos están sujetas a ser resguardadas.
La novedad y la actividad inventiva de aplicación industrial se incluyen como requisitos de patentabilidad.
El titular de una patente, ya sea de producto o proceso, tiene el derecho para impedir que terceros exploten, produzcan, fabriquen, vendan o pongan en circulación su elemento patentado sin su autorización previa.
Sectores Industriales:
Un secreto industrial es cualquier información de carácter industrial o comercial que sea mantenida por una persona física o moral como confidencial, sin que le confiera una ventaja competitiva frente a terceros en el desarrollo de actividades económicas respecto a la cual haya adoptado las medidas o sistema necesarios para mantener la confidencialidad o el acceso restringido a la misma.
Cualquier persona que contrate un empleado o profesionista que esté laborando para un tercero y lo haga con el fin de obtener secretos industriales, incurrirá en responsabilidad y deberá pagar daños.
Constituye un delito el aprovechar, utilizar o revelar ilegalmente a un tercero un secreto industrial por parte de una persona cuyo puesto le permite tener acceso a este tipo de información.
Marcas:
Se protegen los signos visibles como marcas, ya sea de productos o de servicios.
- Se protegen marcas olfativas y auditivas.
Se le reconoce al titular del registro de una marca, el derecho de impedir a terceros el uso no autorizado del signo, el cual puede ser renovable por 10 años, siempre y cuando el uso no se interrumpa por más de 3 años consecutivos.
Las disposiciones de la Ley de Propiedad Industrial incluyen la protección de las marcas colectivas, las marcas en copropiedad, las denominaciones de origen, así como los avisas comerciales y nombres comerciales.
Derecho de Autor:
Ley Federal del Derecho de Autor
Se reconocen los derechos conexos o vecinos y los derechos de los otros organismos organismos vecinos, así como los derechos de radiodifusión y productores de fonogramas*
Se regulan diversos contratos como el de las obras literarias, musicales, dramáticas, de radiodifusión, audiovisuales, publicitarias, así como los derechos de la obra fotográfica, plástica, gráfica y cinematográfica.
También se protegen los programas de cómputo y bases de datos.
Se define lo que debe entenderse como artista intérprete, artista ejecutante y editores de libros.
Papel del profesional de Comercio y Negocios Internacionales ante el tema de propiedad intelectual
El papel del profesional de Comercio y Negocios Internacionales ante este tema es el de tener un amplio conocimiento y comprensión de los rubros que restringen la propiedad intelectual, para poder así actuar con legitimidad al momento de realizar operaciones internacionales que impliquen la protección o reconocimiento de quien o quienes tengan la responsabilidad parcial o total sobre el objeto o servicio a exportar.
Es tarea del Comercio y Negocios internacionales el contemplar todos los pros y contras antes de realizar una exportación o importación de “propiedad intelectual” y siempre defender los intereses de quien corresponda.
Igualmente el llevar a cabo las operaciones de movimiento de mercancía de forma eficiente y cumpliendo con todas las normas y regulaciones necesarias para la total legalidad de la operación.
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/cont/39/pr/pr17.pdf
México Colombia
http://www.cepal.org/publicaciones/xml/4/26974/lcbrsr163alvarodiaz.pdf
http://www.tecalitlan.gob.mx/informationaccess/freeTrade/tratadoDeLibreComercioColombia.pdf
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