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CIRCULAR INFORMATIVA


Enviado por   •  20 de Mayo de 2015  •  353 Palabras (2 Páginas)  •  163 Visitas

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MARSH

Marsh Perú S.A. Corredor de Seguros

Amador Merino Reyna 285

Lima 27 - Perú

CIRCULAR INFORMATIVA

REF. : DECLARATORIA DE BENEFICIARIOS – VIDA LEY

Estimados Clientes:

Con la finalidad de evitar inconvenientes a los Herederos de la mencionada Póliza producidos al momento de suscitarse un siniestro por la falta de Declaración de Beneficiarios, les recordamos que en cumplimiento de los dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Legistlativo N° 688, tanto los Empleados como los Obreros cubiertos bajo la referida Póliza, deberán llenar la Declaración de Beneficiarios cuya firma será debidamente legalizada por un Notario, la misma que obrará en vuestro poder y sólamente será remitida en caso de un siniestro, para lo cual adjuntamos modelo del Formulario respectivo.

Cabe mencionar, que sólo tienen derecho a cobrar el Seguro de Vida en primer lugar, el (la) Cónyuge y sus Descendientes y sólo a falta de éstos, los Ascendientes, Hermanas solteras y Hermanos menores del Empleado. En el caso previsto por el Artículo 9° de la Constitución y el Artículo 326° del Código Civil, igual al que corresponde al Cónyuge, según el conviviente sobreviviente tendrá derecho al párrafo anterior, siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en dichas normas. Sí hubieran menores de edad, el monto que les corresponda se entregará al Padre sobreviviente, Tutor o Apoderado, quien administrará el monto que corresponde a los menores conforme a las Normas del Código Civil.

Sin otro particular, quedamos a su disposición para cualquier consulta adicional.

Muy Cordialmente,

Marsh Perú S.A.

Unidad Riesgos Humanos

DECLARACION DE BENEFICIARIOS PARA SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO PARA PERSONAL ASEGURADO

DECLARACION JURADA

El suscrito en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 688, efectúa su Declaracion de Beneficiarios:

PRIMER BENEFICIARIO : Cónyuge e Hijos.

(A Falta del Cónyuge se puede nombrar a la persona con la cual conviva un período mínimo de 02 Años)

Nombres y Apellidos Parentesco Fecha

Nacim. Domicilio

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