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CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES


Enviado por   •  5 de Febrero de 2015  •  728 Palabras (3 Páginas)  •  140 Visitas

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CLASIFICACIÓN DE LOS BIENES

a) Corpóreos: pueden ser apreciados por medio de los sentidos. Ej. Una silla, un caballo, una casa.

1) Por su Naturaleza Esencial

b) Incorpóreos: no se pueden percibir materialmente, sólo los percibimos a través de la Inteligencia. Ej. Derecho de usufructo, una acción.

2) Por su Posibilidad de Sustitución A) Fungibles: son aquellos que sirven como instrumento de pago con un mismo valor y que pueden ser reemplazados por otros en el cumplimiento de las obligaciones; generalmente se trata de los bienes muebles y excepcionalmente se pueden incluir bienes inmuebles. Ej. Dinero.

B) No Fungibles: son aquellos que no pueden ser reemplazados por otros al momento de su pago. Ej. Una res, un terreno.

α) Consumibles por el primer uso:

3) Por su Posibilidad de Uso Repetido β) No consumibles en el primer uso: son aquellas cosas que se agotan en la primera ocasión en que son usadas, es decir no permiten un uso reiterado de las mismas. Ej. alimentos, dinero, gasolina.

I) Por sus cualidades Físicas o Jurídicas ⅰ) Divisibles: son aquellos que se pueden fraccionar y las partes resultantes de dicha fracción siguen teniendo la misma utilidad que el todo. Ej. Telas, metales, terrenos, madera, manzanas.

4) Por su Posibilidad de Fraccionarse

ⅱ) Indivisibles: son aquellos que si fueren fraccionados ya no podrían servir para el uso para el cual fueron creados. Ej. Automóviles, relojes, televisiones.

㊎) Inmuebles por Naturaleza: son aquellos que por encontrarse fijos en un lugar impiden ser trasladados de un lugar a otro. Ej. Casas, árboles, etc. Se encuentran contenidos en el artículo 793, fracciones I a IV del CCG.

φ) Inmuebles: son definidos generalmente como aquellos que no se pueden trasladar de un lugar a otro sin alterar su forma o sustancia. ㊍) Inmuebles por Destino: son aquellos bienes muebles que son accesorios de un bien inmueble y necesarios para su uso y explotación, razón por la cual la ley los considera inmuebles. Existe en ellos una movilización jurídica y ficticia. Este tipo de bienes se clasifican tomando en cuenta la naturaleza de la explotación del inmueble y la sujeción

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