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CONCEPTO Derecho


Enviado por   •  27 de Diciembre de 2012  •  Tesis  •  1.837 Palabras (8 Páginas)  •  467 Visitas

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DERECHO

 CONCEPTO

Derecho

Es el conjunto de leyes, resoluciones, reglamentos creadas por un Estado, que pueden tener un carácter permanente y obligatorio de acuerdo a la necesidad de cada una y que son de estricto cumplimiento por TODAS las personas que habitan en esa comunidad para garantizar la buena convivencia social entre estas y que la resolución de los conflictos de tipo interpersonal lleguen a buen puerto

El derecho marítimo

Es un cuerpo normativo que rige los problemas que puedan surgir a raíz de las relaciones entre entidades de derecho privado dedicadas al tráfico marítimo. El derecho marítimo ha de ser diferenciado del derecho del mar, constituido por un cuerpo de normas de derecho internacional que regula los hechos y relaciones jurídicas de la navegación por agua, sea esta marítima, fluvial, lacustre o por canales y las actividades derivadas de ella como el comercio, industria y tráfico.

 FUENTES DE DERECHO

Designa todo lo que contribuye o ha contribuido a crear el conjunto de reglas jurídicas aplicables dentro de un Estado en un momento dado.

En nuestro sistema jurídico se pueden clasificar las fuentes en directas e indirectas.

FUENTES DIRECTAS:

• Las leyes y las normas provenientes del legislativo

o del ejecutivo:

Se puede definir la ley como la norma dictada por la autoridad competente, con las debidas formalidades, de carácter común, justa, estable y suficientemente promulgada.

La potestad de elaborar y aprobar las leyes le corresponde a las Cortes Generales (Congreso y Senado). No obstante, en determinadas circunstancias, el Gobierno puede elaborar leyes bajo el control de las Cortes Generales.

Las Comunidades Autónomas también tienen la potestad de dictar leyes, pero dentro del ámbito de su territorio y sobre materias cuyas competencias les hayan sido transferidas en los Estatutos de Autonomía, o en otras leyes del Estado de transferencia o delegación.

• La costumbre:

Desde el punto de vista jurídico llamamos costumbre a la norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social, y considerada como obligatoria por la comunidad.

La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral, al orden público y que resulte probada.

La costumbre ha de ser alegada y aprobada por parte de quien la invoque ante los tribunales, puesto que éstos no están obligados a conocerla.

• Los principios generales del Derecho:

Son aquellas ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base del ordenamiento jurídico e inspiran la elaboración de las leyes.

Los principios generales del Derecho actúan en una doble vertiente; por un lado, actúan cuando no existe ley o costumbre aplicables, por otro, permiten un recto entendimiento de las normas mediante elementos de ética, equidad, lógica y sentido de la realidad y de la justicia.

FUENTES INDIRECTAS:

• Los Tratados o Convenios internacionales:

Los Tratados son acuerdos regidos por el Derecho Internacional, celebrados entre Estados, u organismos internacionales; también se pueden denominar Convenios, Acuerdos, Convenciones, Protocolos, etc. La aprobación de cualquier Tratado que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa modificación constitucional.

• La Jurisprudencia:

Se denomina Jurisprudencia a los criterios que de modo reiterado manifiesta el Tribunal Supremo en sus sentencias. El Código Civil establece que “complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho”.

Para que exista Jurisprudencia no basta con una única sentencia sino que son necesarias reiteradas resoluciones de idéntica índole dictadas por el Tribunal Supremo.

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo sirve como pauta de interpretación en las actuaciones de los jueces y tribunales inferiores que, en sus sentencias, se cuidarán de no contradecir las sentencias del más alto tribunal, ya que, de no hacerlo así, el particular insatisfecho podría interponer recursos alegando la infracción de la doctrina interpretativa del mencionado tribunal.

 DIVISIONES DE DERECHO

Dentro del Derecho se distinguen grupos o conjuntos de normas que, por referirse a sectores individualizados de la vida social y por apoyarse en unos principios comunes, los diferencian de otros grupos de normas.

El derecho está dividido en derecho público y derecho privado; los cuales se subdividen en diferentes ramas:

a) El Derecho Público:

Regula la actividad del Estado y de los entes públicos entre sí, así como sus relaciones cuando actúan de forma oficial con los particulares. Este derecho está dividido en una serie de ramas que responden a aspectos concretos de las relaciones del Estado. La vertiente del Derecho Público que más nos interesa es el Derecho Administrativo, que contiene las normas que rigen las actividades y el funcionamiento del Estado y de los órganos creados para su ejecución.

b) Derecho Privado:

Regula las relaciones entre particulares, o de éstos y del Estado y los organismos públicos cuando actúan de forma privada.

RAMAS DEL DERECHO PÚBLICO

• Derecho Administrativo

• Derecho Político

• Derecho Internacional Público

• Derecho Penal

• Derecho Procesal

• Derecho Fiscal

• Derecho Comunitario

• Derecho Laboral

RAMAS DEL DERECHO PRIVADO

• Derecho Internacional Privado

• Derecho

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