Caracteristicas Del Fuego
miguelmatos23 de Enero de 2013
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ASPECTOS LEGALES DE LOS PRIMEROS AUXILIOS
El Código Civil de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 2, establece:
“la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento”
Este artículo coloca al individuo dentro de un contexto legal que lo ampara y obliga al mismo tiempo, imponiéndole multas y sanciones aún cuando no sean conocidas por éste.
Según el artículo 3 de la Ley del Ejercicio de la Medicina, ejercen legalmente la Medicina los doctores en Ciencias Médicas y los Médicos Cirujanos.
El artículo 114 establece el ejercicio ilegal de la medicina por:
v Quienes habían obtenido el título de médico realicen actos o gestiones profesionales sin haber cumplido los requisitos para ejercer legalmente la profesión.
v Quienes sin poseer el título requerido se anuncien como médicos.
v Los miembros de otra profesión y oficio que prescriban drogas o preparados medicinales y otros medios auxiliares de terapéutica, de carácter médico, quirúrgico o farmacéutico, o que sin haber recibido las instrucciones de un médico, asuman el tratamiento de personas que estén, o deban estar, bajo atención médica.
v Los profesionales universitarios que sin estar legalmente autorizado por las leyes de ejercicio de su profesión, indiquen, interpreten o califiquen exámenes de laboratorio y otras exploraciones de carácter médico o quirúrgico con fines de diagnóstico.
v Quienes inciten a la automedicación cualquiera sea el medio de comunicación que utilicen para tales fines.
Este mismo artículo establece las excepciones para el ejercicio ilegal, en la cual entran las acciones de auxilio en emergencias, entre las cuales cuentan:
v La intervención de las y los farmacéuticos en los casos previstos en la Ley de Ejercicio de la Farmacia.
v Las personas no autorizadas por esta ley que en situaciones de urgencia, realicen ocasión almente actos encaminados a proteger la vida de una persona mientras llega un profesional autorizado.
v La práctica o actuación del personal auxiliar, técnico-sanitario o paramédico dentro de los límites de sus funciones, de conformidad con las instrucciones del médico y con normas específicas de los organismos de salud del Estado.
Alcance Legal de los Primeros Auxilios:
Es el límite que tiene todo persona para aplicar los Primeros Auxilios, de acuerdo a su capacidad y conocimientos sin EXTRALIMITARSE de sus funciones.
Responsabilidad Civil:
Es la responsabilidad que recae sobre la persona al atender a un lesionado, haya o no producido daños que pudieran derivarse directa o indirectamente de las atenciones presentadas.
La base de muchos procesos legales que involucran la aplicación de los Primeros Auxilio, es la negligencia, imprudencia e impericia. Éstas podrán ser investigadas por los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Médicos y podrían acarrear sanciones establecidas por las leyes.
ERRORES E IMPLICACONES LEGALES
Negligencia: incumplimiento de los deberes elementales correspondientes al arte o profesión.
Imprudencia: apresuramiento en afrontar un riesgo sin tomar las precauciones necesarias para evitarlo.
Impericia: falta de conocimientos técnicos en determinado arte o profesión.
2. RECUENTO ANATÖMICO
Cuando alguien se prepara para asistir a una persona herida o enferma, debe conocer la ubicación y funcionamiento de los principales órganos y estructuras del cuerpo humano, sin
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