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Caso Práctico: La Administración De La Sociedad


Enviado por   •  19 de Enero de 2015  •  461 Palabras (2 Páginas)  •  891 Visitas

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Caso práctico: la administración de la sociedad

En un principio, en una Sociedad limitada, podemos hallar varios tipos de administradores. En primer lugar encontramos los administradores únicos, en segundo lugar, pueden haber dos administradores mancomunados, en tercer lugar, dos o más administradores solidarios, y en último lugar, un consejo de administración.

En este caso en concreto, al pasar de un administrador único, el cual es socio, a varios administradores, donde uno de ellos no es socio, se podría decir que la estructura que debería tener el órgano de administración de FARMATON, S.L. es un consejo de administración.

¿Qué papel o cargo podrían ocupar cada uno de los administradores citados en el órgano de administración?

Todos los individuos citados anteriormente, ejercerían el cargo de administradores, con lo que podrían facilitar la toma de decisiones, llevarían a cabo la gestión cuotidiana de la empresa y representarla con terceros.

¿Qué propondrías para que la actuación del órgano de administración fuera ágil?; es decir, ¿qué solución les das para que no tengan que estar presentes los cuatro en la toma de cualquier decisión?

La solución más eficaz para que no tengan que estar presente los cuatro en la toma de cualquier decisión sería la siguiente; formar una administración solidaria. ¿Qué significa esto? Muy sencillo, en una administración solidaria, cada administrador puede actuar de forma independiente. Esta sería la forma de organización de máxima confianza, pero en contrapartida, la más peligrosa.

La modificación del órgano de administración, que se aprueba en la Junta General ¿supone una modificación de estatutos?

Como bien sabemos, el órgano de administración debe plasmarse en los estatutos. De este modo, un cambio de organización en el órgano de administración implica un cambio de los estatutos. Esto puede resultar un poco molesto, ya que será necesario convocar la junta de accionistas, pero además costoso, ya que debe hacerse una escritura notarial. De este modo, es recomendable incluir en los estatutos, otras formas alternativas así como lo pueden ser administrador único, administración solidaria (es nuestro caso), consejo de administración etc…

¿Debe hacerse constar en escritura pública el cambio de administradores? ¿Quién debería firmar la certificación del acta de la Junta sobre el cambio de administrador? Si se firmara una escritura con la modificación ¿quién debería firmarla?

Cualquier tipo de cambio relacionado con los administradores de una empresa deben ser reflejados en el registro de sociedades profesionales. Es decir, cualquier cambio de socios o de administradores deberá constar en escritura pública e inscribirse

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