Conceptos fundamentales de la ciencia procesal.
ciindy17Tarea10 de Noviembre de 2016
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CONCEPTOS FUNDAMENTALES DE LA CIENCIA PROCESAL
En toda disciplina encontramos un conjunto de conceptos que son jerárquicamente superiores a los demás conceptos y los abarcan y determinan por ejemplo: en la rama de las matemáticas encontramos como concepto principal o de mayor jerarquía triangulo y como concepto menor lo que es cateto, lo que es hipotenusa: si bien todo entra de algo general es decir dentro del ejemplo se habla de las matemáticas y de ahí se va conceptualizando cada concepto de acuerdo a la jerarquía que tengan.
En la ciencia del derecho nuestro concepto fundamental es la norma jurídica para de ahí partir con los conceptos jurídicos como lo es el derecho, los sujetos del derecho, obligación, acción entre otros, sin embargo dentro de los criterios establecidos por los juristas cabe mencionar que no hay unanimidad de cuales son realmente los conceptos fundamentales, esto radica en que no se ha determinado un principio ni a permanecido invariable puesto que nuestra sociedad dinámica exige la adecuación del derecho según las necesidades.
Para Briseño Sierra declara que los conceptos básicos son litigio, contravesía, acuerdo, desacuerdo y causa y los enfoca dentro de la acción, jurisdicción y proceso pero también manifiesta que no debería quedar fuera procedimiento e instancia por lo que realmente cada uno de los estudiosos del derecho debemos de forjarnos un criterio y establecer de manera personal cual realmente creemos y consideramos que son los conceptos básicos.
De acuerdo a la doctrina dominante sostiene de manera reiterada que el concepto de acción, jurisdicción y proceso son los conceptos fundamentales.
En cuanto a la ciencia del derecho procesal cada rama es autónoma puesto que el derecho civil no tiene injerencia en el derecho penal en materia procedimental se establece de manera clara los pasos a seguir dentro del proceso, es decir no puedes contestar una demanda si aun no te han contestado, no se puede presentar alegatos sin antes haber presentado las pruebas aunque cabe aclarar que en algunos espacios donde hay omisión o mejor dicho lagunas legales entra la posibilidad de aplicar de manera supletoria de alguna ley en curso, esto aplica realmente mas en materia mercantil en el cual entra de manera supletoria la normatividad civil.
Las fuentes del derecho procesal como ya se ha dicho con antelación la palabra fuente se toma en sentido figurado como al metafórico, ya que manifiesta o se entiende como el origen o forma del nacimiento de algo es decir de donde emana.
Por lo que se refiere a la fuentes formal del derecho se enfoca a la forma de crear jurídicamente las normas mientras que la fuente material indaga el contenido de la norma es decir lo que esta dispone, ordena o prohíbe, se pueden considerar como dentro de las formales la legislación, la costumbre, la jurisprudencia, el reglamento y la circular.
En la legislación el proceso varía de acuerdo al lugar dentro del sistema mexicano el proceso comienza con la iniciativa, la discusión, la aprobación, la sanción, la promulgación y publicación de la misma.
La costumbre es el uso reiterado de actividades que sirven como idiosincrasia de cada pueblo en el cual están establecidas siempre y cuando estas sean licitas y la jurisprudencia es la reiteración de los criterios judiciales en la cual una forma de crear jurisprudencia son cinco resoluciones a favor ininterrumpidas por otro en contrario y se debe entender como precedente judicial y es derivado de la propia ley.
En conclusión la fuente principal de las normas procesales es la ley, ya que la ley va a definir qué es lo que se puede llevar a cabo y que es lo que está totalmente prohibido, pero ¿cuáles son las principales leyes que comprenden nuestro régimen jurídico? De acuerdo a la pirámide de Kensel establece el orden jerargico de las leyes.
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