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Contabilidad


Enviado por   •  10 de Julio de 2013  •  395 Palabras (2 Páginas)  •  244 Visitas

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El SARC es un documento, en el cual los bancos registran la normatividad para el otorgamiento del crédito y su administración. La Superintendencia Financiera ha estado muy pendiente de sus contenidos y le exigió a los bancos su elaboración y remisión a esta entidad para su aprobación. Una vez aprobado por la Superintendencia, su cumplimiento es obligatorio por todos y cada uno de los funcionarios de la entidad en especial los directivos y encargados de la venta, aprobación y administración de los créditos.

En Colombia se habla del Sistema de Administración de Riesgo

Crediticio (SARC), regulado por la Circular Básica Contable y

Financiera, Circular Externa 100 de 1995 en su capítulo II. Por medio de

esta circular externa, se le impone a las entidades bancarias la

obligación de ejercer un control interno permanente sobre sus

actividades, más específicamente, sobre el riesgo implícito en sus

activos crediticios, mediante el diseño y adopción de un SARC91. Dichas

evaluaciones deben realizarse a lo largo de la vida del crédito, desde el

momento en que se vaya a otorgar hasta que cese la obligación

contraída por el deudor o contraparte.

La circular establece los principios, criterios generales y parámetros

mínimos que deben seguir las entidades vigiladas al momento de

diseñar, desarrollar y aplicar el SARC. Al analizar la circular

evidenciamos una gran similitud entre esta y los documentos de

Basilea. Por lo tanto, notamos como el gobierno colombiano termina

aceptando, reconociendo y estableciendo las recomendaciones

emanadas del Comité de Basilea.92

El riesgo crediticio (RC) es definido por la circular como “la posibilidad

de que una entidad incurra en pérdidas y se disminuya el valor de sus activos,

como consecuencia de que un deudor o contraparte incumpla sus obligaciones.”

Igualmente, el Decreto 1720 del 2001, que regula la relación mínima de

solvencia de los establecimientos de crédito, entiende por RC “la

posibilidad de que un establecimiento de crédito incurra en pérdidas y se

disminuya el valor de su patrimonio

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