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Criminologia


Enviado por   •  17 de Octubre de 2014  •  2.571 Palabras (11 Páginas)  •  288 Visitas

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Introducción

Si bien hoy sabemos que la criminología es un campo de saber polivalente y complejo no debemos perder de vista que esto no fue siempre así. En sus inicios, la criminología fue el campo de estudio de todas aquellas cuestiones relativas al delincuente y al delito, con su correlato, la pena.

Parece ser que las cuestiones relativas al análisis del por qué el hombre delinque y que debe entenderse por delito, fueron dos grandes temas, o mejor dicho, problemas que sirvieron de objeto de estudio a este saber criminológico.

En el presente trabajo se pretende hacer un análisis de la imagen del delincuente desde una de las corrientes criminológicas tradicionales, la cual es La Escuela clásica.

En el presente informe hablaremos acerca de la historia de la Escuela clásica, su origen, a la vez abarcaremos lo que es el pensamiento filosófico, sus principales precursores y sus postulados. Por último, pero no menos importante, se finalizará con las conclusiones de los alumnos acerca del presente tema.

Escuela Clásica

Hacia fines del siglo XVIII, previo a la Revolución francesa, comienza a desarrollarse en el mundo

Europeo un proceso que se dio a conocer con el nombre de ilustración. Este término fue creado por sus propios escritores, convencidos de que emergían de siglos de oscuridad e ignorancia a una nueva edad iluminada por la razón, la ciencia y el respeto a la humanidad. La época de la ilustración se caracterizó, principalmente, por considerar el conocimiento como producto de la razón humana y no tanto como producto de la divinidad. La razón y su potencia eran las fuentes productoras de la verdad.

El movimiento del iluminismo y su filosofía sirvió de origen a la escuela clásica cuyo postulado fundamental era que los derechos del hombre tenían que ser protegidos contra la corrupción y los excesos de las instituciones existentes.

La escuela clásica se caracteriza sobre todo por continuar la lucha de los iluministas franceses (Rousseau, Montesquieeu, Voltaire) y de los precursores y fundadores de la ciencia del derecho penal ( Beccaria, Romagnosi, Bentham, Feuerbach) por limitar la arbitrariedad del derecho penal del antiguo régimen y por garantizar los derechos del individuo frente al poder punitivo del estado.

Los positivistas del siglo XIX, bautizaron con el nombre de Escuela Clásica, a todo lo anterior a ellos: a las doctrinas que no se adaptaban a las nuevas ideas, a los recientes sistemas. Bajo la etiqueta de clásicos se suele agrupar a autores y tendencias divergentes en muchos puntos de vista, en algunos casos, inclusive, contradictorias, pero que presentan una serie de concepciones unitarias acerca de postulados fundamentales, que fue lo que permitió a los positivistas reunirlas con propósitos didácticos.

El mundo clásico partió de una imagen excelsa, ideal, del ser humano como centro del universo, como dueño y señor absoluto de sí mismo, de sus actos. El dogma de la libertad que hace iguales a todos los hombres (sin diferencias entre el hombre delincuente y no delincuente) y fundamenta la responsabilidad: el absurdo comportamiento delictivo solo puede comprenderse como consecuencia del mal uso de la libertad en una situación concreta, no a pulsiones internas ni a influencias externas. Para los clásicos, el delincuente es una suerte de pecador que optó por el mal, pudiendo y debiendo haber respetado la ley.

Existe algo muy importante en la escuela clásica que se recoge de sus autores: la defensa de las garantías individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de poder. Se reconocen como representantes destacados de la escuela clásica del derecho penal, además de Cesare Beccaria, entre otros a Giovanni Carmignani, Pellegrino Rossi y Francisco Carrara.

Así dice Bettiol que los clásicos tienen en común ¨la exigencia de garantizar al individuo sus derechos a la libertad, contra toda intervención arbitraria del estado ¨ y más exactamente Fausto Costa: ¨ Ramagnosi en Italia y Feuerbach en Alemania, no hicieron más que perfeccionar que antes habían conquistado a adhesión universal.

Pensamiento Filosófico

La escuela liberal clásica sostiene que el delito es producto de la libre voluntad del individuo, dejando de lado otras teorías genéticas o de predeterminación social o patológica. En este punto debemos entender que esta escuela no considera al delincuente como un individuo desviado o diferente, sino como una persona perfectamente normal que ha decidido delinquir.

Carrara sostiene que el delito no es un ente de hecho, sino jurídico, pues se origina o se centra en la violación de un derecho, con lo que establece las bases para una construcción jurídica coherente del sistema penal. Para él, el derecho penal tiene una parte teórica y una parte práctica; en la parte teórica, el fundamento lógico está determinado por la verdad, y en el caso de la parte práctica, dicho fundamento está determinado por la autoridad de la ley positiva.

Es importante repasar ciertos conceptos fundamentales que permiten entender mejor esta corriente y al hecho delictivo mismo:

El derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado mediante la pena, que constituye el medio a través del cual, el Estado reacciona ante el delito, y le permite ejercer su derecho de castigar. La pena es, entonces, la herramienta con que cuenta el Estado para poder defender a la sociedad del crimen. La esencia y medida del delito se determinan de conformidad con el daño que se ha ocasionado a la sociedad. El fin que persigue la pena es la defensa social y representa un contra-estímulo del impulso criminoso y actúa de modo curativo y reeducativo, y no como método represivo.

Principales Precursores

• Cesare Beccaria (1738-1774)

Para algunos autores, la criminología clásica, fundada por Cesare Beccaria (1738-1774), en el espíritu del Iluminismo europeo, quien en 1764 publica De los delitos y de las penas (Trattato dei delitti e delle pene), el autor contaba con 26 años de edad: en dicha obra, compendia las leyes existentes, proponía escribir las leyes para que pudieran ser comprendidas por todos los individuos y no solo por máximos juristas, tratando de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y evitar una interpretación desviada por conceptos morales de los juristas o los jueces y, por último, el de limitar el ámbito de las leyes penales

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