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Enviado por   •  2 de Marzo de 2015  •  378 Palabras (2 Páginas)  •  243 Visitas

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DECRETO 1295/1994

LEY 1562/2012

Sistema general de riesgos profesionales Sistema general de riesgos laborales

No existía norma legal directa que definiera el accidente de trabajo.

Se define el accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga a causa u ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional o psiquiátrica, invalides o la muerte.

Se denominaban las operadoras del sistema de riesgos profesionales ARP Se denomina las operadoras del sistema de riesgos laborales ARL

No se reconocía AT en ejercicio de una función sindical. Se incluyó la protección de riesgos laborales en los eventos que sucedan a los trabajadores que se encuentren en permiso sindical, aun fuera de la funcionalidad propia de su ejercicio contractual.

No existía norma legal que definiera la enfermedad laboral, art 11 declarado inexequible. Se define la enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgos inherentes a la actividad laboral o el medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar

La afiliación al SGRP solo era obligatoria de los trabajadores dependientes.

No se afiliaban obligatoriamente los trabajadores independientes. Son afiliados obligatorios los contratistas q tengan un vínculo, civil, comercial superior a un mes.

Son afiliados obligatorios los trabajadores independientes que desempeñen labores de alto riesgo.

Sus funciones se orientaban a realizar estudios y promover actividades de promoción y prevención Desarrollar programas de formación y sensibilización en el sector educativo.

Reconocimiento de incentivos económicos a informales en procesos de formalización laboral.

Actividades de promoción y prevención en el contexto de estrategia de atención primaria en salud ocupacional.

No existía regulación legal detallada

No tenían personería jurídica ni estaba adscrito al ministerio de trabajo. Las juntas regionales y nacionales de calificación se definen como: organismos de seguridad social de carácter privado y técnico con personería jurídica adscrita al ministerio de trabajo, sujetos al control disciplinario y fiscal, organizados en forma regional.

No existían inspectores especializados en asuntos de riesgos laborales Se aprobó la conformación de una comisión permanente y especial de inspectores del trabajo dedicado al seguimiento de los temas del sistema de riesgos laborales

Las mesadas pensionales prescribían a los 3 años y las demás prestaciones

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