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Cuestionario


Enviado por   •  23 de Julio de 2013  •  1.375 Palabras (6 Páginas)  •  493 Visitas

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Sujeto de derecho: es toda persona que posee la capacidad de ser titular de deberes y derechos. Se debe entender este concepto relación a la capacidad jurídica que viene siendo la medida de actitud que tiene un sujeto para ser titular de obligaciones y derechos. Igualmente debe entenderse que el sujeto es titular con respecto a los objetos de derecho.

Persona: es todo ente capaz de ser, según gondorrona es todo este susceptible de tener derecho y obligaciones

Tipos de persona:

Persona natural: llamadas también personas individuales o físicas, simples o concretas, que son los individuos de la especie humana.

Persona jurídicas: se entiende por persona jurídica, por persona moral a los entes que para la realización de determinado fines colectivos la norma jurídica le reconoce la capacidad de ser titular de deberes y derecho.

Persona jurídica: son todos aquellos que en sentido estricto, colectivo, morales, complejo, o abstracto son capaces de ser titulares de derechos y deberes.

Son sujetos de personas físicas o bien sea por un conjunto de bienes a lo que confieren unidad del hecho de esta organizado para un fin de tal modo que el ordenamiento jurídico lo considera titulares de facultades y obligaciones jurídica. Ejemplo: La asociación: es un grupo de personas o bienes que se reúnen para un bien colectivo.

Tipos de teorías:

*Teoría de la persona colectiva o jurídica:

• Teoría de la ficción (Savigny): esta teoría sostiene que el hombre es la persona por cuanto es el único que puede ser titular de derecho y deberes. La persona jurídica era como pura ficción debido a que el legislador le otorga la capacidad jurídica, no porque esa persona la tenga sino porque necesita de esos grupos unitarios para ejercer los deberes y derechos que exigen los interés comunes

• Teoría de los derechos sin sujeto (Wincheid Brinz):los derechos de las personas complejas, en realidad no tienen sujeto, es decir, no tienen propiedad, debido a que la persona compleja es un espantajos, en verdad lo que existe es un patrimonio que no pertenece a alguien sino a algo.

• Teoría del “sujeto colectividad” o “Del instrumento” (Ihering): los sujetos de las personas colectivas son los destinarios, debido a que las personas complejas o colectivas no es otra cosa que un instrumento destinado a remediar la falta de determinación de los sujetos. Los verdaderos sujetos de derecho en las personas complejas o colectivas, son los individuos que pertenecen a ella, pero no como tales individuos, sino “como miembros del todo social”.

• Teoría de la “Propiedad colectiva” (berthelemy): esta teoría sostiene 3 ideas:

• Sostiene que la persona jurídica no son clases de personas, sino de bienes.

• Las personas colectivas no son otra cosa que una forma de propiedad colectiva.

• Se le critica que no toma en cuenta la finalidad para la cual se crea la persona colectiva.

Teorías positivas:

• Teoría de la voluntad

• Teoría orgánica

• Teoría del interés

• Teoría de la realidad jurídico-social

• Teoría de la realidad jurídico-normativo

Todas estas teorías sostienen y afirman que la realidad de las personas jurídicas complejas, so son un conjunto de individuo o una ficción jurídica sino que tiene realidad y existencia propia.

Deber jurídico: es la necesidad de observar una determinada conducta, acto u omisión bajo una amenaza de “Sanción Colectiva”(Es una sanción tipificada) impuesta por la norma jurídica en orden de obtener un bien jurídico.

Elementos del deber jurídico:

• un sujeto dotado de voluntad y que sea capaz

• la necesidad de observar una determinada conducta o “sujeción”

• la norma jurídica que establece y tutela el deber exigido su cumplimiento bajo una sanción coactiva

• un valor o un bien que se protege, ya sea particular o general

Objeto de derecho: es el estudio de todo ordenamiento jurídico que se encuentra regulado una base en toda sociedad.

Relación jurídica: es el vínculo jurídico que se da entre un sujeto y un objeto.

Cosa: es todo aquello que existe en el universo excepto el hombre

Cuál es el objeto de una relación jurídica: es una identidad material donde recae el interés implicado en la relación

Bien: es toda identidad susceptible de proporción y que le proporciona utilidad al hombre

Característica de la cosa:

• sujeción jurídica al titular

• no requiere de la actualidad

• capacidad de satisfacer una necesidad económica

Clasificación de la cosa:

*Según su cualidad física:

• corporales: son aquellos que pueden ser percibidas

• incorporales: son aquellas que solo pueden ser percibidas a través del intelecto

• específicas: son aquellas que poseen una característica única. Ejemplo: maletín

• genéricas: son aquellas que poseen una característica variable

• fungibles: son aquellas cosas que se pueden intercambiar y pueden tener el mismo valor en el mercado

• infugibles: son aquellas que no pueden ser sustituidas ni intercambiables

• consumibles: son aquellas que se destruyen

• inconsumibles: son aquellas que no se destruyen con el

• divisibles:

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