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DERECHO PROCESAL PROCURACION JUDICIAL


Enviado por   •  10 de Julio de 2022  •  Apuntes  •  374 Palabras (2 Páginas)  •  99 Visitas

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DERECHO PROCESAL

PROCURACION JUDICIAL

¿Qué pasa si las partes procesales no van a la audiencia?

Parte actora: Se archiva la causa y se termina el proceso. Como si nunca hubiese existido el proceso.

Parte demandante: Pierde los derechos que se le confieren dependiendo de la fase de la audiencia en la que se encuentren. El juicio continua sin la presencia del demandado quien pierde la oportunidad de efectuar sus derechos (perdida de la palabra, defensa, presentación de pruebas)

La procuración judicial es importante porque la falta de las partes procesales representa un problema.

Podemos otorgar procuración judicial a un abogado/a de nuestra elección, es decir, el abogado será quien comparezca en vez de la parte procesal.

Se da cuando una de las partes procesales no puede comparecer o no desea presentarse personalmente.

Quienes pueden otorgar procuración judicial-> Aquellos que pueden comparecer al proceso por sí mismos-> SE DENOMINAN MANDANTES.

Se puede otorgar procuración judicial a favor de uno o mas defensores quienes en virtud de la procuración otorgada se denominan MANDATARIOS y tienen poder para comparecer al proceso por el ACTOR O DEMANDADO

 FACULTADES:
Comparecer a cualquier diligencia o instancia del proceso.

Requiere cláusula especial para sustituir la procuración a nombre de otro profesional, allanarse a la demanda, transigir, desistir de la acción o del recurso, aprobar convenios, recibir o tomar posesión de la cosa sobre la que trate el litigio

FORMAS DE OTORGAR PROCURACIÓN JUDICIAL

El procurador general del Estado otorgará procuración judicial a los abogados de las instituciones públicas con personería jurídica mediante OFICIO en caso de que las instituciones públicas no tengan personería jurídica lo hará mediante DELEGACIÓN

Mediante escrito reconocido ante el juzgador del proceso

De manera verbal en la audiencia

Por poder otorgado en el Ecuador o en el extranjero con la intervención del notario.

Procuraciones conferidas en el extranjero deberán estar apostillados o legalizadas ante autoridades diplomáticas o consulares ecuatorianas.

El procurador está obligado a cumplir con el mandato, salvo que renuncie y o sustituido.

Es posible renunciar a la defensa por objeción de conciencia o incumplimiento contractual.

De esta renuncia se informará al juzgador con la constancia de que ha sido informado al mandante, tendrá 15 días para nombrar nuevo procurador.

Si fallece el poderdante después de presentada la demanda, el procurador representará a la sucesión en el proceso hasta que se nombre curador o aparezcan los herederos.

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