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DERECHO PROCESAL CIVIL 1. “ PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIAL”


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2017  •  Ensayos  •  1.055 Palabras (5 Páginas)  •  339 Visitas

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DERECHO PROCESAL CIVIL 1.

“ PRUEBA DE INSPECCIÓN JUDICIAL”.

IRAPUATO GTO.                                                                                                    JULIO 2016

Contenido

INTRODUCCIÓN        1

DESARROLLO.        2

Concepto de La inspección ocular:        2

Concepto de Inspección judicial:        2

Concepto de Inspección:        2

La Importancia de Prueba de Inspección Judicial:        3

Conclusión.        4

Bibliografía:        5

Introducción

Hablemos de inspección como la acción de inspeccionar. A su vez inspeccionar es examinar como inspector. Por su parte, el inspector es la persona cuyo oficio consiste en vigilar o examinar algo. En cuanto a examinar entendemos la actividad en cuya virtud se realiza una investigación, indagación o análisis de una persona o cosa.

Cuando a la inspección se le califica con la expresión judicial se hace referencia a la persona que interviene como sujeto activo en la actividad examinadora. No se alude al objeto del examen.

Por lo tanto, al utilizarse los vocablos "inspección judicial", desde el ángulo de su significación gramatical, con claridad se establece la referencia a una actividad de examen de personas o cosas por un órgano del Estado que tiene a su cargo el desempeño de la función jurisdiccional. Por supuesto que este órgano del estado deberá actuar a través del funcionario o funcionarios, legalmente capacitados para el desarrollo de la diligencia de inspección judicial.

DESARROLLO.

Las denominaciones de la prueba pueden ser: inspección judicial y reconocimiento inspección ocular.

Concepto de La inspección ocular:

Son las observaciones de cosas, personas y todos los indicios a comprobar al algún hecho.

Concepto de Inspección judicial:

Es el medio probatorio en virtud del cual el juzgador, unitario o colegiado, por sí mismo, procede al examen sensorial de algunas persona, algún bien mueble o bien inmueble, algún semoviente o algún documento, para dejar constancias de las características advertidas con el auxilio de testigos o peritos.

A demás para poder ofrecerla el solicitante de la inspección judicial se determinarán los puntos sobre que deba de versar, y de los puntos controvertidos. 

Concepto de Inspección:

La denominación inspección ocular, tiene la clara desventaja de reducir el alcance de la prueba de inspección judicial a lo que pueda percibirse por el sentido de la vista pero, en la prueba de inspección judicial debe estar abierta la posibilidad al empleo de algunos de los otros sentidos para el juzgador intervenga sensorialmente en una prueba de mayor amplitud que lo pudiera ser la simple inspección ocular.

La Importancia de Prueba de Inspección Judicial:

La trascendencia de la prueba de inspección judicial se puede aquilatar por las siguientes reflexiones:

  1. El juez obtiene un reconocimiento directo de la realidad acerca de las personas, cosas o documentos inspeccionados, sin estar sujeto a las declaraciones de los demás. Este conocimiento es más amplio cuando no se requiere la intervención de testigos de identidad, ni la injerencia de peritos. Cuando se requiere la intervención de peritos o testigos, la percepción del juez está influida por tales peritos o testigos y no es tan contundente la actuación perceptora del juzgador.

  1. La verdad formal que puede obtener del resultado de percepciones de otras personas, llevadas al juez, se puede desvirtuar mediante el análisis directo que hace el órgano jurisdiccional, y de esa manera pudiera prevalecer una verdad material.
  1. El juzgador tiene una certidumbre total de la realidad acerca de los puntos que constituyeron el tema central de la inspección en aquellos casos en que no depende parcialmente de los testigos de identidad y de los peritos.
  1. El juzgador se convierte en participante de la prueba misma pues, la que el percibe se asienta en el acta y será tomado en cuenta en el momento en que deberá pronunciarse sentencia.    

Conclusión.

Con respecto a la Inspección Judicial, ésta suele considerarse por su objeto y características, la madre de todas las pruebas.

Ya que para el acreditamiento de determinados hechos, las partes pueden llegar a requerir el cercioramiento personal del juez al respecto de las circunstancias que presentan las personas, como cosas, lugares o documentos, por lo cual pueden solicitarle la práctica de la diligencia en la que acude directamente a observar dichas circunstancias específicas.

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