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DERECHOS REALES CARÁCTERISTICAS


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2019  •  Apuntes  •  433 Palabras (2 Páginas)  •  63 Visitas

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DERECHOS REALES

USUFRUCTO

USO

HABITACIÓN

CARÁCTERISTICAS

  • Es de carácter particular pues las obligaciones solo le  pertenecen al usufructuario las cuales son de devolver la cosa y conservarla cuando esta es no fungible.

  • En el usufructo no se tiene la propiedad de la cosa.

  • Como derecho real el usufructo se tiene respecto a la cosa.
  • El usufructuario la obligación de conservar, constituir y restituir la cosa , si no cumple se adjudicara a los dueños de la cosas
  • El usufructo se constituye sobre bienes muebles y bienes inmuebles.
  • En bienes inmuebles el usufructuario tiene derecho de recibir los frutos que la cosa produzca.
  • Cuando se trate de bienes muebles el usufructuario deberá devolver en el estado en que se halle y solo responderá por los deterioros por su dolo o culpa.

Por ultimo aunque las obligaciones solo le asisten al usufructuario le es  prohibido al propietario ejecutar actos que perjudiquen al usufructuario en su derecho.

  • El derecho de uso es un derecho real en cosa ajena dado de forma personal al usuario para obtener  los servicios o frutos que pueda aprovechar.
  • Es uso se constituye voluntariamente o por prescripción y el contenido de uso y frutos viene determinado por lo que pueda consumir el usuario.
  • Su objeto afecta a bienes mueble e inmuebles.
  • El uso de una vivienda puedes ser para habitarla o para otra finalidad.
  • El derecho de habitación es un derecho real en cosa ajena con finalidad exclusiva de alojamiento  y tiene  las mismas obligaciones y limitaciones que el usuario, o derecho de uso pero sin percepción de frutos, aplicado a la vivienda.
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  • Requiere un acto expreso y medio solemne.
  • La habitación solo ocupa las piezas necesarias a diferencia del uso.
  • El objeto es la casa que se destina para el alojamiento.
  • Tiene como características la temporalidad, la gratuitidad  e intrasmisibilidad.
  • Se pueden inscribir en el registro público al igual que el derecho de uso sin ser esto obligatorio.

 

DIFERENCIAS

  • Usufructo  el usufructuario puede gozar de la cosas con la obligación de conservarla y restituirla si la cosa es fungible si no es fungible devolverla de la misma calidad y cantidad
  • En el derecho de habitación es la faculta que tienes una persona de habitar en ella
  • Los derechos de uso no se pueden ceder ni arrendar.
  • Pueden tomar los frutos para su necesidad.
  • El derecho de uso es temporal
  • El derecho de habitación se limita en vivir en el bien.
  • En el usufructo puede ser bien mueble e inmueble.
  • En el usufructo de un bien inmueble el usufructuario puede ceder o arrendar su derecho de usufructo

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