DIFERENCIAS ENTRE ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURÍDICO
214192442 de Noviembre de 2014
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DIFERENCIAS ENTRE ACTO JURIDICO Y NEGOCIO JURÍDICO
El artículo 140 del Código Civil, primer párrafo, establece que "el acto jurídico es la manifestación de voluntad destinada a crear, regular,modificar o extinguir relaciones jurídicas".Según acreditada doctrina nacional (LOHMANN LUCA DE TENA), el acto jurídico se diferencia del negocio jurídico en los siguientes aspectos:
- El presupuesto de los negocios jurídicos es la declaración omanifestación de voluntad. No ocurre lo mismo en todos los actos jurídicos ni en los actos ilícitos por negligencia.
- La finalidad de las partes en el negocio es la de crear un vínculo; en losactos no negocios, el vínculo aparece por imperio de la ley, sin tener suorigen en una manifestación volitiva.
- La intención es indispensable en el negocio jurídico, nonecesariamente en el acto jurídico.
Para aquellos que siguen la doctrina tradicional, el problema de ladistinción entre acto y negocio jurídico se reduce al de una "sinonimia conceptual" (VIDAL RAMIREZ), optando por el nomen iuris de acto jurídico "por razones de tradición jurídica" (ZUSMAN TINMAN, DE LAPUENTE Y LAVALLE). Desde mi particular punto de vista, se observanlas siguientes distinciones:
- Tanto el acto como el negocio jurídico son especies del género hecho jurídico; pero el negocio jurídico es una sub-especie del acto jurídico.
- El acto jurídico se materializa a través de la manifestación de lavoluntad [entendida como "la exteriorización de un hecho psíquicointerno, que consciente y voluntariamente trasciende del individuo ysurte efectos ante terceros con valor expositivo, aunque estuviera lejosdel ánimo del agente el querer producir tales efectos" (LOHMANN LUCADE TENA)]; el negocio, a través de la declaración de la voluntadentendida como "aquel acto responsable que exteriorizando la'coordinación jerárquico de nuestros deseos', tiene como propósitoproducir efectos jurídicos mediante la comunicación de la voluntadcontenida en la expresión" (LOHMANN LUCA DE TENA)]. Nótese que larelación entre manifestación y declaración de voluntad es de género aespecie. Sin embargo, en ambos supuestos, las consecuencias jurídicasya se encuentran predeterminadas por el ordenamiento jurídico.
- Dentro de esta concepción es también acto jurídico el hecho humanovoluntario ilícito. La licitud (o ilicitud) de un hecho humano voluntario nopuede desvirtuar su naturaleza de acto. Para un sector de la doctrina, elnegocio jurídico solo puede ser lícito, por cuanto el ordenamiento jurídico faculta a las partes para autorregularse en virtud del principiode la autonomía privada, teniendo ésta como Umite su ''fin lícito"(STOLFI). Sin embargo, para otro sector de la doctrina (MESSINEO), enopinión que comparto, también podría configurarse un negocio jurídicoilícito. Lo que se legisla en el artículo 140 del Código Civil (teniendo comoantecedentesel artículo 1075 del Código de 1936 y el artículo 1235de(Código de1852) noese acto jurídico sino el negocio jurídica. Porquealude a la intención de las partes para determinar sus efectos y a susrequisitos:
• Agente capaz.
• Fin lícito
• Objeto física y jurídicamente posible.
• Observancia de la forma prescrita por ley, bajo sanción de nulidad.
Estos son los elementos propios de los negocios jurídicos. En mi opinión,el acto jurídico es aquel hecho humano realizado voluntariamente, lícitoo ilícito, del cual surgen efectos jurídicos. Ejemplos de actos jurídicostourcourt: el reconocimiento de deuda (artículo 1996.1 C.C.),notificación de la cesión (artículo 1215 C.C.), etc. hallazgo (artículo 935C.C.), entre otros.Se sostiene que el identificar el concepto del acto jurídico con el demanifestación de voluntad, "es inexacto y ha contribuido a
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