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Demanda Civil

andresslunasol3 de Diciembre de 2014

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EDGAR LOPEZ PERALTA

VS

MONICA JIMENEZ FERNANDEZ

JUICIO: ORAL MERCANTIL

PRESCRIPCIÓN POSITIVA

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA.

C. JUEZ DE PROCESOS ORALES EN MATERIA CIVIL EN TURNO, DEL DISTRITO FEDERAL.

EDGAR LOPEZ PERALTA, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, documentos y valores, el ubicado en Calle 5 de Febrero, número 409, interior 3, Colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc , C.P. 06800, en México Distrito Federal, y autorizando para los mismos efectos a los señores Licenciados en Derecho MIGUEL ANGEL CASTILLO REYNOSO con número de cédula 052014, expedida por la Dirección general de Profesiones, Iván , y autorizó también para oír y recibir notificaciones, documentos y valores a los CC. JUAN CARLOS PALOMARES E IVAN MAYAGOITA indistintamente ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1,151, 1,152, 1,153 y demás relativos y aplicables del Código Civil y 969,970, 971 del Código de Procedimientos Civiles, ambos para el Distrito Federal, en la VÍA ORAL CIVIL, VENGO A PROMOVER JUICIO DE PRESCRIPCIÓN POSITIVA, respecto del BIEN INMUEBLE CON FOLIO REAL ELECTRONICO NUMERO 2 , CONSISTENTE EN EL CONDOMINIO UBICADO EN LA CALLE 5 DE FEBRERO, NUMERO EXTERIOR 409, NUMERO INTERIOR 3, COLONIA OBRERA, DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, CON UNA SUPERFICIE DE 80 M(2) (OCHENTA METROS CUADRADOS) y CUARTO DE SERVICIOS 7.59M (2), cuyo propietario y a quien ahora vengo a demandar es a la señorita Mónica Jiménez Fernández , persona quien tienen su domicilio para ser emplazado a juicio en Avenida. Eje Central, Número exterior 4, Colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06800, el cumplimiento y pago de las siguientes:

PRESTACIONES

I.- Se declare judicialmente en sentencia firme a favor del suscrito Edgar López Peralta, que he adquirido a través de PRESCRIPCIÓN POSITIVA la propiedad del inmueble y cuarto de servicio que se localizan en: 5 DE FEBRERO 409, INTERIOR 3, COLONIA OBRERA , DEL CUAUHTEMOC , CP 06800 con las siguientes:

MEDIDAS Y COLINDANCIAS:

Departamento: Superficie de 80 M(2)(OCHENTA METROS CUADRADOS)

NORTE: Un metro, terraza, seis metros, setenta centímetros, departamento ciento uno, un metro sesenta centímetros, pasillo escaleras y dos metros, cinco centímetros, cubo de luz;

SUR: Un metro, terraza y nueve metros, ochenta y cinco centímetros terraza;

ORIENTE: Nueve metros, terraza mismo departamento;

PONIENTE: Tres metros, cincuenta centímetros, locales “A” y “D” (a medio nivel), cuatro metros, quince centímetros cubo de luz y un metro, treinta y cinco centímetros, pasillo escaleras; Arriba, departamento doscientos dos; y Abajo, estacionamiento.

Cuarto de servicio 102: Superficie de 7.59 (SIETE METROS CINCUENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS).

NORTE: Tres metros, treinta centímetros, andador;

SUR: Tres metros, treinta centímetros, pasillo servicios;

ORIENTE: Dos metros, treinta centímetros cuarto doscientos uno;

PONIENTE: Dos metros treinta centímetros, cuarto ciento uno; arriba azotea y abajo departamento cuatrocientos uno.

II.- Como consecuencia de la prestación anterior, en el momento procesal oportuno se ordene girar atento oficio con los insertos necesarios al REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD con la sentencia ejecutoriada que se dicte del presente juicio de prescripción, para su debida inscripción en el FOLIO REAL NUMERO 00078454 y sirva de titulo de propiedad al suscrito y surta efectos ante terceros.

III.- El pago de Gastos y Costas que se originen en el presente juicio.

Fundándome al efecto en la siguiente relación de hechos y consideraciones de derecho:

HECHOS

1.- Con fecha veintisiete de septiembre de dos mil siete, el suscrito Edgar López Peralta, tome posesión del inmueble ubicado en 5 de Febrero 409, interior 3, Colonia Obrera, Delegación Cuauhtémoc CP 06800,, así como del CUARTO DE SERVICIO que le corresponde, en virtud de que celebré con la ahora demandada Mónica Jiménez Fernández en su carácter de propietaria de dicho inmueble, un contrato privado de compraventa, tal y como lo demuestro con el original de dicho contrato, firmado al margen y al calce por los que intervenimos en el mismo, y que acompaño al presente escrito de demanda como anexo 1, para que surta sus efectos legales conducentes y que describo en el capitulo de pruebas de la presente demanda y que propiamente sirve como justo título, a efecto de integrar los elementos necesarios para prescribir en mi favor el bien inmueble ya descrito.

2.- A partir del veintisiete de septiembre de dos mil siete, he tenido la posesión material del inmueble ya descrito y desde entonces y hasta la presente fecha me encuentro en posesión EN CONCEPTO DE PROPIETARIO, DE MANERA PACIFICA, CONTINUA Y PÚBLICA, realizando actos de dominio sobre el inmueble, siempre comportándome con el ánimo de dueño, sin que persona alguna me haya quitado o interrumpido la posesión que ostento, realizando en todo momento pagos y contribuciones como dueño del inmueble en cometo, teniendo más de cinco años manteniendo la posesión del inmueble y cuarto de servicio ya descritos, asimismo exhibo como anexos 2 al 18, los recibos de pago correspondientes al impuesto predial, cuyos montos han sido debidamente pagados por el suscrito en mi carácter de dueño y poseedor de dicho inmueble.

3.- A fin de identificar plenamente el inmueble materia del presente juicio, señalo que la ubicación, medidas y colindancias son las siguientes:

CONDOMINIO UBICADO EN LA CALLE 5 DE FEBRERO CON 80M(2) (_OCHENTA METROS CUADRADOS) y CUARTO DE SERVICIO , CON UNA SUPERFICIE DE 7.59 M(2) (SIETE PUNTO CINCUENTA Y NUEVE DECIMIETROS CUADRADOS) con las siguiente

“MEDIDAS Y COLINDANCIAS”

Departamento: Superficie de 75.65 (SETENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS)

NORTE: Un metro, terraza, seis metros, setenta centímetros, departamento ciento uno, un metro sesenta centímetros, pasillo escaleras y dos metros, cinco centímetros, cubo de luz;

SUR: Un metro, terraza y nueve metros, ochenta y cinco centímetros terraza;

ORIENTE: Nueve metros, terraza mismo departamento;

PONIENTE: Tres metros, cincuenta centímetros, locales “A” y “D” (a medio nivel), cuatro metros, quince centímetros cubo de luz y un metro, treinta y cinco centímetros, pasillo escaleras; Arriba, departamento doscientos dos; y Abajo, estacionamiento.

Cuarto de servicio 102: Superficie de 7.59 (SIETE METROS CINCUENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS).

NORTE: Tres metros, treinta centímetros, andador;

SUR: Tres metros, treinta centímetros, pasillo servicios;

ORIENTE: Dos metros, treinta centímetros cuarto doscientos uno;

PONIENTE: Dos metros treinta centímetros, cuarto ciento uno; arriba azotea y abajo departamento cuatrocientos uno.

4.- Como ya lo señalé en los puntos anteriores de esta demanda, durante todo el tiempo que he tenido la posesión del predio que adquirí por medio de un contrato privado de compraventa, celebrado con la ahora demandada, HE EFECTUADO ACTOS DE DOMINIO SOBRE EL MISMO, HE TENIDO LA POSESIÓN ININTERRUMPIDA, EN CONCEPTO DE PROPIETARIO, DE MANERA PACIFICA, CONTINUA Y PÚBLICA, como quedara debidamente demostrado en el momento procesal oportuno con las pruebas que se ofrecerán en el momento oportuno.

5.- Como se desprende de lo anterior, al haber tenido en posesión material el inmueble consistente en el CONDOMINIO UBICADO EN 5 DE FEBRERO 409, INTERIOR 3, COLONIA OBRERA, DELEGACION CUAUHTEMOC, CP 06800, desde el pasado veintisiete de septiembre de dos mil siete, es decir por más de cinco años, tiempo y condiciones establecidos por la Ley Sustantiva Civil aplicable al presente asunto, ha operadora a favor del suscrito el C. Edgar López Peralta la PRESCRIPCIÓN POSITIVA respecto de dicho inmueble, por lo anterior me veo en la necesidad de acudir ante su Señoría a promover el presente juicio, a fin de que previos los trámites correspondientes, se dicte en su momento procesal oportuno la sentencia que me acredite como legitimo propietario del inmueble que ha quedado plenamente descrito e identificado, con sus medidas y colindancias respectivas, y una vez que cause ejecutoria dicha sentencia, se inscriba en el Registro Público de la propiedad para que sirva de Titulo de Propiedad al suscrito.

6.- Así las cosas, toda vez que es de sabido derecho que el que hace valer la Prescripción Positiva debe probar que la posesión que detenta es en concepto de propietario, me permito acreditar la existencia del justo título que genera su posesión, mediante el contrato privado de compraventa, que celebré con la demandada Mónica Jiménez Fernández, en fecha veintisiete de septiembre de dos mil siete mismo que se ofrece como medio de prueba en el presente juicio.

7.- A mayor abundamiento a efecto de dejar palmariamente demostrada la procedencia de la acción intentada, me permito puntualizar los siguientes extremos:

Posesión pacífica, es la que se adquiere sin violencia, y que detento desde hace más de cinco años, como lo acreditaré en su momento procesal oportuno con las pruebas que al respecto se ofrecerán.

Posesión continua, es la

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