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Derecho De Peticion


Enviado por   •  18 de Febrero de 2014  •  425 Palabras (2 Páginas)  •  223 Visitas

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Barranquilla, 3 de Febrero de 2014

Señores:

PORVENIR

E.S.M.

Ref. Derecho de Petición

Harold Joseph Cantillo Cuello, mayor de edad, identificado(a) como aparece al pie de la firma, y vecino de esta ciudad, en ejercicio del Derecho de Petición consagrado en el art 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del art.5 del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su despacho con fundamento en los siguientes:

HECHOS:

1. Me encontraba cotizando al Sistema General de Pensiones desde el 1 de Noviembre 2000 hasta el 30 de Marzo de 2012, año en el cual no pude seguir laborando.

2. En el este mismo año, se me realizó un dictamen en el cual se especificó que contaba con una pérdida de la capacidad laboral de un 56%, fecha en la cual se estructura la pérdida de capacidad laboral.

3. En Abril de 2013, mediante resolución No. _________ se me otorgó pensión de invalidez por enfermedad de origen común. Sin embargo la misma fue otorgada con fecha de 15 de Enero de 2008, año en el que nunca se me realizó evaluación alguna sobre mi estado de invalidez.

4. Al momento de recibir dicha resolución pude constatar que no sólo se alegaba en ella que la fecha de estructuración de la invalidez era la anteriormente mencionada sino que se aplicaba prescripción a las mesada hasta Diciembre de 2010.

PETICIÓN:

1. Que se me entregue el dictamen de la junta que declara mi invalidez a partir de la fecha 15 de Enero de 2008 o si el mismo no existe, que se aclare por qué dicha fecha ha sido tomada por ustedes como la fecha de estructuración de mi invalidez al momento de otorgarme la pensión.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

La anterior petición se fundamenta en el artículo 23 de la constitución política, el cual establece el derecho que toda persona tiene de hacer peticiones respetuosas; el artículo 48 de la constitución política de Colombia que consagra el derecho a la seguridad social; el artículo 5 de la ley 1437 de 2011, el cual reglamenta el derecho proscrito en el artículo 23 constitucional; el artículo 40 de la ley 100 de 1993, el cual reglamenta el tema de la pensión de invalidez por enfermedad de origen común; el artículo 142 del decreto 19 de 2012, el cual reglamenta la calificación del estado de invalidez, el artículo 16 del decreto 1562 de 2012 y el decreto 1352 de 2013, que reglamentan el funcionamiento de Juntas Regionales y Nacional de Calificación de Invalidez.

NOTIFICACIONES

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