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Derecho Penal


Enviado por   •  28 de Octubre de 2012  •  348 Palabras (2 Páginas)  •  369 Visitas

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Derecho Penal del Enemigo

Introducción

El Derecho Penal parece irremediablemente incompatible con la idea de la globalización, cualquiera que sea el concepto que de la misma se maneje.

Cuando hablamos de Derecho Penal del enemigo, no es hablar de Derecho Penal liberal, garantista y tutelar o la dogmática penal, lleva consigo el desafío del castigo el hombre al hombre.

El Derecho Penal del enemigo pretende identificar el fenómeno de expansión y protagonismo exagerado del Derecho Penal.

El Derecho Penal del enemigo combate el peligro o amenazas provenientes de los individuos que se manifiestan renuentes a aceptar las normas penales.

Derecho Penal del Enemigo

Esta denominación pretende identificar el fenómeno de expansión y protagonismo exagerado del Derecho Penal, sobre todo en los últimos tiempos, en cuyo caso hablamos de los ciudadanos, o por el contrario son decididamente contrarios a la existencia de las prohibiciones penales, a los que llaman enemigos.

Para el Profesor Ciro Sánchez “El Derecho Penal de los ciudadanos garantiza le vigencia de la norma, el Derecho Penal del enemigo combate peligros y amenazas provenientes de los individuos que se manifiestan renuentes a aceptar las normas penales”

El Derecho Penal del enemigo, a diferencia del Derecho Penal del ciudadano, funciona a partir del mero riesgo de afectación a la vigencia de las normas, sin esperar que produzcan las consecuencias dañosas para los bienes jurídicos.

Aquí es importante destacar que el Derecho Penal del enemigo responde a los siguientes rasgos definitorios: Adelantamiento exagerado de la punición, la admisión de una desproporcionada intensidad del castigo, la virtual derogación de las garantías procesales y constitucionales.

Es decir es un Derecho Penal de varias velocidades para responder a las conductas provenientes de diferentes categorías de individuos.

Conclusiones

El Derecho Penal del enemigo es un discurso, que diferencia por un lado el derecho para los malos o enemigos y el derecho a los ciudadanos.

Bajo esta premisa no compartimos por cuanto el ciudadano es igual ante nuestro sistema jurídico constitucional y la ley.

No podemos retroceder al derecho clásico, sino seguir fortaleciendo el derecho penal contemporáneo. Es decir el derecho penal de acto no el Derecho penal de gentes.

Autor: Cristian G. Paucar M.

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