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Derecho Penal

genesisddoming29 de Enero de 2013

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DERECHO PENAL ESPECIAL

PRIMER CORTE

TEMA 1 LOS DELITOS CONTRA LAS PERSONAS

1. Homicidio intencional (simple)

1.1 Concepto

Artículo 405. El que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona será penado con presidio de doce a dieciocho años.

R: El Homicidio intencional simple es la muerte de un hombre, de un individuo de la especie humana intencionalmente causada por otra persona física e imputable, siempre que la muerte de sujeto pasivo sea exclusivamente resultado de la acción u omisión realizada por el agente.

Este es un delito de acción pública y para enjuiciar al sujeto activo se ha de seguir el procedimiento penal ordinario

1.2 Requisitos

- Destrucción de la vida humana

- Intención de Matar

- Relación de causa y efecto entre la muerte y la acción u omisión del sujeto activo

1.3 Objeto Jurídico de protección

En el delito de homicidio es la vida, como bien jurídico tutelado por la norma

1.4 Elementos Generales

 Elementos Psíquicos: la intención de la muerte

 Elementos Materiales: la muerte

1.5 Características del homicidio

 Dar muerte a alguien intencionalmente

1.6 Medio de comisión

 Medios directos "son aquellos en que el sujeto activo opera sobre el instrumento que ocasiona la muerte hasta el momento mismo en que se infiere la lesión mortal" Por ejemplo: Disparar un revolver en la persona del sujeto pasivo con sus propias manos.

 Medios indirectos: Son aquellos en que el sujeto activo organiza la causa, la cual después produce la muerte, sea espontáneamente o sea por una colaboración ulterior inconsciente de la misma victima. Por ejemplo: Azuzar a un animal furioso contra el sujeto pasivo

2. Homicidio calificado

2.1 Concepto:

Consiste en matar a otro, concurriendo las circunstancias de alevosía, premio o promesa remuneratoria, veneno, ensañamiento o premeditación.

Artículo 406. En los casos que se enumeran a continuación se aplicarán las siguientes penas:

1. Quince años a veinte años de prisión a quien cometa el homicidio por medio de veneno o de incendio, sumersión u otro de los delitos previstos en el Título VII de este libro, con alevosía o por motivos fútiles o innobles, o en el curso de la ejecución de los delitos previstos en los artículos 449, 450, 451, 453, 456 y 458 de este Código.

2. Veinte años a veintiséis años de prisión si concurrieren en el hecho dos o más de las circunstancias indicadas en el numeral que antecede.

3. De veintiocho años a treinta años de prisión para los que lo perpetren:

a. En la persona de su ascendiente o descendiente o en la de su cónyuge.

b. En la persona del Presidente de la República o de quien ejerciere interinamente las funciones de dicho cargo.

2.2 Homicidio Alevoso: Se entiende actuar con alevosía en un homicidio, cuando el homicida oculta su intención, aprovechándose de la confianza que tal ocultamiento produce en la víctima o derechamente, ocultándose a sí mismo o los medios de que piensa valerse para cometer el delito, de manera que al momento de cometer el hecho, el autor se encuentre sin riesgo para sí. Por ejemplo: el que actúa contra un niño, un anciano o un minusválido

2.3 Premeditación: Causación de una lesión (para el delito de homicidio productora de la muerte. Es el conocimiento de lo que se pretende realizar y la consciencia sobre el transcurso de tiempo entre el momento de la concepción del delito y aquél en que se va a ejecutar. Es decir, planificar homicidio que se espera cometer.

2.4 Componentes

2.5 Ventajas: Cuando es superior por las armas

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