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Derecho penal CLASIFICACIÓN DE DELITO


Enviado por   •  17 de Febrero de 2016  •  Reseñas  •  560 Palabras (3 Páginas)  •  215 Visitas

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CLINICA PENAL[pic 1]

CLASIFICACIÓN DE DELITO

PROFESOR: LIC. VILLAGOMEZ

ALUMNA:

  • Chapa Leal Gloria Estefanía

Clasificación del delito:

Caso 1: Un sujeto conducía por avenida Cuitláhuac a 100 km/hr en un vehículo Mercedes cuyo valor es de $300,000 MN, se pasa el alto y se estrella en un vehículo Ford con un valor de $200,000 MN….el sujeto no se dio a la fuga.

Daños del Mercedes: valor de $60,000 MN.

Daños del Ford: valor de $80,000 MN.

1.- Hay delito?

R= No existe delito, de acuerdo al artículo 240 del código penal para el D.F., no existe delito, ya que en su fracción I, dice: “No se considera delito cuando por culpa se ocasione únicamente daño a la propiedad con motivo del tránsito de vehículos.

2.-Que corresponde hacer?

R= Se acudirá al juez cívico y únicamente se llegará a un acuerdo de reparación del daño.

 Caso 2: Un sujeto conducía por avenida Cuitláhuac a 100 km/hr en un vehículo Mercedes cuyo valor es de $300,000 MN, se pasa el alto y se estrella en un vehículo Ford con un valor de $200,000 MN….el sujeto si se dio a la fuga.

1.- Hay delito?

R= Si existe delito, el cual se denominará daño en propiedad establecido en el artículo 239 del CPDF., el cual se da en su hipótesis del artículo 242 en su fracción II, el cual dice: “No auxilia a la víctima del delito o se dé a la fuga.

2.-Que corresponde hacer?

R= Se acudirá al ministerio público y la sanción cera de 1 a 3 años de prisión y de 100 a 500 días multa, independientemente de la responsabilidad administrativa o civil que resulten de estos hechos.

Clasificación del delito

Elementos objetivos:

Sujeto activo: Dueño del Mercedes.

Sujeto pasivo o víctima: Dueño del Ford:

Conducta:

Conducta de acción o re realización de actividad y exteriorización de la voluntad.

ACCION: es toda forma de actuación del hombre que tenga relevancia para el derecho punitivo. Y será una conducta humana voluntaria, fundiendo la conducta y la voluntad con la cual se puede expresar que la primera debe ser gobernada por la segunda, pues sin la voluntad no es posible estructurar el concepto de acción.

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