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Derecho


Enviado por   •  30 de Julio de 2015  •  Documentos de Investigación  •  471 Palabras (2 Páginas)  •  146 Visitas

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PERSECUCIÓN PENAL

Concepto:

La persecución penal pública es la obligación que tiene el Ministerio público de investigar y recabar las pruebas ara determinar si procede el ejercicio de la acción penal, así como evitar las consecuencias ulteriores del delito.

La persecución penal tiene las siguientes características:

  1. Publica.
  2. Objetiva.
  3. Única.
  4. Continua.
  5. Obligatoria.
  6. Gratuita.
  7. Irrenunciable.
  8. Oficial.
  9. Escrita y Oral.
  10. Inmediación.

ACCION NENAL

CONCETO

Es la exigencia de una actividad encaminada a incoar el proceso, a pedir la aplicación de la ley penal en caso concreto. Puede considerarse como el poder jurídico de promover la decisión del órgano jurisdiccional sobre una determinada relación de derecho procesal penal, la acción penal consiste en la actividad que se despliega con tal fin, a través de la acción penal se hace valer la retención unitiva del estado para imponer la penal al delincuente por un delito cometido. Es decir que se acciona para pretender la justicia penal.

La acción penal es un derecho del Estado a la actividad de uno de sus órganos, el judicial, o sea un derecho estrictamente procesal. Una de las características más relevantes de la acción penal, es que siempre tiene como objeto la sanción o condena de una persona, quien resulte ser responsable de un hecho delictuoso. La pretensión unitiva es un requisito indispensable de la acción penal, pues por su medio se persigue la imposición de una pena o una medida de seguridad.

CLASIFICACION DE LA ACCION PENAL

La acción penal se ejercerá de acuerdo a la siguiente clasificación:

1 acción pública (art.24bis)

2  acción pública dependiente de instancia articular o que requiera autorización estatal (art. 24 ter)

3 acción privada (art. 24 cuater).

LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PERSECUCION PENAL

CONCETO:

La suspensión condicional de la persecución penal, es el mecanismo a través del cual se interrumpe la persecución penal, sometiendo al imputado a una serie de condiciones durante un tiempo determinado, que si se cumplen, producen la extinción de la persecución penal en caso contrario, se reanudara el procedimiento penal.

OBJETIVO:

El objetivo principal de esta figura es evitarle al imputado el desarrollo de todo un proceso  en su contra, cuando la consecuencia del mismo posiblemente va hacer la suspensión de la ejecución de la condena. Así mismo se evita la estigmatización que supone tener una condena y antecedentes penales.  

Por otro lado supone también una reducción en el trabajo ara el ministerio público. Sin embargo, a diferencia de lo que ocurria en el criterio de oportunidad o en la conversión, este objetivo es secundario.

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