ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Dictamen Pericial


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  364 Palabras (2 Páginas)  •  1.002 Visitas

Página 1 de 2

Dictamen pericial

Juicio emitido por personas que cuentan con una preparación especializada en alguna ciencia, técnica o arte, con objeto de esclarecer algún o algunos de los hechos materia de la controversia. La prueba pericial solo es admisible cuando se requieran conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica oficio o industria, peor no cuando se trate de conocimientos generales.

Esta prueba debe ofrecerse señalando con toda precisión la ciencia, arte, técnica, oficio o industria sobre la cual deba practicarse la prueba; los puntos sobre los que versará y las cuestiones que se deben resolver.

Los peritos pueden ser titulados o prácticos si han recibido título profesional o solo se han capacitado en el ejercicio mismo de un oficio o arte. Cada parte debe nombrar un perito, a no ser que se pusieran de acuerdo en el nombramiento de uno solo. En caso de que los dictámenes sean contradictorios, el juez deberá nombrar un perito tercero en discordia.

Las partes deben ofrecer la prueba pericial dentro del plazo de ofrecimiento de pruebas y cumpliendo los requisitos que el CPCDF establece. En caso de que la contraparte del oferente no designe perito dentro del plazo que señale el juez, la consecuencia será que se tenga a aquella por conforme con el dictamen que rinda el perito del oferente.

Una vez admitida la prueba, los peritos designados por las partes deben presentar, dentro de los tres días siguientes escrito en el que acepte el cargo conferido y protesten su fiel y legal desempeño quedando obligados a rendir su dictamen dentro de los diez días siguientes a la fecha en que haya presentado los escritos de aceptación y protesta del cargo, n los juicios especiales el termino es de cinco días.

La valoración de la prueba pericial queda sujeta a las reglas de la lógica y de la experiencia, con la salvedad de los avalúos.

Inspección Judicial

Examen sensorial directo realizado por el juez, en personas u objetos relacionados con la controversia. Es una prueba directa porque coloca al juez de manera inmediata frente a los hechos por probar.

La inspección o reconocimiento judicial se debe practicar en el día, la hora y el lugar señalado, de esta diligencia se debe levantar un acta circunstanciada.

...

Descargar como  txt (2.2 Kb)  
Leer 1 página más »
txt