ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Documentos 11


Enviado por   •  24 de Abril de 2014  •  914 Palabras (4 Páginas)  •  184 Visitas

Página 1 de 4

El pagaré es otro de tipo de titulo valor que se encuentra consagrado a partir del artículo 709 del código de comercio, en el cual existe una persona denominada otorgante, que es alguien que promete pagar una suma de determinada de dinero a otra persona denominada beneficiario o portador.

Además de los requisitos generales de todo titulo valor el pagare debe contener lo siguiente:

• La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero.

• El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago.

• La indicación de pagadero a la orden o al portador.

• La forma de vencimiento.

Este requisito del pagare es parecido al de la letra de cambio, solo se diferencia en que, en la letra de cambio se da una orden de pagar una determinada suma de dinero, mientras que en el pagare lo que hay es una promesa incondicional. También debe contener la indicación de ser pagadero a la orden o al portador, recordemos que los títulos valores a la orden son expedidos a favor de determinada persona, son los que tienen una clausula la cual expresa la palabra “a la orden”.

Por otro lado los títulos valores al portador son lo que no se expiden a favor de persona determinada, aunque no incluyan la clausula que exprese la palabra “al portador”, en estos títulos la sola exhibición del título legitima a su tenedor.

El otorgante de un pagare se asemeja al aceptante de una letra de cambio, es decir, es el principal obligado de pagar una determinada suma de dinero, al pagare se le aplican las normas relativas a la letra de cambio; hay una remisión normativa en el artículo 711 a las normas que regulan la letra de cambio.

Todo lo relacionado con el pago, la aceptación y el vencimiento del pagare se encuentra regulado por las normas de la letra de cambio.

Ejemplo de pagare:

Prometo pagar la suma de quinientos pesos ($500) a la orden de María, el 22 de marzo de 2012.

CÓMO TRAMITAR LA CARTA DE INSTRUCCIONES

La carta de instrucciones debe ser entregada en blanco: Solamente se firma y se coloca la huella del índice

derecho de cada uno de los firmantes.

Nota. Las firmas de este documento deben estar debidamente autenticadas en notaria, de lo contrario

la solicitud será negada de forma automática.

Las huellas deben ser tomadas con huellero dactilar de tinta negra.

Bajo ninguna circunstancia complete los espacios que están en blanco, de igual forma, no arrugue, doble, o

haga ningún tipo de perforaciones en el mismo. No se aceptan tachones ni enmendaduras. Señores:

(Ciudad)

REFERENCIA: Carta de instrucciones para diligenciar Pagaré en Blanco No. _______ _

Yo (nosotros) y-- - -------------

identificado(s) como aparece al pie de mi (nuestras) firma(s), en calidad de deudor y codeudor respectivamente,

en adelante los "Otorgantes", por medio de la presente y de conformidad con lo establecido en el Art. 622 del

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.6 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com