ESTADO DE MÉXICO.
gaga333Examen14 de Agosto de 2013
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REMANUFACTURERA DE EMBRAGUES
Y FRENOS MEGA S.A.DE C.V.
VS
LLANTAS Y SEVICIOS DE LAS
ARBOLEDAS S.A. DE C.V.
JUICIO: ORDINARIO MERCANTIL
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE CUANTÍA MENOR
CON RESIDENCIA EN ATIZAPAN DE ZARAGOZA
ESTADO DE MÉXICO.
P R E S E N T E:
Pedro Medina García en mi carácter de apoderado legal de REMANUFACTURERA DE EMBRAGUES Y FRENOS MEGA S.A.DE C.V. personalidad que se acredita con instrumento notarial el cual se exhibe en copia certificada y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el de calle jacarandas 34 A fraccionamiento jardines de Atizapán en el municipio de Atizapán de Zaragoza y autorizando para en mi nombre y representación, oírlas ,recibirlas, promover, ofrecer pruebas y desahogarlas e interponer todo tipo de recursos a los licenciados y pasantes en derecho, Julio Cesar Saavedra Rodríguez, Edith Lorena Ruíz Villasana, Antonio benjamín Ruíz Villasana, Adriana Angélica García Salmerón, Guillermo García Salmerón, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:
Que en la vía ordinaria civil vengo a demandar de la empresa de nombre LLANTAS Y SEVICIOS DE LAS ARBOLEDAS S.A. DE C.V. CON DOMICILIO EN AV. JINETES NUMERO 100 FRACCIONAMIENTO LAS ARBOLEDAS EN EL MUNICIPIO DE ATIZAPAN, las siguientes prestaciones:
a) El pago de la cantidad de CINCUENTA Y TERS MIL VEINTE PESOS por concepto de suerte principal , que corresponde a las facturas
,21137,21151,21160,21182,21197,21198,21205,21206,21207,21208,21220,21226,21237,21239,21244,21249,21255,21269,21271,21276,21279,21281,21285,21287,21293,21295,21299,21300,21305,21307,21323,21329,21341,21347,21348,21354,21360,21361,21362,21371,21372,21374,21376,21456,21457,21458,21461,21548,21590,21591,21663,21712,21700,21985,23320,23319,23313,y la remisiones 34109,34874 y 36370, de diferentes fechas las cuales amparan productos recibidos por la demandada, mismos que fueron vendidos por mi representada.
b) El pago de intereses causados y que sigan causando hasta el total del adeudo, calculado al tipo legal.
c) El pago de gastos y costas que el presente juicio origine, hasta el término del presente juicio.
Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:
HECHOS:
1.- la sociedad que represento ha estado vendiendo diversas cantidades de diferentes refacciones relacionadas con frenos y embragues a crédito de quince días, lo se describe y se demuestra en cada una de las facturas las cuales contienen firma de recibido del encargado de la negociación, LLANTAS Y SEVICIOS DE LAS ARBOLEDAS S.A. DE C.V. la cuales en la actualidad alcanzan el monto de CINCUENTA Y TERS MIL VEINTE PESOS.
2.- la hoy demanda se ha negado a cumplir con sus obligaciones de pago, que en diversas ocasiones y en diferentes fechas le ha requerido el señor Pedro Medina García.
3.- por lo cual el día 9 de agosto del año en curso el señor Pedro Medina García con la facultad que le otorga el instrumento notarial que se exhibe la presente demanda contrata para el cobro de la Cantidad de CINCUENTA Y TERS MIL VEINTE PESOS más intereses moratorios generados del incumplimiento de pago y gastos y costas a los
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