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ESTADO SOCIAL DE DERECHO. FUNDAMENTOS TEORICOS


Enviado por   •  18 de Octubre de 2016  •  Ensayos  •  2.529 Palabras (11 Páginas)  •  698 Visitas

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ESTADO SOCIAL DE DERECHO

ADECUACION DE NUESTRO ORDENAMIENTO JURIDICO

ANA ROSA ROMERO PEREZ

FUNDAMENTOS TEORICOS

ESPECIALIZACION DERECHO ADMINISTRATIVO

Valledupar 5 de Diciembre de 2014

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

CONVENIO UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR

INTRODUCCION

En nuestro ordenamiento jurídico antes de la constitución de 1991 se establecía que nuestro estado era un estado de derecho, esto significa que estamos frente a un régimen respetuoso y garantista de las libertades y de la igualdad de todo  ante el ordenamiento jurídico.  De una manera afortunada nuestra Carta Política de 1991 estableció de manera expresa en su artículo 1º que Colombia es un Estado Social de Derecho  siendo en este el pilar fundamental de nuestra sociedad.

Nuestra corte constitucional en la sentencia SU 747 DE 1998 expresó: “La acepción Estado de derecho se refiere a que la actividad del Estado está regida por las normas jurídicas, es decir que se ciñe al derecho. La norma jurídica fundamental es la Constitución, lo cual implica que toda la actividad del Estado debe realizarse dentro del marco de la última. En esta situación se habla entonces de Estado constitucional de derecho… Con el término social se señala que la acción del Estado debe dirigirse a garantizarles a los asociados condiciones de vida dignas. Es decir, con este concepto se resalta que la voluntad del Constituyente en torno al Estado no se reduce a exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también exige que el mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los apremios materiales.”

Si bien es claro cuáles son los principios que orienta nuestra organización política nos surge la duda de si ¿todo nuestro ordenamiento jurídico se ha armonizado con los principios del estado social de derecho que nos ordena nuestra constitución? ¿Hemos entendido la esencia del estado social de derecho en la administración de justicia?

Para desarrollar estos interrogantes debemos entrar a hacer un análisis de lo que representa en esencia ser un Estado Social de derecho, esta será objetivo principal del ensayo que presento a continuación.

  1. NACIMIENTO DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO

El estado de derecho había surgido como un respiro para esa sociedad que se sentía agobiada y frustrada por el absolutismo, pero no era suficiente que se garantizaran el respeto de las libertades y que los ciudadanos fueran tratados como iguales ante ley, se hace necesario buscar un equilibrio justo, un reconocimiento de esas desigualdades que nos hacen diferentes unos de otros, lo que viene a dar relevancia a la protección de derechos económicos y sociales, y es por ello que nace a mitad del siglo XX nace lo que se llama el ESTADO SOCIAL DE DERECHO, que llega a establecer una relación muy importante entre el estado, la sociedad y el derecho. Por ello que “El papel del Estado Social de Derecho consiste, así, en “crear los supuestos sociales de la misma libertad para todos, esto es, de suprimir la desigualdad social”1.

El papel del estado social de derecho radica principalmente en garantizar al ciudadano la protección y efectividad de sus derechos y libertades pero bajo el concepto de interés general, del beneficio de la sociedad asegurar que se cumplan los postulados de justicia, el respeto de la dignidad humana.

“El creador del concepto de Estado social de derecho es el jurista alemán Hermann Heller (1891-1933). Por primera vez en 1930 plantea la tesis al formular la alternativa entre Estado de derecho y dictadura. El Estado de derecho es insuficiente para hacer realidad el principio formalmente consagrado de la igualdad, pues el legislador no tiene en cuenta, dentro de tal Estado, las relaciones sociales de poder, convirtiendo así el derecho en una expresión de los más fuertes. Por el contrario, el Estado social de derecho ha de proponerse favorecer la igualdad social real.”2

  1. Ernst Wolfgang Böckenförde, Estudios sobre Estado de Derecho y democracia, Ed. Trotta, Madrid 2000, p. 37.
  2. Revista de derecho del estado No 20, diciembre de 2007, Luis Villar Borda, Estado de Derecho y estad social de derecho

En nuestro ordenamiento jurídico aparece  la figura del estado social de derecho en la constitución de 1991, cuando en su articulo 1 establece que “Colombia es un estado social de derecho…”, es con este precepto que se inicia una nueva forma de ver la relación del estado frente a la sociedad, ya el individuo entra a ser respetado en su especialidad y será tratado de una manera especial; ahora no solo importa garantizar sus derechos, sino que importa que esos derechos sea efectivos y que obedezca a postulados que garanticen el interés general que entra a prevalecer frente a los interés individualmente vistos.

  1. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO

El Dr. Luis Villar Borda, en su articulo Estado de Derecho y estado social de derecho, publicado en la Revista del derecho del estado No 20 de diciembre de 2007, establece unos elementos constitutivos del estado social de derecho de la siguiente manera:

Constitución escrita

Separación de poderes

Principio de legalidad

Garantía de los derechos fundamentales

Seguridad jurídica y protección de la confianza

Y los explica de la siguiente forma:

  1. CONSTITUCION ESCRITA: La Constitución escrita es, sin duda, un elemento importante del Estado de derecho, pues permite más fácil y claramente realizar sus fines y garantiza mejor la seguridad jurídica en las relaciones entre el Estado y el individuo.
  2. SEPARACION DE PODERES: Las funciones del estado corresponden a distintos órganos o, como lo dice Montesquieu, a “tres clases de poderes”: el legislativo, el ejecutivo y el judicial. Es la forma para que “el poder frene al poder “y, de esa manera, pueda resultar la libertad, que no siempre aparece en los Estados, “sino sólo cuando no se abusa del poder.
  3. PRINCIPIO DE LEGALIAD: “El principio de legalidad de la Administración significa que ésta no debe tomar ninguna medida que contradiga una ley”, según la definición de Ekkehart Stein. El término “ley” se entiende en un sentido material y un sentido formal.
  4. GARANTIA DE DERECHOS FUNDAMENTALES: Un componente material básico del Estado de derecho es la garantía de los derechos Personales fundamentales. Parte esencial de un orden constitucional es la incorporación de los derechos fundamentales, cuya función principal es poner límites al poder del Estado a fin de preservar al individuo frente a la arbitrariedad de las autoridades.
  5. SEGURIDAD JURIDICA Y PROTECCION DE LA CONFIANZA: racionalidad y mensurabilidad de las manifestaciones del poder estatal, que junto con la regulación de la distribución de competencias logren una previsión y precalculación de las acciones estatales”. El Estado se convierte, de esta manera, en garante de la paz jurídica y esto exige que sus normas, en especial las del legislador, sean claras y determinadas y se den a conocer por medios idóneos al público, cuyo acceso a sus textos garantiza el conocimiento de las formas en que haya de actuar el Estado, o sea la pronosticación de sus acciones.

Estos elementos son indispensables para que se pueda hablar de un estado social de derecho.

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